EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE MARQUETALIA, CDS., EMPLAZA Al Representante Legal de la Asociación "AMOR POR MARQUETALIA" y PERSONAS INDETERMINADAS, para que dentro de los 15 días siguientes a la desfijación de esta publicación, comparezcan ante este Despacho a notificarse de la admisión de Demanda proferida mediante Auto Interlocutorio Civil No. 091 adiado mayo 05 de 2014, dentro del proceso Verbal Sumario DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO SOBRE UN BIEN INMUEBLE -PREDIO URBANO-, adelantado mediante Apoderado Judicial por el señor José Guillermo GIRALDO GARCÍA, alegando prescripción adquisitiva de dominio, en contra de la Asociación Amor por Marquetalia y PERSONAS INDETERMINADAS. El llamamiento se hace a quienes se crean con derecho al bien inmueble, para que concurran al proceso, a más tardar dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento; especificándose que se trata del siguiente bien inmueble: Identificado en el IGAC con la ficha catastral No. 01-00-0040-0003-000, registrado en la Oficina de II.PP., de Manzanares, a folio de matrícula inmobiliaria No. 108-9356, ubicado en el municipio de Marquetalia, Caldas, Calle La Aldea y cuyos linderos son los siguientes: ###Partimos del guayabo lindero con José Abel GIRALDO y Félix LÓPEZ, por una vaga arriba a lindar con el lote No. 17 propiedad de la Asociación, seguimos lindero con dicha Asociación a pasar por el lote No. 29. De aquí seguimos a lindar con Mario BERNAL, de aquí seguimos bordeando el cafetal del señor BERNAL hasta bajar a la cancha de baloncesto, de aquí seguimos a lindar con el terreno que se vende al señor GIRALDO GARCÍA, bordeamos la cancha de baloncesto a salir al camino de servidumbre y de aquí bajamos a encontrar el guayabo punto de partida###. Se advierte a los emplazados que si no comparecen, se les designará curador Ad-Lítem, con quien se surtirá la notificación y se continuará con el proceso hasta su terminación. Se publica el presente EDICTO para ser divulgado en dos (2) ocasiones con intervalo de cinco (5) días, dentro del plazo de veinte (20) días, en un diario o semanario de amplia circulación nacional y radiodifusora, hoy trece (13) de mayo de dos mil catorce (2014); entendiéndose surtido el emplazamiento transcurridos 15 días después de la desfijación del Edicto. OLMEDO CARDONA ARANGO. Secretario.
27-V-A77743
EDICTO
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ARANZAZU CALDAS EMPLAZA: A los HEREDEROS INDETERMINADOS de los causantes RAFAEL MUÑOZ E ISIDORO MUÑOZ y demás PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el bien inmueble pretendido, esto es, lote de terreno ubicado en la vereda el Laurel jurisdicción de Aranzazu Caldas, con una cabida aproximada de 1.012 metros cuadrados, cultivado en pasto, sin nombre y cuyos linderos son: ###Por su parte alta o norte con José Octavio Ramírez Muñoz; por el sur y occidente con el señor José Leonidas Castaño Zuluaga###.; lote que aparece registrado en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Salamina Cds bajo el folio Nro. 118-0003994; a fin de que comparezcan ante el Juzgado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda especial de DECLARATIVA DE PERTENENCIA -ASUNTO AGRARIO- (Por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio), radicada al Nro. 2013-00130, instaurada por los señores JOSÉ OCTAVIO RAMÍREZ MUÑOZ y MARÍA FABIOLA MUÑOZ DE RAMÍREZ, promovido con base en las normas pertinentes del C.P.C., Decreto 2303/89 y Ley 1564/12. Para efectos del emplazamiento y publicación el presente edicto se publicará por un término de veinte (20) días en la cartelera del Despacho y se publicará por dos (2) veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario dentro del mismo término, en un diario de amplia circulación en la localidad como lo es el Diario La Patria (Numeral 7 del artículo 407 del C. de P. Civil, Modificado D.E. 2282/89, Art. 1º Num. 210). Este Emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días a partir de la expiración de la publicación del presente edicto, y en caso de que los citados no comparezcan, se les designará un Curador Ad Lítem, con quien se surtirá la referida notificación y se continuará el trámite del proceso. Copias de las páginas del diario en donde se hubieren publicado los listados, serás allegadas al proceso por la parte interesada. Se fija el presente edicto, hoy seis (6) de mayo de dos mil catorce (2014). Hora 8 A.M. ROGELIO GÓMEZ GRAJALES. SECRETARIO.
