Ilustración.

Ilustración.

Autor

LA PATRIA | MANIZALES

En sentencia de segunda instancia, el pastor Pedro José Cortés Castaño, de la Iglesia Cristiana Pentecostal Unida de Colombia, fue sentenciado a pagar 9 años y seis meses de cárcel por cometer actos sexuales con un niño de menos de catorce años.

Así lo ratificó el Tribunal Superior de Manizales. Ya en primera instancia había sido condenado, el día 17 de noviembre de 2021 por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de la ciudad.

¿Qué hizo?

La Fiscalía explicó que Pedro José, para el segundo semestre del año 2016, en su calidad de evangelizador de la sede de esta iglesia, ubicada en el barrio El Carmen de esta capital, conoció a una señora, abuela de un menor, para ese entonces de 13 años de edad.

"Se generó una cercanía en razón a su credo, que dio lugar a que la mujer permitiera que su nieto compartiera y asistiera donde el evangelizador que, al parecer, tenía un problema de visión que le reclamaba la ayuda de un tercero para movilizarse. Por esta interacción entre él y el niño hubo lugar a que compartieran espacios a solas, como dentro del lugar de habitación del primero, ubicado en el mismo barrio, incluso el menor fue autorizado por su abuela para ir allá al mediodía tras terminar su jornada escolar, siendo en eso smomentos - por unos dos meses de 2016 - que Pedro José lo ultrajó", narró.

En principio el adolescente guardó silencio, pero al hastiarse de la situación reveló que, en muchas de las visitas a la casa del supuesto predicador, bajo el pretexto de instruirlo, este lo sentaba en la cama, le hablaba de Dios, mientras le cometía vejámenes.

El juez indicó que no era de recibo afirmar que el señalamiento del menor obedeció a que el pastor no le prestó un dinero para pagar unos vidrios rotos en su colegio.

Atentos

El ICBF indicó que se debe tener en cuenta que no existe un perfil o un patrón específico para identificar a un agresor sexual. Un pedófilo puede ser una persona de cualquier edad, sexo, condición social o económica, nivel educativo, profesión, raza, religión, condición física o cognitiva. Esté pilas con:

  • La insistencia por permanecer a solas con el o la menor. Inventa cualquier excusa para lograrlo.
  • La preferencia por socializar con menores de edad por encima de los adultos.
  • Las muestras exageradas de cariño o de afecto en forma injustificada e inoportuna.

Identifique

Los comportamientos de los menores también son una señal de alerta.

A. Conductas sexuales inadecuadas para la edad. Que un niño o niña demuestre tener un conocimiento acerca de las relaciones sexuales que no debería, que se toque con insistencia sus órganos sexuales, que haga representaciones de una relación sexual, por ejemplo, con sus pares o con un muñeco al que le hace movimientos con su pelvis, o que haga dibujos alusivos a una relación sexual es un claro indicador de que algo no va bien. Si sucede hay que indagar, de forma amable, respetuosa y amorosa, dónde aprendió eso, quién o quiénes le enseñaron, quién inició la actividad y cómo participa cada uno.

B. Cambios bruscos en su estado de ánimo. Cuando es víctima de abuso sexual, generalmente, tiende a volverse introvertido, ansioso o agresivo.

C. En otros casos puede mostrarse más extrovertido de lo normal. También debe llamar la atención la incomodidad o el temor que manifieste con respecto a un determinado adulto.

D. Retrocesos en su desarrollo. Hay niños que, tras ser sometidos a situaciones estresantes, o a sucesos que les provocan angustia y temor, presentan retrocesos.

E. Cambios físicos. Aunque la mayoría de víctimas de abuso sexual no presentan señales corporales, en algunos casos sí es posible que se presenten pequeñas lesiones o cicatrices genitales o anales, dolor abdominal o en la región genital que deben ser consultados inmediatamente con el personal de salud.

Padrastro pacoreño fue absuelto de abuso sexual

Pácora. Un campesino de la Tierra de las Matracas era procesado por acceso carnal violento agravado. En su momento, la Fiscalía narró que el 26 de agosto de 2018, dentro de una finca lechera, en la que laboraba y vivía, accedió carnalmente a una menor, de 12 años, hija de su compañera sentimental, aprovechando la ausencia de esta última y previo a encerrar en otro cuarto al hermanito menor de la niña.

"La aprisionó en un punto de la finca y la obligó a tener relaciones sexuales. Una semana después del episodio, la madre, junto a sus hijos, dejó el predio por lo lejos que estaba del pueblo y por el trato que el hombre les daba, situación que culminó la relación de pareja. Fue solo hasta el 2 de enero de 2019, cinco meses después, cuando percibió movimientos de la zona abdominal de su hija, con los que supo que estaba en embarazo. En ese momento la niña expresó que el progenitor era el responsable", narró el ente acusador.

Al campesino lo aprehendieron. El juicio, del 24 de marzo y 26 y 27 de julio del 2021, culminó con condena y se ordenó su captura. La pena impuesta fue de 19 años y 6 meses. Sin embargo, el abogado apeló ante el Tribunal Superior de Manizales y, por dudas absolvieron al señalado. "La médica legista dijo que la menor estaba en tercer trimestre de embarazo, es decir, en aproximadamente 13 semanas de gestación para el 3 de enero del 2019 que fue examinada, por lo que la concepción no pudo ocurrir el 26 de agosto del 2018, sino que debió darse aproximadamente en octubre, esto es, cuando la supuesta afectada ya no tenía contacto con su padrastro", argumentó.

Ese dato tan importante nunca fue contemplado por la Fiscalía, como tampoco por el juez, y por ello se orientó hacia la condena el fallo de primera. "Se dejó de lado un elemento objetivo de gran envergadura", expresó el Tribunal.

Temas Destacados (etiquetas)