Una posible y creíble escena: Don Gerardo, usted ha infringido la ley que tiene 10 años de haber sido promulgada. Gerardo, un campesino o un empleado o un desocupado que vive de su trabajo, le contesta: No sabía lo mandado por la ley. Sin embargo, la norma instruye que debe cumplir con lo ordenado. Viene una pregunta aplicable en el país: ¿Quién debió informarle?
Gerardo sólo escucha radio y no lee ningún periódico. Ahora tiene acceso a las redes sociales de comunicación masiva, con toda clase de verdades y mentiras; con toda clase de informaciones útiles e inútiles; con toda clase de directrices; con toda clase de insinuaciones; y así se atiborra de mensajes de los cuales más del 99% no le interesan ni le van a servir en su vida.
Esto sucede en los entornos generales, o sea en los no especializados. Sobre estos últimos, existe la obligación de quienes hacen trabajos definidos, y sean del común devenir o científicos, de estar actualizados en las normas que rigen sobre sus actuaciones.
Un editorial de una revista científica estadounidense, reconocida universalmente, publicado el pasado 21 de septiembre bajo el título de: El acceso público no es un acceso igualitario-Public access is not equal acces- enuncia con relación a investigaciones académicas,  patrocinadas por el Estado  norteamericano, que sus resultados, cualesquiera que sean, deben estar a disposición de todos, instituciones y ciudadanos,  sin ningún límite a partir del 2025.
Uno de los meollos se encasilla en el hecho de que los investigadores, cuya obligación es comunicar sus resultados de acuerdo con el protocolo aprobado, no tengan que pagar  por la difusión de sus hallazgos, pero que deben pasar el  análisis de los pares académicos, independientes de la institución y del investigador,  vinculados por las revistas para tal fin y cuyo veredicto final, luego de las correcciones y aclaraciones, generalmente es inapelable y debe estar sometido una vez publicado a las anotaciones de los lectores: científicos o no.
Anota la Asociación Americana para el Avance de la Ciencia, con acierto, que la difusión gratuita asegura una ciencia integral y garantiza el camino para la reproducibilidad de los hallazgos, premisa fundamental para que la investigación sea validada en el mundo científico y de allí a los aspectos industriales o comerciales; o a la base de nuevas investigaciones complementarias; o a aplicaciones derivadas para otras patentes.
Es menester entender que, cuando se paga por publicar, no siempre se obtiene la aparición del documento en fecha oportuna, lo cual es importante  actualmente en los procesos investigativos.
Se diría que también evitaría el absurdo del plagio por cuanto los resultados, una vez publicados, serían de dominio público y los encargados de evaluar contenidos tendrían una información directa procedente de los  investigadores.
Hay que recordar que el derecho a la patente se otorga a quien primero comunique sus hallazgos y finalmente las patentes, otorgadas por la autoridad competente, significan dinero y fama de toda clase, la cual también puede adquirirse y mantenerse con sólo publicar y validar los resultados.
En Colombia debe asegurarse que todos los resultados de las investigaciones sufragadas con dineros estatales, a través de diferentes mecanismos, deben ser conocidas sin restricciones, a veces impuestas, lamentablemente, por la misma estructura académica o investigativa.
El país necesita que más personas, no siempre científicas, se enteren y comprendan los avances de la ciencia, la cual no es, como antes, un tema de oscurantismo. Los ciudadanos merecen conocer el destino  y resultados de la inversión pública a la cual son aportantes. Ello, además, implica un acicate a nuevos o futuros investigadores.
Nota: Se hace mucho daño con expresiones sin sustento.