Colprensa | LA PATRIA | Bogotá
Ante la Sala Civil de Asuntos Agrarios del Tribunal Superior de Bogotá fue radicada la impugnación contra el fallo de ese despacho que ordenó al Presidente de la República acatar las medidas cautelares que recomendó la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor del destituido alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, y que le permitió ser restituido en el cargo.
El anuncio ya lo había hecho el primer Mandatario, Juan Manuel Santos, cuando explicó que se está poniendo en tela de juicio una acción que hizo el Gobierno. "Entonces lo obvio es impugnarla”.
La acción fue presentada por la Presidencia de la República, el Ministerio del Interior y la Procuraduría General, con el propósito de suspender de manera inmediata el fallo que trajo de vuelta a Petro a la alcaldía de la capital, el pasado 23 de abril.
Ahora la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tendrá un plazo de 20 días para dar respuesta al recurso presentado por los tres accionantes, quienes han argumentado que el Tribunal hizo incurrir en un error al Presidente al restituir a un alcalde que estaba inhabilitado.
La impugnación fue radicada dentro del plazo correspondiente ante la Corte Suprema de Justicia y lleva la firma del presidente y del Ministerio del Interior.
De acuerdo con Ordóñez, el Tribunal Superior de Bogotá indujo a error al presidente Santos y por eso pidió a la Corte Suprema que suspenda la restitución de Petro como Alcalde Mayor.
El Procurador cuestionó “la premura” con que el presidente de la República, Juan Manuel Santos, cumplió la orden del Tribunal Superior de Bogotá, porque no hubo un examen de fondo al fallo, por parte del equipo jurídico de la Presidencia: “Se ha debido solicitar la aclaración correspondiente, para que el juez ordenara la suspensión (de la destitución ordenada por la Procuraduría). Como no se hizo, tenemos un Alcalde en funciones, destituido e inhabilitado, lo cual es abiertamente irregular”.
Mala interpretación
En criterio de Ordóñez, el fallo del Tribunal interpreta de manera indebida e incorrecta el Pacto de San José ya que las medidas cautelares están solo en el reglamento interno de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y, por tanto, no en el bloque de constitucionalidad.
Para Ordóñez, la Corte debe revocar la decisión del Tribunal, ya que la persona que presentó la tutela no estaba legitimada para hacerlo, pues la CIDH entregó medidas a Petro y estas la cobijan solo a él, no a sus electores.
A su juicio, otorgar las medidas cautelares de un órgano internacional de carácter administrativo cuestiona las facultades constitucionales que tiene la Procuraduría para inhabilitar a servidores públicos y afecta cientos de decisiones que esa entidad ha tomado o estudia.
Además, indicó que ahora es probable que se presenten ‘tutelatones’ en contra de recientes decisiones que ha proferido la entidad, como la suspensión en el cargo del gobernador de Sucre, Julio César Guerra, o la destitución del exgobernador de La Guajira, Juan Francisco Gómez.
Sobre este último caso, Ordóñez anunció que la otra semana comunicará al presidente Santos la decisión contra Gómez Cerchar, para que la ejecute.
Tribunal negó tutela contra Santos
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Tercera, no avaló las pretensiones de una tutela interpuesta por el alcalde restituido Gustavo Petro contra el presidente de la República, Juan Manuel Santos.
La acción propuesta por Petro cuestiona el que el mandatario Nacional no haya acatado las medidas cauterales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -Cidh- en el caso de la destitución e inhabilidad del mandatario Distrital.
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