EMPLAZAMIENTOS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
MARQUETALIA CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE MARQUETALIA, CDS EMPLAZA A los señores Rosalba LÓPEZ TORO, Herederos de Eloy GONZÁLEZ, Elena LÓPEZ y PERSONAS INDETERMINADAS, para que dentro de los 15 días siguientes a la desfijación de esta publicación, comparezcan ante este Despacho a notificarse de la admisión de Demanda proferida mediante Auto Interlocutorio Civil No. 016 adiado febrero 10 de 2014, dentro del proceso Verbal Especial Ley 1561/12. TITULACIÓN DE LA POSESIÓN MATERIAL SOBRE INMUEBLE RURAL DE PEQUEÑA ENTIDAD ECONÓMICA, adelantado mediante Apoderada Judicial por el señor GERARDO GONZÁLEZ MEJÍA, alegando prescripción adquisitiva de dominio, en contra de Rosalba LÓPEZ TORO, Herederos de Eloy GONZÁLEZ, Elena LÓPEZ y PERSONAS INDETERMINADAS. El llamamiento se hace a quienes se crean con derecho al bien inmueble, para que concurran al proceso, a más tardar dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento; especificándose que se trata del siguiente bien inmueble: Predio rural, denominado "La Linda" ubicado en la vereda La Linda, Municipio de Marquetalia, Departamento de Caldas, identificado en el catastro predial con el Nro. 000000021494000 y con folio de matrícula inmobiliaria No. 108-5811, alinderado así: ### de un mojón de piedra denominado Chingalé de allí transversal a un guamo, lindero con Pedro Ángel MEJÍA, de aquí de para abajo a buscar el nacimiento de agua de servidumbre de Celedonio GONZÁLEZ, por el agua abajo a la quebrada del boquerón, lindero con Pacífico GIRALDO esta abajo hasta un diente de piedra, lindero con herederos de Pascual MONTOYA, de aquí siguiendo el filo arriba hasta el mojón del chaquiro en el asiento de aquí de transversal a un mojón de piedra que está al pie de un jaboncillo de aquí a la cabecera de la vaga, esta abajo del camino que gira para Marquetalia; por el camino hasta el mojón de la cidrera lindero con Ramón SANTA, de aquí vaga arriba hasta el mojón de piedra que está en el canelón, por este arriba a un lechado que está marcado con una cruz, de aquí transversal a un mojón que está a una vaguita de esta a buscar otro mojón de piedra que está en el camino al pie del jaboncillo y de aquí línea recta al mojón del Chingalé, punto de partida###. Se advierte a los emplazados que si no comparecen, se les designará curador Ad-Lítem, con quien se surtirá la notificación y se continuará con el proceso hasta su terminación. Se publica el presente EDICTO para ser divulgado en dos (2) ocasiones con intervalo de cinco (5) días, dentro del plazo de veinte (20) días, en un diario y semanario de amplia circulación nacional y radiodifusora, hoy veintiséis (26) de junio de dos mil catorce (2014); entendiéndose surtido el emplazamiento transcurridos 15 días después de la desfijación del Edicto. OLMEDO CARDONA ARANGO. Secretario.
10-VII-H63481
EDICTO
LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE SUPÍA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de la Herencia de los causantes RITA LINA RENDÓN DE ABELLO Y EDUARDO ANTONIO ABELLO ROMÁN, fallecidos los días 27 de junio del año 2004 en Villanueva Casanare y 31 de mayo de 2008 en Honda Tolima, habiendo tenido su último domicilio y asiento principal de sus negocios en Supía Caldas, identificados con las cédulas de ciudadanía Números 25.209.029 y 1.414.510. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 12 de julio 04 de 2014, se ordena la publicación del presente Edicto en el periódico en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 04 de julio de 2014 a las 8:00 A.M. LA NOTARIA JULIALBA GONZÁLEZ DE C.
10-VII-A78027
EDICTO
LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE SUPÍA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de la Herencia del causante BERTULFO OTAGRI VALENCIA, fallecido el día 03 de diciembre del año 2009 en la ciUdad de Bogotá D.C., habiendo tenido su último domicilio y asiento principal de sus negocios en Supía Caldas, identificado con la cédula de ciudadanía Número 15.925.332. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 11 de julio 04 de 2014, se ordena la publicación del presente Edicto en el periódico en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 04 de julio de 2014 a las 8:00 A.M. LA NOTARIA JULIALBA GONZÁLEZ DE C.
10-VII-A78028
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE CALDAS
NOTARÍA ÚNICA LA DORADA
TEL. 8576867
EDICTO
El suscrito Notario Único del Círculo de La Dorada Caldas EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN NOTARIAL DE HERENCIA de la señora SUSANA MOLANO DE AVILES; identificada con la cédula de ciudadanía 24.697.070, fallecida el 03 de julio del año 2001 en la ciudad de La Dorada para que comparezcan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO. El trámite de liquidación fue aceptado en esta Notaría mediante ACTA NÚMERO 029 del 07 de julio del año Dos Mil Catorce (2014). Se ordena la publicación de este Edicto en un diario de amplia Circulación y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija en un lugar visible de la Notaría a las 8:00 A.M del día ocho (8) de julio del año Dos Mil Catorce (2014). EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO.
