Bogotá. - La Procuraduría General de la Nación destacó este viernes el reciente fallo de la Corte Constitucional que avaló el Marco Jurídico para la Paz y en el que se indica que los responsables de delitos de lesa humanidad y de genocidio, cometidos de manera sistemática, no pueden participar en política.
A pesar que en 2013 la Procuraduría, a cargo de Alejandro Ordóñez, había hecho serias críticas a la Corte por avalar esa reforma constitucinal, en esta ocasión la entidad no cuestionó la sentencia. Antes bien, la alabó.
Esto, ya que para la Procuraduría la Corte “deja claro que la participación política no es automática”.
Así, si bien el Marco Jurídico para la Paz como tal no contempla requisitos que se deban cumplir de manera previa para participar en política, la Corte sí lo hace.
“Del comunicado se desprende que el ejercicio de derechos políticos de exguerrilleros exige que hayan contribuido a la reparación de las víctimas, se haya dado inicio al esclarecimiento de la verdad y el previo cumplimiento de la pena”, señaló el Ministerio Público.
La entidad resaltó que estos condicionamientos para la participación, a favor de las víctimas, hacen de los derechos de las víctimas un imperativo ineludible para los excombatientes.
“La Procuraduría General de la Nación resalta que dichos criterios delimitan al Gobierno Nacional en la elaboración del proyecto de ley estatutaria sobre la materia y determina la competencia del Congreso para su aprobación”, señaló la entidad.
Así, la Procuraduría resaltó que con la ratificación de la prohibición de participar en política a responsables de lesa humanidad y genocidio para participar en política, se entiende que la cúpula de las Farc y los jefes de bloques y frentes no podrán hacerlo.
Igualmente, la entidad resaltó que “los crímenes de guerra, los actos de terrorismo y los delitos transnacionales no se autorizan en ningún momento por la Corte para que se les reconozca como conexos al delito político”.
En ese sentido, se destacó que incluso si el congreso establece en la Ley estatutaria que responsables de esos delitos sí pueden hacer política, dicha ley tendrá que ser revisada por la Corte Constitucional.
“La Procuraduría resalta que los crímenes de guerra tienen la misma gravedad en el derecho internacional que los crímenes de lesa humanidad y de genocidio, razón por la cual son competencia de la Corte Penal Internacional cuando se cumplen los presupuestos consagrados en el Estatuto de Roma”, señaló la Procuraduría.
Otro punto importante para ese organismo es que en caso de que por ejemplo se estipule el narcotráfico como delito conexo al político, en todo caso, las órdenes de extradición permanecerían vigentes.
”De acuerdo con el comunicado, los delitos que se determinen conexos con el delito político, en virtud de la ley estatutaria que desarrolle el Marco Jurídico para la Paz, no comprenden en sus efectos la prohibición de la extradición, con lo cual se impide que se utilice la figura del 'delito conexo' para blindar ante tribunales de justicia extranjeros a quienes hayan cometido delitos transnacionales, como el narcotráfico”, señaló la entidad.
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