27-V-A77713
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES-CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir, PARA QUE SE PRESENTEN A HACERLOS VALER A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE QUEDE SURTIDO EL EMPLAZAMIENTO, en el proceso que seguidamente se relaciona: CLASE: PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. DEMANDANTES: MARÍA ROSALBA VÁSQUEZ LOAIZA. DEMANDADOS: PERSONAS INDETERMINADAS. INMUEBLE CUYA PRESCRIPCIÓN SE PRETENDE: Inmueble consistente en un lote de terreno con casa de habitación, ubicado en el barrio La Avanzada de este municipio, en la carrera 7 # 26-32, con un área de 7:00 metros de frente por 15 metros de fondo, o 105 metros cuadrados aproximadamente, distinguido con la ficha catastral 01-03-0281-0001-000, alinderado de la siguiente manera: ###Al occidente, con la carrera 7; por un costado con el predio del señor Tiberio Quintero; por el otro costado con el predio de Guillermo Mejía, y por el fondo con predio de Leonor Peláez###. Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento se entenderá surtido respecto de los emplazados, a quienes se les designará un curador ad lítem, quien ejercerá el cargo hasta el fin del proceso. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6º del artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días hábiles, hoy SIETE (7) DE MAYO DE DOS MIL CATORCE (2014), a las ocho de mañana (8:00 a.m.), y se publicará por dos (2) veces con intervalos no menores de cinco (5) días calendario entre una y otra publicación dentro del mismo término, en el DIARIO LA PATRIA, y por medio de una radiodifusora del lugar, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. BEATRIZ ELENA LONDOÑO CARDONA. SECRETARIA.
27-V-C79820
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO ANSERMA CALDAS
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la SUCESIÓN INTESTADA E ILÍQUIDA de la causante MARÍA OLIVA HERNÁNDEZ DE RODAS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.378.444 expedida en Anserma, fallecida en el municipio de Anserma, departamento de Caldas, el ocho (08) de diciembre de dos mil doce (2012). Para fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy veinticuatro (24) de Mayo del año dos mil catorce (2014) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). GLORIA ELENA LÓPEZ MEZA. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
27-V-H63195
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO (A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA del causante DIEGO ARANGO ARANGO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.309.553, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Sábado veinticuatro (24) de Mayo de 2014, mediante Acta número DOSCIENTOS DIECISIETE (217). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Sábado veinticuatro (24) de Mayo de 2014, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO JORGE MANRIQUE ANDRADE. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
27-V-A77750
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN SUCESORAL INTESTADA DEL CAUSANTE HERNÁN RUIZ CRUZ, C.C. No. 1.417.425, CUYO ÚLTIMO DOMICILIO Y EL ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRÁMITE RESPECTIVO EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 20 DEL 23 DE MAYO DEL AÑO 2014. SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3º DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARÍA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY VEINTISÉIS (26) DE MAYO DEL AÑO 2014, SIENDO LAS 8.00 A.M. JAIME ALONSO RAMÍREZ ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO VILLAMARÍA CALDAS. (Hay firma).
27-V-A77748
REMATES
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS ANUNCIA Que dentro del proceso que a continuación se detalla, se llevará a cabo DILIGENCIA DE REMATE de la CUOTA PARTE correspondiente al 50% de la nuda propiedad que posee el menor JUAN CAMILO SANTA GIRALDO, sobre el bien inmueble distinguido con el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 100-159359 y Ficha Catastral No. 00-01-0019-0181-000. PROCESO: LICENCIA JUDICIAL VENTA DE BIEN DE MENOR. SOLICITANTES: NELSON DE JESÚS SANTA PALACIO. MARTHA CECILIA GIRALDO VALENCIA. FECHA: JUNIO 18 DE 2014. HORA: 9:00 A.M. CUOTA OBJETO DEL REMATE Cuota parte correspondiente al 50% de la nuda propiedad del bien inmueble ubicado en la Vereda Alto Corinto del Municipio de Manizales-Caldas, avaluado este porcentaje en la suma de OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($8.500.000). POSTURA: ADMISIBLE LA QUE CUBRA EL 100% DEL AVALÚO. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% Y PRESENTE LA OFERTA EN SOBRE CERRADO (ART. 527 C.P. CIVIL). DURACION: DOS (2) HORAS. DESCRIPCIÓN DEL BIEN Se trata de un lote de terreno con casa de habitación, identificado como lote número 4, ubicado en la Vereda Alto Corinto del Municipio de Manizales-Caldas, por la vía que del área urbana de Manizales conduce al Municipio de Neira, con un área aproximada de 353.39 metros cuadrados, determinado por los siguientes linderos: POR EL OCCIDENTE, con el lote número 3 a adjudicar a Hortensia Solano de G. en extensión aproximada de 15.93 metros. POR EL ORIENTE, con el lote de terreno de propiedad el señor Jaime Moreno en extensión aproximada de 25.02 metros. POR EL NORTE, con lote número 3A a adjudicar a la señora Hortensia Solano de G en aproximadamente 14.42 metros. POR EL SUR, con el lote número 5 a adjudicar al señor Gildardo Ramírez en extensión aproximada de 36.25 metros###. TRADICIÓN: La cuota parte del 50% de la nuda propiedad del bien inmueble, fue adquirido por el menor en común y proindiviso con su hermana NATALI SANTA GIRALDO, según consta en la escritura pública No. 2148 del 27 de abril del año 2006, otorgada en la Notaría Segunda de Manizales, Caldas. Para dar cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, se fija el Aviso de Remate en la Secretaría del Juzgado, hoy veintitrés (23) de mayo de 2014, a las 8:00 de la mañana y se entregan copias del mismo a los interesados para su publicación, por una vez en el DIARIO LA PATRIA y en una radiodifusora local, en las horas comprendidas entre las 7:00 de la mañana y las 10:00 de la noche. CARMEN EMILIA BUITRAGO GALEANO. Secretaria.
