La Corte Constitucional declaró infundadas las objeciones presidenciales al proyecto de Ley que declara Patrimonio Cultural y Artístico de la Nación al Carnaval de Riosucio, Caldas, por lo que ahora deberá ser sancionado.
En este caso, la Presidencia había objetado la disposición que señalaba que el Ministerio de Cultura deberá (en futuro) contribuir con la financiación del Carnaval, argumentando que eso viola los artículos de la Constitución relacionados con la iniciativa gubernamental en materia de gasto público.
La Corte indicó que “esta objeción resultaba infundada, pues más allá del uso de un verbo con carácter imperativo, el texto legal objetado no establece en sí mismo una orden de gasto que es la reservada al Ejecutivo”.
La Corte indicó que esto solo ocurre con las leyes de apropiaciones”, lo que es un escenario totalmente diferente al que aquí se plantea.
En ese sentido, la norma fue avalada por la Corte y ahora deberá pasar a sanción presidencial.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015