EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
El suscrito Notario del Círculo de La Dorada, Caldas EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN NOTARIAL de la Sucesión doble e Intestada de la causante ROSANA BARRAGÁN DE CALDERÓN y LUIS CARLOS CALDERÓN TRIANA, quienes se identificaron en vida con las cédulas de ciudadanía número 24.696.984 y 1.296.583, fallecidos en el Municipio de la Dorada Caldas, fallecidos en el municipio de la Dorada Caldas el 20 de julio de 2012 y 17 de agosto de 2016, hecho registrado en la registraduría nacional del estado civil de la Dorada bajo el indicativo serial 06149322 y en la Notaría Única del Círculo de La Dorada bajo el indicativo serial Nro. 07286579, para que comparezcan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO. El trámite de liquidación fue aceptado en esta Notaría mediante ACTA NÚMERO 066 del quince (15) de diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017). Se ordena la publicación de este Edicto en un diario de amplia Circulación y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija en un lugar visible de la Notaría a las 8:00 A.M. del día dieciséis (16) de diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017). RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO ÚNICO.
24-XII-17-H70678
LISTADO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE VILLAMARÍA (CALDAS), EMPLAZA: A la ciudadana: MARÍA FERNANDA CARVAJAL LIÉVANO. C.C. No. 52.390.343.
CLASE DE PROCESO: DECLARATIVO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL.
DEMANDANTE: MARÍA PATRICIA ROBLEDO VALDES.
DEMANDADO: JUAN CARLOS FRANCO DUQUE, MARÍA FERNANDA CARVAJAL LIÉVANO. MARÍA LÍA LÓPEZ DE DUQUE.
NRO. RADICADO: 178734089002-2017-00188-00.
PROVIDENCIA A NOTIFICAR: Auto de Julio siete (7) de dos mil diecisiete (2017), por medio del cual se admitió la demanda.
VENCIMIENTO: El emplazamiento se entenderá surtido, transcurridos quince (15) días después de publicado en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Si la emplazada no comparece se le designará Curador Ad Lítem que la representará dentro del proceso. La publicación del presente listado se hará además un día domingo en el diario “La Repúbica” o “La Patria”. JOSÉ HELY MONTES YEPES. Secretario.
24-XII1-7-A84964
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ARANZAZU CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO:
REF.:
Radicado: 17-050-40-89-001-2017-00153-00.
Referencia: Declarativo de pertenencia (prescripción adquisitiva de Dominio).
Demandante: Alba Tulia Bedoya C.C. Nro. 24.431.684.
Demandado: Herederos Determinados de MIGUEL ÁNGEL GARCÍA SERNA, C.C. Nro. 1.283.609. Y demás personas indeterminadas.
El suscrito Secretario del Despacho por medio del presente edicto, EMPLAZA a los herederos determinados de MIGUEL ÁNGEL GARCÍA SERNA, los que son: Gerardo García Bedoya, Bertha García Bedoya, Morelia García Bedoya, Asdrúbal García Bedoya, Rodrigo García Castaño, Nabor García Castaño, Goar García Castaño, Cenelia García Castaño, María Teresa García Castaño, Zulma García Castaño, Esther García Castaño, Rosa García Castaño, Diva García Castaño, William García Castaño, Miguel Ángel García Castaño y Luis Eduardo García Castaño, quienes se encuentran ausentes, desconociéndose su lugar de habitación y/o de trabajo. Así mismo, SE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien inmueble ubicado en el área urbana de Aranzazu, en la carrera 4 Nro. 2-09 de Aranzazu Caldas identificado con ficha catastral 170500100000000050049-000000000, con matrícula inmobiliaria 118-5681, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Salamina Caldas, objeto del citado proceso, para que en término de quince (15) días contados a partir de la publicación del presente edicto en la página web de la Rama Judicial; comparezcan por sí o por medio de apoderado, a notificarse del auto de fecha 18 de octubre de 2017 que admitió la demanda de la referencia. Se advierte a los emplazados que si dentro del término concedido no comparecen a notificarse, se les nombrará un Curador Ad Lítem para que los represente en el proceso hasta su terminación. La publicación se hará el día domingo y por una sola vez en medio escrito de amplia circulación nacional o local (Tiempo o Patria) y la página donde se hubiere publicado el listado, será allegada al proceso por la parte interesada (Art. 108 C.G.P.). Se expide el presente edicto, hoy veintiséis (26) octubre de dos mil diecisiete (2017). ROGELIO GÓMEZ GRAJALES. SECRETARIO.
