LA PATRIA | MANIZALES
A una joven drogadicta la condenó un juez de Manizales por aborto. La sentencia impuesta fue de ocho meses de prisión, por lo que obtuvo el beneficio de suspensión condicional de la pena. Esto quiere decir que no pagará con cárcel.
Los hechos ocurrieron el pasado 22 de marzo en el Hospital de Caldas, a donde llegó la hoy condenada para que la atendieran debido a fuertes dolores.
El médico de urgencias conoció que la joven había ingerido dos tabletas de un medicamento abortivo, por lo que debió informar a las autoridades.
El medicamento que tomó acabó con la vida del feto, que para el momento contaba con 22 semanas de gestación, pero como no lo expulsó le tocó acudir al servicio de urgencias, en donde se lo debieron extraer.
Las pruebas practicadas por forenses de Medicina Legal determinaron que el efecto de la sustancia fue la causa de la muerte del feto y con base en los análisis se llegó a la conclusión de que se trataba de un aborto provocado.
En las audiencias de imputación de cargos la mujer aceptó su responsabilidad. En ningún momento estuvo privada de la libertad. Ayer llegó a la audiencia de lectura de sentencia cuando la diligencia ya había terminado.
Delito y excepciones
El artículo 122 del Código Penal contempla una condena de 16 a 54 meses de prisión por aborto.
Desde hace 12 años la Corte Constitucional a través de una sentencia determinó tres casos excepcionales en los que el aborto no puede ser castigado, como son cuando haya riesgo para la vida de la madre, cuando el feto tenga una malformación tan grave que su vida sea inviable y cuando el embarazo sea el producto de acceso carnal violento o no consentido.
Los dos primeros los certifica un médico y para el tercero se aporta la denuncia ante autoridad judicial.
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