10-VII-A78038
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE e INTESTADA de los causantes FELIPE ZAPATA RENDÓN, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.307.315 expedida en Manizales y SARA ALZATE GIRALDO O DE ZAPATA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.266.701 expedida en Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio. Aceptado el trámite en esta Notaría el día miércoles, nueve (09) de Julio de 2014, mediante Acta número TRESCIENTOS SIETE (307). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día miércoles, nueve (09) de Julio de 2014, siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO GERMÁN EDUARDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO SEGUNDO (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
10-VII-A78031
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral testada del causante LEONIDAS BUITRAGO GARCÍA, poseedor de la cédula de ciudadanía número 1.282.552 de Filadelfia, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en el Municipio de MANIZALES – CALDAS, el día 23 de Abril de 2014. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 83 DEL 07 DE JULIO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días.
La Notaria, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
(Hay firma y sello)
10-VII-A78032
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada del causante HORACIO GIRALDO AGUDELO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 10´226.148, cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en Filadelfia – Caldas, el día 26 DE DICIEMBRE DE 2010. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 84 del 01 de julio de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy DOS (02) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014) A LAS 08:00 HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello)
10-VII-A78033
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada del causante JOSEFINA GRISALES DE CARDONA, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24´276.842, cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecida en Manizales – Caldas, el día 31 DE JULIO DE 1976, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 61 del 03 de Junio de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy CUATRO (04) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014) A LAS 08:00 HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
10-VII-A78034
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada del causante JAVIER ARIAS AGUDELO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 1.389.678, cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en Manizales – Caldas, el día 28 de junio de 1997. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 78 del 07 de julio de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy NUEVE (09) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014) A LAS 08:00 HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE . NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
(Hay firma y sello)
10-VII-A78036
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada del causante JUAN DE JESÚS GIRALDO SÁNCHEZ Y MARIELA MORALES DE GIRALDO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 2.629.690 y 25.149.101, cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecidos en Manizales – Caldas, el día 14 de febrero de 2014 y 5 de enero del 2002. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 85 del 01 de julio de 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy DOS (02) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014) A LAS 08:00 HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
(Hay firma y sello)
10-VII-A78035
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión del causante HERNÁN NEIRA, quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 1.207.177 DE MANIZALES CALDAS, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.757 del día 09 DE JULIO DE 2014 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 10 de JULIO de 2014. Manizales, 09 DE JULIO de 2014. JOSÉ RUBIÁN ZAMORA IDÁRRAGA. NOTARIO CUARTO TITULAR.
10-VII-A78037
REMATES
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO CALDAS AVISA: Que en el proceso divisorio de venta de la cosa común, instaurado por MARÍA TERESA ORTIZ LÓPEZ, VALENTINA DUQUE ORTIZ Y ALEJANDRA DUQUE ORTIZ contra LUIS ALFONSO OSORIO VELÁSQUEZ, se ha señalado la hora de las nueve de la mañana (9 a.m.), del día martes cinco (5) de agosto de dos mil catorce (2014), con el fin de llevar a cabo la venta en pública subasta del bien inmueble perseguido en este proceso, a saber: "Un lote de terreno o solar, ubicado en el área urbana del municipio de Riosucio Cds., en la calle 17 Nos. 5-22, 5-24 y 5-26, Urbanización La María, constante de ocho metros de frente por la calle 16, por ocho (8) metros de fondo, alinderado así: Por un costado con la calle 16 en 8:00 metros; por otro costado con la Urbanización La María y predio de ESTHER JULIA BAÑOL DE BARTOLO en 8:00 metros y por otro costado con GERSAIN BETANCUR BECERRA, en 8:00 metros. Los linderos actualizados son los siguientes: ###Por el Norte en ocho (8) metros con la calle 17 (antes calle 16), por el Sur en ocho (8) metros con Martha Correa, por el Oriente en seis (6) metros con Jaime Bonilla y en dos (2) metros con Martha Correa y por el Occidente con Gersaín Betancur Becerra###". El bien se encuentra mejorado con tres (3) apartamentos. TRADICIÓN: Adquirió el causante junto con la cónyuge MARÍA TERESA ORTIZ LÓPEZ, por compra a CÉSAR MARINO OCAMPO MONTOYA, según escritura pública No. 406 del 25-07-90 de la Notaría