27-V-A77746
OTROS
EDICTO
LA REGISTRADORA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE LA DORADA, CALDAS HACE SABER Al señor ALFONSO ISAZA CARDONA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.436.126 de La Dorada Caldas, obrando en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “ISAZA MESA LIMITADA”, que mediante Resolución No. 06 del 06 de Mayo de 2014, por medio de lo cual ordena dejar sin efecto la Anotación No. 7 del Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-4464 y se traslada como Anotación No. 6 al Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-1636, señala en su parte Resolutiva lo siguiente: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Trasladase la inscripción de la de la Escritura Pública No. 0534 del 20 de Agosto de 2004, de la Notaría Única del Círculo de La Dorada Caldas, radicada el 19 de Octubre de 2004 bajo el turno No. 2004-2427, mediante la cual el señor ALFONSO ISAZA CARDONA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.436.126 de La Dorada Caldas, obrando en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “ISAZA MESA LIMITADA”, VENDE, cinco predios, ubicados en la Vereda Isaza del Municipio de Victoria, Departamento de Caldas a los señores HERNÁN RIVERA SÁENZ identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.175.779 de La Dorada Caldas y MARCELA SÁENZ TRUJILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.564.027 de Girardot, en el sentido de trasladar su inscripción del Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-4464 al folio de Matrícula Inmobiliaria 106-1636, por los motivos expuestos en esta Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo primero, déjese sin validez ni efecto la inscripción contenida en la anotación 7 del Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-4464, predio denominado LOTE DE TERRENO, ubicado en la Vereda Isaza, Municipio de Victoria, Departamento de Caldas, por los motivos expuestos en la presente Resolución. ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFÍQUESE a los señores ALFONSO ISAZA CARDONA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.436.126 de La Dorada Caldas, quien obra en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “ISAZA MESA LIMITADA”, HERNÁN RIVERA SÁENZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.175.779 de La Dorada Caldas y MARCELA SÁENZ TRUJILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.564.027 de Girardot, de no ser posible la notificación personal, hágase por Aviso según lo dispuesto en el artículo 69 ibídem. ARTÍCULO CUARTO.- Contra la presente providencia procede recurso de reposición ante el registrador principal de instrumentos públicos, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación personal o al finalizar el día siguiente al de la entrega del Aviso, y en subsidio el Recurso de Apelación ante el Director de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro, Artículos 74 y 76 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO QUINTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y de ella se conservará copia en la carpeta de antecedentes del mencionado inmueble. En contra de la Resolución que notifica procede, únicamente, el recurso de reposición para ante el Registrador de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas recurso del cual ha de hacerse uso dentro de los cinco (5) días siguientes a la des-fijación del edicto. CONSTANCIA DE FIJACIÓN El presente edicto se fija en lugar visible de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas, para dar cumplimiento al mandando del ART. 45 DEL C.C.A. por no haber sido posible la notificación personal, hoy 23 de Mayo de 2014, siendo las 08:30 horas. CONSTANCIA DE DES-FIJACIÓN El presente edicto se desfija hoy 23 de mayo/2014 siendo las 16:00 horas después de permanecer fijando por espacio de quince (15) días. MAGALY ESTHER BENAVIDES CRUZ. Registradora Seccional I:P. (Hay firma).
27-V-A77747
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