Vanessa Sánchez Restrepo
Yonathan Yepes, de 16 años, es el tercer hijo entre ocho hermanos. El 31 de octubre del año pasado en la vereda Calentaderos, de La Merced, mientras aceitaba la máquina que exprime la caña de azúcar sufrió un grave accidente. El molino le atrapó su camisa y le destruyó el intestino y el colon.
Mientras sus compañeros lo socorrían, el agregado de la finca donde trabajaba el menor se comunicó con José Alcides, el padre de Yonathan y le informó que lo llevarían al hospital municipal. "Cuando llegué me dijeron que había perdido mucha sangre, pero no me imaginé que había sido tan horrible. Él se había ido antes de la casa, porque yo lo obligué a estudiar y la única condición para regresar era que lo dejara trabajar", cuenta.
Agregó que media hora después debieron trasladar a su hijo al Hospital Santa Sofía, donde permaneció hospitalizado hasta el 12 de diciembre. Allí les manifestaron que lo más viable era un trasplante intestinal para asegurarle calidad de vida, ya que las lesiones eran muy graves.
"Lo médicos en Manizales me dijeron que ellos no podían realizar una cirugía de este tipo y que debían llevarlo a otra ciudad. En la EPS Café Salud, expresaron que ellos no tenían servicios contratados en otro departamento y por eso interpusimos una tutela, a los ocho días lo remitieron al Hospital San Vicente de Paúl, en Rionegro", puntualiza José Alcides, quien añade que a Yonathan durante los seis meses de estadía lo atendieron muy bien en ambos hospitales.
Edwin Valencia, director de Café Salud (subsidiado) señala que al principio fue difícil realizar la remisión, porque en el Eje Cafetero no había quién practicara esta cirugía y finalmente lo recibieron en Rionegro. "No requirió el trasplante, pero si una reconstrucción e hibridación (cauterizar tejidos) del colon y el intestino. Los primeros meses tuvo colostomía, fue una situación compleja y afortunadamente la semana pasada le dieron de alta".
Solidaridad
Los seis meses que Yonathan permaneció hospitalizado, su papá, mamá y hermana mayor se turnaban para permanecer a su lado. Al principio José Alcides lo acompañó en Manizales durante un mes y debió regresar a la vereda Travesías para trabajar, ya que es el único que lleva el sustento a su familia.
"Estoy administrando una finca, pero con $25 mil de jornal diario es complicado sostener nueve personas. Luego de que se llevaran a mi hijo a Medellín, la mamá lo acompañó, aunque tuvo que devolverse porque sufre de ataques epolépticos. Ahora quien está a cargo es Leidy, mi hija de 19 años, y yo solo lo he podido ver tres veces", afirma José Alcides.
Yonathan ahora vive en el mismo hotel que Café Salud pagó para que sus acompañantes se hospedaran en Medellín. Todavía el joven no puede regresar a su casa porque deben realizarle, por lo menos, tres curaciones semanales. No obstante el director de Café Salud afirmó que el lunes los familiares llevaron las ordenes médicas para validar si los procedimientos que requiere pueden practicarse en Manizales.
"Ya establecimos contacto con la trabajadora social del San Vicente, quien decidirá si a Yonathan le pueden hacer las curaciones aquí, de no ser posible debe quedarse en Medellín, al menos por un mes más hasta que tenga las garantías para regresar. Los controles médicos sí tienen que ser directos, porque allá fue la intervención", concluye Valencia.
Leidy, entre tanto, dice que la recuperación de su hermano es un milagro, aunque señala que quedó con intestino corto y debe asistir a terapias de rehabilitación gástrica. "Han sido meses difíciles, no solo por estar en una ciudad distante, sino porque los gastos de transporte, pañales, pijamas y artículos de aseo los hemos conseguido gracias a la gente que conoció el caso y nos colaboró y con lo que nos manda mi papá", sostiene.
¿Pueden trabajar?
La Ley 1018 del 2006 indica que la edad mínima de admisión al trabajo es a los 15 años. Para trabajar, los adolescentes entre los 15 y 17 años requieren la respectiva autorización expedida por el inspector de trabajo o, en su defecto, por el ente territorial local y gozarán de las protecciones laborales consagrados en el régimen laboral colombiano más los derechos y garantías incluidos en la Constitución Política.
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