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Una mujer demandó al padre de su hijo por inasistencia alimentaria, pero el Tribunal Superior de Manizales lo absolvió del delito. En primera instancia había sido condenad a 32 meses.

Se dijo que no existe duda en cuanto a la paternidad del procesado en relación con el menor, lo mismo del no aporte de la cuota alimentaria fijada por el ICBF en $150 mil, deber incumplido sin justificación alguna. El procesado tuvo un vehículo Chevrolet entre octubre del 2015 y agosto del 2018, información suministrada por la Secretaría de Tránsito de Manizales; coche utilizado en la comercialización de mercancías de diferentes especies.

En la apelación, el abogado indicó que no se acreditó con ninguno de los medios de prueba practicados en audiencia de juicio oral que tuviera capacidad económica para atender las obligaciones alimentarias del menor, dado que son los mismos testigos quienes dieron a conocer a través de sus declaraciones que durante las fechas de incumplimiento nunca laboró.

"Trabajaba en un carro vendiendo mercancía, sin embargo, la denotada actividad se produjo al parecer solo hasta el 2017. El automotor estaba pignorado, lo que limitaba el poder de disposición. No tiene bienes inmuebles a su nombre, no ha estado empleado, no está afiliado al sistema de salud desde hace una década, figura inactivo en el fondo de pensiones y no posee establecimientos de comercio registrados como de su propiedad", explicó el Tribunal.

Anotó que todas estas circunstancias fueron desconocidas en la sentencia de primera instancia. Por eso revocó la condena.


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