Hasta el año pasado en Manizales se debían hacer hasta 10 trámites para realizar un espectáculo. Hoy son sólo tres para los productores permanentes y máximo cinco para los ocasionales.
La Ley 1493 de 2011, conocida como la Ley de Espectáculos Públicos, beneficia las presentaciones en vivo de expresiones artísticas en teatro, danza, música, circos sin animales y magia. Quedaron por fuera los espectáculos cinematográficos, que cuentan con su propia legislación, corridas de toros, deportivos, ferias artesanales, desfiles de modas, reinados, atracciones mecánicas, peleas de gallos, de perros, circos con animales, carreras hípicas y desfiles en sitios públicos.
La nueva norma clasificó a los productores en dos categorías: las permanentes, o quienes se dedican de forma habitual a la realización de eventos, y las ocasionales, quienes eventualmente los realizan.
Los permanentes tuvieron plazo hasta el pasado 11 de junio para registrarse ante el Ministerio de Cultura y probar que realizaron mínimo 10 espectáculos en los últimos dos años.
Diego María Arias, director de la Fundación Escenarios de Vida, se registró como productor permanente. Para él es una de las mejores leyes que aprobó el Congreso de la República en la legislatura del 2011.
"Trajo muchos beneficios tanto para quien organiza los espectáculos, como para el espectador y los municipios. A los primeros porque nos racionalizó los trámites y nos liberó de carga tributaria; al espectador porque le permitirá ver espectáculos a precios económicos, y a los municipios, porque la contribución fiscal que se recaude se les reembolsará en su totalidad con destinación exclusiva a mejorar los escenarios culturales", explicó Arias.
Octavio Arbeláez, director artístico del Festival Internacional de Teatro de Manizales, destacó que gracias a la nueva Ley se puede crear en la ciudad un fondo especial con recursos públicos y privados para mejorar la infraestructura de los recintos escénicos. "El impuesto que recauda el Ministerio de Cultura será destinado para la construcción, adecuación, mejoramiento y dotación de los escenarios. Esto, sumado a dineros de empresa privada fortalecería técnicamente el Festival. También nos beneficia en que ya no saldrá tan costoso traer una compañía internacional".
Gloria Nidia Giraldo, directora ejecutiva de Punto de Partida, comentó que la Ley trae beneficios, pero sobre todo para los empresarios que traen espectáculos de grandes formatos, como por ejemplo el concierto que se ofrecerá el próximo 31 de julio en Manizales con Ricardo Arjona. "Las salas de pequeño formato, como las nuestras tendrán beneficios con los dineros que nos pueda entregar el Instituto de Cultura y Turismo para mejorar la infraestructura de nuestros recintos, para conseguir esos recursos debemos presentarle al Instituto proyectos de mejoramiento", expresó.
En la delantera
Los municipios además de decidir cuales son los escenarios habilitados para la presentación de espectáculos, también deben tener una ventanilla única, donde le brindarán asesoría ágil a los empresarios y unificarán todos los trámites.
Manizales, según Diana Mejía Grand, ya cuenta con esa ventanilla ubicada en el primer piso del bloque B de la Alcaldía.
Con la Ley, las alcaldías tienen la obligación de prestar una vez por mes los escenarios deportivos para realizar conciertos y eventos públicos, cuya duración no podrá ser mayor a cuatro días.
Sin embargo, los empresarios de conciertos tendrán que ajustarse al calendario deportivo, lo que implica que no podrá moverse ninguna fecha de un partido para programar un concierto.
Según Diana Mejía Grand, jefe seguridad ciudadana de Manizales, en la ciudad se aplica la Ley después del pasado 26 de diciembre, luego de que fue sancionada por el presidente Juan Manuel Santos. Esto, a pesar de que tenían plazo hasta el 26 de junio de este año para tener los procesos reglamentados y organizados.
En Manizales antes se debía presentar en la Secretaría de Gobierno un contrato con Emas para que prestara el servicio de aseo; una póliza garantizando la no fijación de carteles, un certificado de la Policía que garantizaba que iba a prestar vigilancia; un paz y salvo de derechos de autor, y fotocopia del contrato con el artista y el teatro. Todo esto, además de unas pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual, y otra de cumplimiento de qué se iba a realizar el evento.
Ahora con la nueva norma a los productores permanentes solo les exigen paz y salvo por derechos de autor, una carta comunicándole a la Secretaria de Gobierno sobre el espectáculo que se realizará, y declarar cada dos meses ante la DIAN el pago del impuesto parafiscal del 10%.
Los ocasionales deben cumplir con más requisitos, dependiendo del recinto donde realicen el evento. Según la norma, los escenarios habilitados tendrán una autorización que los certifique para realizar eventos durante dos años, condición recomendada para salas de teatro e instalaciones que presenten programación de manera permanente, por ejemplo, el Centro Cultural y de Convenciones Teatro Los Fundadores.
Requisitos
La habilitación requiere cuatro trámites: un plan de emergencias que será reglamentado por cada municipio, cumplir con las normas sanitarias definidas por el Decreto Ley 2811 de 1974, un concepto técnico sobre el comportamiento estructural y funcional del escenario y cumplir con las normas referentes a la intensidad auditiva, horario y ubicación. En los escenarios habilitados, los productores no tendrán que solicitar ningún permiso previo, solo notificar a la autoridad municipal, previo a la realización del evento.
Si un escenario no es habilitado, se deberán realizar los anteriores trámites y además, tener permiso para el uso del lugar y presentar autorizaciones o pago por derechos de autor. Si el productor es ocasional, deberá suscribir una póliza en la que garantice el pago del impuesto parafiscal del 10%. Si es productor permanente, estar al día con la declaración ante la DIAN.
Según Diana Mejía Grand, jefe seguridad ciudadana de Manizales, el único escenario habilitado en la ciudad es el Teatro Los Fundadores. Resaltó que el Instituto de Cultura y Turismo realiza las gestiones para habilitar la tarima Los Vientos del Ecoparque Los Yarumos.
La entrada a los espectáculos públicos definidos en la Ley, quedan excluidos del IVA del 16%, mientras que los artistas extranjeros, a quienes se les retenía el 33% por el pago de sus servicios, ahora pagarán solo el 8%. Los espectáculos públicos también quedan exentos del impuesto nacional de azar.
Las funciones que tengan un valor de entrada superior a $78 mil 147 pagarán un impuesto parafiscal del 10% del valor de la boleta. Los que están por debajo de ese precio quedan exentos de ese impuesto.
Además, las inversiones que realicen en la infraestructura existente tendrá deducciones en un 100% del impuesto de renta, osea que si una empresa aporta para el mejoramiento de un escenario, como el Teatro Los Fundadores, podrá deducir el total de la inversión a la hora de hacer su declaración anual de renta, un estímulo para que el sector privado invierta en los recintos destinados a la cultura.
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