LA PATRIA | MANIZALES
A un hombre en Supía lo condenaron el 19 de abril del año pasado por violencia intrafamiliar. Sin embargo, su defensor apeló ante el Tribunal Superior de Manizales, que terminó por absolverlo.
Los hechos se remontan al 29 de julio del 2016, cuando detuvieron al sujeto en supuesta flagrancia. La Policía patrullaba por el sector de La Moravia, junto a los tanques de Empocaldas, y se encontró con que había una riña en el patio de una casa. Los habitantes lo señalaron como el responsable de atacar al esposo de su tía, con puñal. Por eso lo aprehendieron.
La audiencia se realizó ante un juzgado de Marmato. No aceptó cargos, pero lo mandaron para la cárcel. El juicio oral se cumplió en Supía en noviembre del 2016 y febrero siguiente, con condena de 84 meses.
El defensor del procesado apeló basado en que el juzgado sentenció sin pruebas certeras, de manera parcializada y deduciendo situaciones basadas en una historia clínica, una declaración y un informe de Policía.
"No se demostraron lesiones, ni parentescos. El maltrato físico y psicológico debe ser en contra de un miembro de la familia con el que se conviva, a excepción de los padres. El agredido dijo que no vivía en la casa donde ocurrieron los hechos", argumentó.
En la denuncia inicial se indicó que agredió a una tía, pero eso no fue acreditado y ella no declaró. El Tribunal explicó que para que se dé el delito de violencia intrafamiliar no es suficiente que se maltrate a un pariente. Víctima y victimario deben pertenecer a ese núcleo familiar.
"La balanza tiende a ser a favor de la inocencia del acusado. El análisis valorativo y probatorio nunca debe erigirse a partir de conjeturas, suposiciones y pasiones inherentes al ser humano, sino que la reconstrucción de lo realmente ocurrido conlleve a un análisis serio. Si eso no ocurre, impera la absolución", explicó la Sala.
¿Qué pasó?
El agredido entró a la casa de su suegra y vio una discusión entre el hoy absuelto y dos personas más, entre ellas su esposa. Se enfrentó al sujeto y este le pegó dos puñaladas con una navaja. Estuvo hospitalizado tres días y no acudió a valoración médico-legal porque consideró que era más importante ir a trabajar. La tía del procesado se negó a declarar en contra de su sobrino, por el vínculo familiar.
En este caso cabría el delito de lesiones personales, pero no hay informes médicos que den cuenta de la incapacidad y posibles secuelas.
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