Única de Riosucio Caldas, Matrícula inmobiliaria número 115-0006118, Ficha Catastral 01-00-01640008000 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riosucio Caldas. AVALÚO: El bien inmueble fue avaluado pericialmente en la suma de CIENTO DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS PESOS ($118.224.500.oo) m.l (Ver fls 38 a 42 fte cd 6). El secuestre es el señor CARLOS ARTURO BETANCUR HOYOS, localizable en la carrera 6ª No. 14-26 teléfono 3122359773 de Riosucio Cds. BASE DEL REMATE: En la licitación que tendrá duración mínima de una (1) hora, será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del total del avalúo dado al bien, y podrá ser postor quien previamente consigne a órdenes de este juzgado en la cuenta de depósitos judiciales que se lleva en el Banco Agrario de Colombia local, el cuarenta por ciento (40%) del mismo avalúo. Se advierte además, a quien le sea adjudicado el bien, que para proceder a su aprobación, debe consignar a favor de la nación Consejo Superior de la Judicatura, el tres por ciento (3%) del valor del remate; ley 11 de 1987. De conformidad con lo establecido por el artículo 525 del C. de P. Civil, se fija el presente AVISO en lugar público de la secretaría del juzgado, hoy miércoles cuatro (4) de junio de dos mil catorce (2014), a las ocho de la mañana (8 a.m.); copias del mismo ejemplar se entregarán a parte interesada para su publicación por una vez, en el diario La Patria de Manizales, de amplia circulación en esta localidad y por la emisora local. El secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
10-VII-C80044
PROCESO: 2014-00010
EL SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO MANIZALES, CALDAS AVISA Que, dentro del proceso que a continuación se detalla, se llevará a cabo DILIGENCIA DE REMATE del bien inmueble (lote terreno con casa de habitación) de propiedad en un 50% de la menor LAURA VALERIA OSPINA HUACA. Proceso: JURISDICCION VOLUNTARIA – LICENCIA PARA VENTA DE BIEN DE MENOR. Solicitante: CECILIA HUACA CONTRERAS. Fecha: 30 DE JULIO DE 2014. Hora: 9:00 DE LA MAÑANA.
CUOTA OBJETO DEL REMATE Lote terreno con casa de habitación, identificada con el número 211 de la manzana I, ubicada en la calle 61 número 9 – 54 en el municipio de Manizales departamento de Caldas. Determinado con los siguientes linderos: ## POR EL NOROESTE CON PROPIEDAD DE ALFONSO JARAMILLO R. EN 6,50 METROS, POR EL NORESTE CON EL LOTE NÚMERO 210 EN 18.60 METROS, POR EL SURESTE CON CALLE 61 EN 6.50 METROS Y POR EL SUROESTE CON EL LOTE 212 EN 18.60 METROS### Inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 100 – 88455 y ficha catastral No. 1-01-0046-0009-000, avaluado este porcentaje en la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS (55.000.000.oo) MCTE. POSTURA: 100%. POSTOR HÁBIL: 40%. DURACIÓN: UNA (1) HORA. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, se fija el aviso de remate en la Secretaría del juzgado, hoy 9 de julio de 2014 a las 8:00 de la mañana y se entregarán copias del mismo a los interesados, para su publicación de prensa en el diario La Patria y en una radiodifusora local.
WILSON QUINTERO OROZCO. Secretario. (Hay firma y sello)
10-VII-C80047
OFICINA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CIVILES MUNICIPALES MANIZALES CALDAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CARTEL DE REMATE
EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES, CALDAS AVISA: Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados: PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO. DEMANDANTES: BANCOLOMBIA S.A.. DEMANDADOS: OCTAVIO ANDRÉS GALVIS ALZATE. FECHA REMATE: JULIO 28 DE 2014. RADICADO: 170014003004-2012-00688-00. HORA: 3:00 P.M.. BASE REMATE: SETENTA (70%) POR CIENTO DEL AVALÚO DEL BIEN. POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL AVALÚO DE CADA BIEN. DURACIÓN REMATE: MÍNIMO UNA (1) HORA.
DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE REMATE Inmueble identificado con el folio de matrícula Inmobiliaria No. 100-55766 adscrito a la Oficina e Registro de Instrumentos Públicos de Manizales. AVALÚO Cien Millones novecientos veinte mil pesos (100´920.000,oo) M/cte. SECUESTRE Peter Darío Carvajal López. DESCRIPCIÓN Se trata de un lote de terreno con casa de habitación, identificado con el número 9 de la manzana 34, ubicado en la calle 52 No. 10-29 Barro Villa Hermosa jurisdicción del Municipio de Manizales, con un área de 60.00 metros cuadrados, y cuyos linderos extraídos de la escritura Pública No. 7134 del 05 de septiembre de 2011 de la NotarÍa Segunda del Círculo son los Siguientes.-///.- Por el Norte, con el lote No. 10 en una extensión de 10.00 metros, Por el Sur con el lote No. 8 en una extensión de 10.00 metros Por el Este con el Lote No. 4 en extensión de 6.00 metros, Por el Oeste Con vía peatonal E-1 en extensión de 6.00 metros.-///
Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el título el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el título sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales No. 170012041701. Llegado el día y la hora, los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 526 del C. de P. Civil (consignación para hacer postura). Para los efectos indicados en el artículo 525 del C. de P. Civil, modificado por el Art. 55 de la ley 794 de 2003, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no interior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad (la Patria) y en una radiodifusora loca (RCN). ROSSANA RORÍGUEZ PARADA. Coordinadora (e). (Hay firma).
10-VII-A78030
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