EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ADJUNTO A - DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho sobre el bien cuya pertenencia se reclama a través del proceso que más adelante se identifica para que se presenten al mismo con el fin de hacerlo valer: CLASE: ORDINARIO DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. DEMANDANTE: GLORIA ARBOLEDA HERNÁNDEZ. DEMANDADOS: JESÚS ALBERTO GIRALDO GÓMEZ. PERSONAS INDETERMINADAS. BIEN OBJETO DE DEMANDA: Se trata del inmueble ubicado en la calle 25 No. 21-39, parte alta comprendido dentro de los siguientes linderos: LINDEROS GENERALES: ### Por el frente que es el occidente, con la calle 25; por el Sur, con propiedad de Eugenia Uribe de Arango y de Leonor Arango Uribe, antes Pastor y Alejandra Uribe; por el Norte con propiedad de Diego Estrada, y por el Centro u Oriente, con propiedad que es o fue de las reverendas madres Franciscanas, "Colegio de Santa Inés" y con propiedad de Lola Vélez de Isaza, antes de Santiago Vélez###. LINDEROS PARTICULARES ### Por el Occidente, con la vía pública, calle 25. Por el Sur con el bien que es de propiedad que una sociedad, donde una de sus socias es Luz María Pava
Quiceno, bien éste que da a la carrera 22. Por el Norte con la propiedad de María Cecilia Sánchez de Quintero e identificado con la nomenclatura No. 21-33; por el Oriente con la propiedad del señor Fernando Jiménez y por el Nadir con la nomenclatura calle 25 No. 21-43, esto es, primer piso de propiedad del señor Jesús Alberto Giraldo Gómez###. Bien inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 100-97814. Ficha catastral No. 17001010501510009000. Se fija este edicto por el término de veinte (20) días en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado; copias de éste se entregarán al interesado para su correspondiente publicación por dos (2) veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario entre una y otra, dentro del mismo término en el diario La Patria; y por medio de una radiodifusora de la ciudad, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. La página del diario en que aparezca la publicación y una constancia autenticada del director o administrador de la emisora sobre su transmisión, se agregarán al expediente. Se advierte a los emplazados que transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del término de fijación del edicto, se entenderá surtido el emplazamiento, a quienes se les designará un curador ad lítem, y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Los que concurran en virtud de este emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten posteriormente tomarán el proceo en el estado en que lo encuentren. Se fija el presente edicto en la Secretaría del Despacho, hoy 12 OCT. 2012. ANDREA MILENA GARCÍA GÁLVEZ. Secretaria.
24-X-C77311
EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
Fijación: 20 días
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE ANSERMA, CALDAS, EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derecho sobre el bien inmueble de que trata la demanda VERBAL DE PERTENENCIA EXTRAORDINARIA, radicada al No. 2012-00175, instaurada por NELSON GUERRERO ÁLVAREZ contra las emplazadas y AUGUSTO RESTREPO, SILVIA MONTES DE RESTREPO, JESÚS MARÍA, EDELMIRA, GUSTAVO EMILIO, LUIS ARTURO, MARÍA OLIVA, HERNÁN, CARLOS ENRIQUE, MARLENY DE JESÚS, LUZ DELIA, MARÍA NOHELIA, HERIBERTO, FABIÁN DE JESÚS, ROSALBA CORTÉS, LUCIDIA Y LUZ ALBA BEDOYA CORTÉS para que en tiempo oportuno lo hagan valer. El bien de que trata la demanda es: Una finca rural, constante de unas doce (12) cuadras más o menos, mejorada con casa de habitación, montes, guadual, sementeras de café y plátano y alinderada así: ### de un mojón de piedra que está en el lindero con terrenos de Rafael Bedoya, se sigue de para arriba con una quebrada, hasta otro mojón de piedra que está a orilla de un cafetal, lindero con predio del mismo Bedoya, de aquí se sigue de travesía hasta una cañada en lindero con predio de Jesús Villada, de aquí se sigue de para abajo, lindero con predio del mismo Villada y Maximiliano Henao, hasta otro mojón en el desemboque de dos quebradas, lindero con Rafael Bedoya y Rosario Osorio, punto de partida###. Se advierte a las emplazadas, que transcurridos quince días hábiles, siguientes a la expiración del término del emplazamiento, sin que comparezcan a hacer valer sus derechos, se entenderá surtido el mismo, y se les designará curador ad lítem, quien ejercerá el cargo hasta terminar el proceso. Para los fines legales, se fija el presente edicto en la Secretaría del Juzgado, por un término de 20 días, y el mismo deberá ser publicado en el diario La Patria, por dos ocasiones dentro de ese término, con intervalos no menores de cinco días calendario, y en una emisora local, por igual número de veces y con idénticos intervalos, en horario comprendido entre las 07:00 y las 22:00 horas. Fecha fijación: Octubre 03 de 2012 Hora: 8:00 A.M. Fecha desfijación: Octubre 31 de 2012, Hora: 6 P.M. ÁNGELA IVONNE GONZÁLEZ LONDOÑO. Secretaria.
24-X-H58484
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE CHINCHINÁ, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la herencia del señor ALFREDO GRISALES GALLEGO y la señora BETSABE GÓMEZ DE GRISALES, quienes se identicaban con las cédulas de ciudadanía, en su orden, 1.224.295 y 24.611.843 y tuvieron su último domicilio en la ciudad de Chinchiná, para que dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto se hagan presente en la Notaría a hacer valer sus correspondientes derechos. Este Despacho aceptó el trámite notarial mediante acta 29 de fecha 19 de Octubre de 2012 y se ordenaron las publicaciones de Ley. Chinchiná, 19 de Octubre de 2012. JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO.
