Arturo Espejo Arbeláez

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LA PATRIA | MANIZALES

En la tarde del lunes se conoció la sanción que la Contraloría General de Manizales le impuso a Arturo Espejo Arbeláez, por actos ocurridos durante su período como gerente del Instituto de Valorización de Manizales (Invama) entre el 2020 y 2021.

Ayer no se especificaron las acciones por las cuales se determinó castigar al exfuncionario, pero este martes la Contraloría publicó un boletín oficial en el que explicó los motivos de la sanción, que acarrea una multa de $12 millones 772 mil 532.

De acuerdo con el organismo de control fiscal, la decisión se toma en atención a los oficios DPCF-034 y CGM-0104 del 2 de febrero del 2021, suscritos por la Directora de Planeación y Control Fiscal de la Contraloría General de Manizales, en los que se solicitó el inicio de un Proceso Administrativo Sancionatorio con Apertura y Pliego de Cargos del 23 de abril de 2021, radicado con el No. AS-21042310.

"Una vez revisada la información y practicadas las pruebas de auditoría, la Contraloría General del Municipio de Manizales concluyó que los aportes de los entes descentralizados que totalizan $279 mil 822 millones no hacen parte de la Matriz Plan Plurianual de inversiones 2020-2023 descrita en el Artículo 14 del Acuerdo 1053 de 2020", se lee en el comunicado.

Y agrega que la Comisión de Auditoría solicitó al representante legal del Invama "certificar, detallar, discriminar o explicar cómo, cuándo y qué se prevé respaldar dentro del Plan de Desarrollo de Manizales 2020-2023 en la estructura financiera del Plan de Desarrollo de Manizales 2020-2023, sin que se allegara respuesta alguna, por parte de dicha entidad".

Por eso, se inició un Proceso Administrativo Sancionatorio Fiscal con base en los artículos 78 al 84 del Decreto 403 del 2020 que llevó a la sanción de Espejo Arbeláez, quien tras su salida del Invama tomó las riendas de la Empresa Municipal de Salud (Emsa) - Lotería de Manizales.

"Con dicha actuación se privó a la Contraloría General del Municipio de Manizales de recibir la información pertinente para el ejercicio de la vigilancia y control fiscal", concluye la Contraloría.

 

Acciones sancionables

Estas con las conductas sancionables que se aplicaron en el caso de Arturo Espejo Arbeláez, de acuerdo con el artículo 81 del Decreto 403 del 2020:

1. Incurrir en violación de los principios constitucionales y legales del control o de la gestión fiscal, cuando así se concluya de los resultados de la vigilancia y control fiscal.

2. Omitir o no suministrar oportunamente las informaciones solicitadas por los órganos de control incluyendo aquellas requeridas en el procedimiento de cobro coactivo.

3. No atender los requerimientos o solicitud de documentos, libros registrados, contabilidad o información en el marco de ejercicios de vigilancia y control fiscal, de las indagaciones preliminares o procesos de responsabilidad fiscal.

"Con base en lo anterior, la Contraloría General del Municipio de Manizales, consideró una conducta reprochable, endilgada al señor Arturo Espejo Arbeláez".