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LA PATRIA | MANIZALES

En primera instancia lo absolvieron y en segunda le dieron 12 años de cárcel. Ante esta situación, el abogado de un sujeto señalado de violar a su prima, en Manizales, aprovechando la embriaguez de la víctima, impugnó ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que confirmó la pena.

De acuerdo con la acusación, los hechos son del 28 de agosto del 2016, en una residencia del barrio El Caribe, donde una familia se reunió. Allí estaban víctima y victimario.

Se indicó que luego de la ingesta de licor, la joven decidió acostarse a eso de las 4:00 a.m. en un cuarto adjunto a la sala en la que se llevaba a cabo la reunión, destinado para una peluquería. Sobre las 7:30 de la mañana, ella se despertó y encontró a su primo accediéndola carnalmente, ante lo cual lo empujó y se derrumbó en llanto.

El sujeto salió de la habitación, luego ingresó nuevamente y volvió a emigrar. Ante esto, la ofendida se fue a buscarlo y empezó a golpearlo, por lo que fue necesaria la intervención de los demás familiares e, incluso, la presencia policial.

No se da su nombre para evitar revictimizar a la afectada.

Lo que dijeron

A continuación lo expresado por cada uno de los tres falladores.

1. "Entre ambos había atracción": Juzgado

  • El juzgado lo absolvió en juicio, aduciendo dudas en los relatos de la víctima, explicando que entre ambos había una atracción, que debían ocultarle a la familia.
  • Además, que la mujer tuvo esa noche un encuentro íntimo con otro primo y no quería mancillar su dignidad, por lo que señaló de violación al otro allegado.
  • "No es claro que hubiese estado realmente en incapacidad de resistir, dado que el licor que consumió durante cuatro horas lo eliminó con los alimentos consumidos y el tiempo que durmió".
  • "No es lógica su afirmación en el sentido de que solo hasta sentir un movimiento brusco haya despertado, en cambio es mucho más razonado entender que derivado de la euforia de la fiesta se hubiese dejado llevar por sus instintos, para luego arrepentirse. Incluso, exigió dinero para desistir de la denuncia".

2. "Pensamiento machista": Tribunal

  • "El examen juicioso del material probatorio conduce a la demostración de la conducta delictiva, así como el dolo con que el que actuó en detrimento de la libertad sexual de la víctima, dado el estado de incapacidad en el que se encontraba".
  • "Se repara enérgicamente que la decisión de primera instancia corresponde a una sumatoria de conjeturas sin soporte demostrativo, inmersas además en un pensamiento machista, impregnado de prejuicios personales del funcionario".

3. "Estaba en un estado de inconsciencia": Corte

  • "El testimonio de la afectada se ofrece coherente, claro y circunstanciado".
  • "Negó sentir atracción por él, por ser primos y haber crecido juntos, insistiendo en que nunca tuvieron relación diferente a la familiar".
  • Estaba en un estado de inconsciencia y, por ende, en incapacidad de consentir el acceso carnal que sobre ella desplegó el acusado".