24-X-H58548
EDICTO
El suscrito Notario del Círculo de La Dorada, Caldas EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN NOTARIAL de la Sucesión Intestada de la causante SILVIA ÁVILA DE ÁLVAREZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24.699.354, fallecida el 27 de junio de 2011 en La Dorada siendo esta ciudad de La Dorada, su último domicilio asiento principal de sus negocios, para que comparezcan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO. El trámite de liquidación fue aceptado en esta Notaría mediante ACTA NÚMERO 085 del diecinueve (19) de Octubre del año Dos Mil Doce (2012). Se ordena la publicación de este Edicto en un diario de amplia circulación y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija en un lugar visible de la Notaría a las 8:00 A.M., del día veinte (20) de Octubre del año Dos Mil Doce (2012). EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO.
24-X-H58555
EDICTO
El suscrito Notario Único del Círculo de La Dorada, Caldas EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN NOTARIAL de la Sucesión Intestada de la señora MARLENY DEL CARMEN PINO JIMÉNEZ, identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.707.673, fallecida el 27 de julio de 2012 en el Municiìo de La Dorada siendo esta ciudad de La Dorada Caldas, para que comparezcan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO. El trámite de liquidación fue aceptado en esta Notaría mediante ACTA NÚMERO 084 del diecinueve (19) de Octubre del año Dos Mil Doce (2012). Se ordena la publicación de este Edicto en un diario de amplia circulación y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija en un lugar visible de la Notaría a las 8:00 A.M., del día veinte (20) de Octubre del año Dos Mil Doce (2012). EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO.
24-X-H58556
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE LA DORADA, CALDAS,
PROCESO: DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO.
DEMANDANTE: ADRIANA CASTILLO RINCÓN
DESAPARECIDO: CARLOS JULIO CASTILLO MALAVER
RAD.: 2011-278
EMPLAZA Al señor CARLOS JULIO CASTILLO MALAVER, persona mayor de edad, quien tuvo como residencia y último domicilio, el municipio de Puerto Salgar (Cund.), del que actualmente se desconoce su paradero, para que comparezca al proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA de PRESUNCIÓN DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO, Instaurado por la señora ADRIANA CASTILLO RINCÓN. EXTRACTO DE LA DEMANDA El señor CARLOS JULIO CASTILLO MALAVER, quien se identifica con la C.C. No. 9.385.142 de Quipama Boyacá, desapareció el día 4 de octubre del 2008, fecha en la que salió de la hacienda "TALAVERA DE LA REINA" ubicada en el municipio de Puerto Salgar, Departamento de Cundinamarca, hacia la ciudad de La Dorada - Caldas, sin que desde ese entonces se haya vuelto a tener noticias de su paradero, habiendo transcurrido más de dos (2) años, pese a las averiguaciones correspondientes. Se previene a las personas que tengan datos sobre el paradero y demás informes del desaparecido CARLOS JULIO CASTILLO MALAVER, los suministren a la mayor brevedad posible a este Despacho. Se hace saber al desaparecido que si vencido el término del emplazamiento no comparece, el Juzgado designará un Curador Ad Lítem, para que lo represente y con quien se adelantará el proceso hasta su terminación. Para los efectos indicados en el artículo 657-2 en consecuencia con el artículo 656-2 literal b) del C. P. Civil y el artículo 97 del C. Civil, se expide el presente EDICTO hoy siete (7) de octubre de dos mil once (2011), del cual se entregan copias a la interesada para su publicación en el diario Oficial, en uno de los periódicos capitalinos el ESPECTADOR o LA REPÚBLICA, en el diario LA PATRIA de Manizales, de amplia circulación en esta municipalidad y en una radiodifusora local, publicaciones que deberán hacerse por lo menos tres (3) veces, advirtiéndose que entre cada dos publicaciones debe transcurrir por lo menos cuatro (4) meses. ALBA LUCÍA ESCOBAR GONZÁLEZ. SECRETARIA AD - HOC.
24-X-H57557
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE AGUADAS, CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso sucesorio simple e intestado del causante ANTONIO JOSÉ ARIAS MEJÍA, fallecido en el municipio de Itagüí (Antioquia), quien tuviera su domicilio, residencia y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Aguadas, Caldas, para que procedan a hacerlos valer dentro del término de ley. Dicha causa sucesoral se declaró iniciada en este Despacho judicial, por medio de proveído fechado el día 12 de Octubre de 2012. Conforme lo indica el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el edicto emplazatorio en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado por diez (10) días y copias del mismo se le entregarán a los interesados para que los publiquen en diario de amplia circulación Nacional y en la emisora local, por una sola vez. Aguadas Caldas, Octubre 18 de 2012. LUIS FERNANDO PANIAGUA ORTIZ. SECRETARIO. FIJADO EN SU FECHA A LAS 08:00 A.M. EL SECRETARIO, LUS FERNANDO PANIAGUA ORTIZ.
24-X-H58562
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada del causante NANCY ARIAS DE RODRÍGUEZ, qien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24.255.343 cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecida en Manizales - Caldas, el 28 de julio de 2010. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 120 del 20 de septiembre del año 2012, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTIUNO (21) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE (2012) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
24-X-A73844
EDICTO
LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MARQUETALIA CALDAS CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial de Liquidación Intestada del causante CARLOS EMILIO MONTOYA GÓMEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No 1.305.735, fallecido en Marquetalia el 22 de enero de 1975, siendo Marquetalia Cds su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido mediante Acta número ONCE (#011) de fecha 23 de octubre de 2012.
Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3º y 4º del Decreto 1.729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día veinticuatro ( 24 ) de octubre de dos mil doce (2.012) a las ocho de la mañana (8: A.M.). ALICIA HURTADO GARCÍA. Notaria Única del Círculo Marquetalia Caldas. (Hay firma y sello).
24-X-A73841
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