EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES CALDAS, EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante MAGNOLIA MORALES HENAO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.286.518, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES, y su asiento principal de negocios fue la ciudad de MANIZALES, fallecida en Manizales, EL 2 DE JULIO DE 2013. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 12 DEL 15 DE FEBRERO DEL 2019, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, LINA MARCELA OSPINA ZAPATA. NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO MANIZALES CALDAS. El presente Edicto se fija hoy DIECIOCHO (18) DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECINUEVE (2019) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LINA MARCELA OSPINA ZAPATA. NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO MANIZALES CALDAS.
20-II-19-A87124
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES CALDAS, EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante URIEL ÁNGEL GUTIÉRREZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.402.759, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES, y su asiento principal de negocios fue la ciudad de MANIZALES, fallecido en Manizales, EL 29 DE JULIO DE 2013. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 10 DEL 14 DE FEBRERO DEL 2019, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, LINA MARCELA OSPINA ZAPATA. NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO MANIZALES CALDAS. El presente Edicto se fija hoy QUINCE (15) DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019) LAS 08:00 A.M. HORAS. LINA MARCELA OSPINA ZAPATA. NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO MANIZALES CALDAS.
20-II-19-A87125
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MANIZALES
Manizales, dieciocho (18) de febrero de dos mil diecinueve (2019)
INFORMA A los habitantes del Municipio de Manizales de la existencia del presente proceso: MEDIO DE CONTROL: Protección de los Derechos e Intereses Colectivos. RADICADO: 17001-33-39-006-2019-00060-00. DEMANDANTE: BRAULIO VÉLEZ GIRALDO. DEMANDADO: MUNICIPIO DE MANIZALES y OTROS. Solicita el accionante que mediante el ejercicio del medio de control de Protección de los Derechos e Intereses Colectivos se declare que la accionada vulnera los derechos colectivos contemplados en el artículo 4 de la Ley 472 de 1998 de los habitantes del Municipio de Manizales, por considerar que la calle 17 entre carreras 28 y 29 del Barrio el Carmen se presentó un daño en la tubería del acueducto, cuando la empresa Aguas de Manizales realizó la reparación se presentaron 3 daños más en el acueducto, pues la tubería se encuentra, por el paso del tiempo, en muy mal estado. Actualmente la tubería del acueducto presenta averías que generan daño en la infraestructura del acueducto y del alcantarillado. En consecuencia, pretende se ordene a las accionadas a reponer la infraestructura sobre la calle 17 entre carrera 28 y 29, con el objeto de garantizar el servicio en condiciones de suficiencia, calidad y adecuada accesibilidad. Se emite esta publicación para los fines del artículo 24 de la Ley 472 de 1998. SIMÓN MATEO ARIAS RUIZ. Secretario.
20-II-19-H71986
EDICTO
El Notario Único del Círculo de Manzanares Caldas, CITA y EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial de Liquidación de Herencia Intestada de la señora NOHELIA ARISTIZÁBAL ARISTIZÁBAL, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.863.796 expedida en Manzanares (Caldas), quien falleciera en Manizales (Caldas), el 18 de septiembre de 2018 y cuyo último domicilio fue el municipio de Manzanares - Caldas. El trámite fue admitido mediante Acta número 0001 de fecha 08 de febrero de 2019. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3° del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3º y 4º del Decreto 1729 de 1989. CARLOS HÉCTOR MOSQUERA CASTILLO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO.
20-II-19-A87126
EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS AVISA: Que en sentencia proferida por este despacho el 11 de febrero de 2019, se dispuso REMOVER del cargo de guardadora de RICARDO JARAMILLO VILLEGAS, a la señora MARTHA LUCÍA JARAMILLO HOYOS, identificada con la cédula de ciudadanía 24.297.515, y se NOMBRÓ como curador legítimo principal a ROBERTO VILLEGAS GRANADA, identificado con cédula de ciudadanía 10.252.748 y curadora legítima suplente a CLAUDIA VILLEGAS GRANADA, identificada con cédula de ciudadanía 24.318.500, para que lo represente en todos sus actos públicos y privados. Para los efectos previstos en el numeral 7° del artículo 586 del Código General del Proceso, se expide el presente AVISO y se entrega al interesado para su publicación en el Diario La Patria, que es de amplia circulación nacional. Manizales, febrero 13 de 2019. SANDRA MILENA VALENCIA RÍOS.
SECRETARIA.
20-II-19-C85599
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