Fecha Publicación - Hora

Para sanción presidencial quedó el proyecto de ley que prohíbe el porte y consumo de drogas, incluso la dosis mínima, en parques, zonas aledañas a instituciones educativas y espacios de recreación y deporte. Es una iniciativa que encaja en el espíritu de normativas que, sin coartar el derecho al libre desarrollo a la personalidad que establece la Constitución Nacional, ayuda a controlar el consumo de estupefacientes y sobre todo a regularlo, que es el camino acertado si queremos que en el futuro se le pueda ganar la batalla al narcotráfico.
Hace cerca de dos meses la Corte Constitucional tumbó apartes del Código Nacional de Policía y Convivencia que sancionaban el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en parques o en el espacio público, lo que generó gran revuelo en el país. No obstante, todo indica que la nueva norma no tendría problemas para su aplicación, ya que las limitaciones que se plantean no son tan generales y gaseosas, sino que se circunscriben a espacios claramente delimitados, y no se atentaría así contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
De acuerdo con el senador Rodrigo Lara y el representante a la Cámara Erwin Arias, autores del proyecto, no hay posibilidad de que la Corte Constitucional lo considere en contravía de su sentencia, ya que se enfoca en proteger a los niños, cuyos derechos prevalecen sobre los demás derechos, y porque esta norma ayudará a desterrar a los jíbaros de los espacios en los que suele haber menores de edad. 
Hay que estar muy atentos para que no se dé solo un desplazamiento del problema hacia otras zonas, con lo que no habría garantías de descenso en el consumo. Sin duda, habrá un nuevo riesgo de atracción a los adictos a lugares clandestinos para la venta y consumo de sustancias, lo que también podría causar nuevos problemas de violencia e inseguridad, por lo que las autoridades tendrán que estar atentas a intervenir de manera más decidida en el control. 
La batuta queda ahora en manos de los alcaldes y los concejos, quienes deberán definir los perímetros en los cuales la norma será aplicada en sus ciudades. Así mismo, las propiedades horizontales quedan facultadas para ponerle límites al consumo de drogas en los conjuntos residenciales y edificios, donde con frecuencia se hace difícil alejar a los menores de edad del riesgo de la drogadicción. Se tendrán ahora herramientas sancionatorias que, si son aplicadas correctamente, servirán para alejar a los expendedores de drogas.
Los consumidores, para los cuales el Estado debe avanzar hacia un enfoque de salud pública, con tratamientos completos de desintoxicación, siguen teniendo la garantía de su dosis mínima, aprobada por la misma Corte Constitucional, pero ahora tendrán que tener más cuidado acerca de los lugares en los que usa las drogas. Les tocará actuar de manera similar a como lo hacen quienes fuman cigarrillos, y actualmente tienen una amplia restricción a su uso en lugares públicos, por sus comprobados efectos dañinos para la salud.

Las autoridades tienen así una nueva herramienta para combatir el microtráfico en los barrios, donde será posible cercar y atrapar a los delincuentes que se dedican a la venta. No obstante, habrá que mirar más alto en la cadena de expendio de estas sustancias para dar golpes más certeros a las organizaciones de narcos que manejan los grandes negocios. Pasos como este deben llevarnos en el futuro a que haya una regularización general de ese fenómeno, para que dejando de ser ilegal se desestimule el uso de drogas, y con ello deje de ser el gran negocio por el que muchos matan y otros tantos están dispuestos a morir.