Esta parece ser la nueva versión de nuestra Carta Magna, pero constituida, escrita y ejecutada sin honor.
“CORRUPCIÓN NACIONAL DE COLOMBIA.
Año: mil siempre.
Preámbulo.
ALGUNOS EN COLOMBIA, en ejercicio de su poder soberano, representados por sus amigos y testaferros a la Asamblea Nacional del Corruptor, invocando con hipocresía la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la corrupción de la Nación, y asegurar a sus integrantes las ganancias, las utilidades, las prebendas y privilegios, el trabajo exclusivo, la justicia sesgada, la desigualdad, el no conocimiento de la legalidad, la falta de libertad y de la paz, dentro de la violación de los marcos jurídico, democrático y participativo, que viola el orden político, económico y social justo, y comprometido con la corrupción y el CVY, a impedir la integración de la comunidad colombiana, decreta, sanciona y promulga la siguiente CORRUPCION NACIONAL DE COLOMBIA.
TITULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1. Colombia es un Estado corrupto sin Derecho, organizado en forma de República Bananera, supercentralizado, con falta de acción de las entidades territoriales, antidemocrático, no participativo y excluyente, fundado en el irrespeto de la honestidad humana, en la violación del derecho al trabajo y la falta de solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés particular de los políticos, caciques y ¨cacaos¨, y esto por encima del interés general
Artículo 2. Son fines esenciales de la corrupción: servir a los delincuentes de cuello blanco, a los de cuello sucio y a los vividores, promover la realización efectiva de delitos a que les da derecho y privilegios exclusivos consagrados en la Corrupción. Facilitar la participación de exclusivos clanes de privilegiados en las decisiones que los afectan y en la vida económica corruptísima de la nación.
Artículo 3. La soberanía de este platanal, reside exclusivamente en el privilegiado político, ¨cacao¨ o corrupto, adueñado sin escrúpulo y sin límite del poder. El pueblo estará sometido a ella por medio de sus representantes corruptos, en los términos que la Corrupción establece.
Artículo 4. La Corrupción es normal. En todo caso de incompatibilidades entre la corrupción y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán o crearán disposiciones que favorezcan a los corruptos. Es deber de los corruptos nacionales o extranjeros en Colombia acatar la Corrupción, violar las leyes, y no respetar ni obedecer a las autoridades.
Artículo 5. El corrupto reconoce, con toda la discriminación, la primacía de los actos de sus iguales, sin que importen los derechos de las otras personas. Ampara al corrupto como institución básica y única de la sociedad.
Artículo 6. Los corruptos no son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución Corrupta y las leyes. Los servidores públicos tampoco lo serán, por la misma causa o por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones. Gozarán de la “bondad” del “vencimiento de términos”, que será para su beneficio exclusivo, con el apoyo de los entes de control.
Artículo 7. El Estado reconoce y protege especialmente, a los corruptos, sin que importen la diversidad étnica o cultural, derecho solo exigible por los corruptos privilegiados, ¨cacaos¨ o delincuentes en la nación colombiana en épocas electorales.
Artículo 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger a los ricos, a los corruptos, narcos, paracos, politiqueros o delincuentes, sin que importen nada las otras personas que habitan en la Nación.
Artículo 9. Las relaciones del Estado se fundamentan en los privilegios de los ricos, los lavadores, los políticos, los corruptos y todos sus iguales, irrespetando y prohibiendo la autodeterminación de los pueblos, no reconociendo los derechos de los otros y así, lo tiene que aceptar Colombia. De igual manera, la política de Colombia se orientará hacia el beneficio de los carteles políticos, los corruptos, los narcos y sus parásitos.
Artículo 10. El CVY es el idioma oficial de los corruptos en Colombia. El español, las lenguas y dialectos de los grupos étnicos no son oficiales, ni importantes en esta Colombia de Corrupción. La enseñanza de la Corrupción será impartida en forma obligatoria en los círculos cerrados de poder con tradiciones bien conocidas de Corrupción”.
…Seguiremos con el Título II, DE LOS DERECHOS, LAS GARANTIAS Y LOS DEBERES, porque en la “Economía Naranja” lo haremos mejor.
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