24-XII-17-A84965
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
RIOSUCIO - CALDAS
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE RIOSUCIO, CALDAS EMPLAZA: A los acreedores de la sociedad patrimonial conformada por los señores TERESA DE JESÚS ESPINOSA ACEVEDO y GUSTAVO NARVÁEZ para que se presenten y hagan valer sus créditos en el presente trámite de LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS PERMANENTES, adelantado por la primera en contra del segundo, radicado al número 2017-00084-00, y a intervenir en tal sentido en la diligencia de inventarios y avalúos de los bienes sociales. El EMPLAZAMIENTO se entenderá surtido quince (15) días después de la publicación en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. De no comparecer al proceso se le designará curador ad lítem, con quien se surtirá la notificación y se seguirá el proceso hasta que comparezcan al Despacho o hasta su terminación. Lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 108 del Código General del Proceso, aplicable por remisión del artículo 293 ídem, en armonía con el artículo 87 de la norma en comento. Se expide en Riosucio, Caldas, a los veintiséis (26) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete (2017). CARLOS ANDRÉS GIRALDO GIRALDO. Secretario.
24-XII-17-H70684
REMATES
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO CALDAS AVISA: Que en el proceso divisorio agrario de venta del bien común, instaurado por ANA GLORIA CANO TREJOS (C.C. 25'058.046), FABIÁN DE JESÚS CANO TREJOS (C.C. 4'541.862), CRUZANA CANO TREJOS DE SUÁREZ (C.C. 25'055.509), GRACIELA CANO TREJOS (25'054.770), ANA TILDE CANO TREJOS (25'075.738), AURORA CANO TREJOS (C.C. 25'053.126), contra LUIS GONZAGA CANO TREJOS (C.C. 4'540.904) Y MARÍA ARNOBIA RAMÍREZ TREJOS (C.C. 25'052.210), se ha señalado la hora de las nueve de la mañana (9 a.m.), del día viernes dieciséis (16) de febrero de dos mil dieciocho (2018), con el fin de llevar a cabo la venta en pública subasta de los bienes inmuebles perseguidos en este proceso, a saber:
BIENES A REMATAR: A.- Lote de terreno de 5 hectáreas más o menos, pero según catastro con extensión de 16.5000 Has., ubicado en la vereda Los Chancos, municipio de Riosucio, denominado "LENINGRADO", mejorado con pasto común, alinderado así: ##Por el Norte, con propiedad de herederos de Juan Cancio Taba; por el Sur, con propiedad de Daniel Taba; dividido este lindero por la quebrada de Ninfas y por el Occidente de propiedad de Salomón Taba##. Inmueble con folio de matrícula inmobiliaria 115-0009125 y ficha catastral 00-01-010-0087-000, avaluado pericialmente en la suma de CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES DE PESOS ($132'000.000.00) m.l. B.- Lote de terreno denominado "LENINGRADO", ubicado en la vereda Los Chancos municipio de Riosucio, también conocido el inmueble con el nombre "DE LA TARDE" mejorado con casa de habitación, potreros y rastrojeras, con una extensión según catastro de 48 hectáreas y alinderado así: ###De la confluencia de dos aguas, lindero con los TABAS, este arriba a encontrar una chamba; siguiendo ésta hasta la puerta cogiendo un amagamiento aguas abajo hasta encontrar el lindero con MARTÍN PESCADOR, hasta el lindero con VICENTE PESCADOR; este por un alambrado arriba hasta la cuchilla, de aquí por el borde de una montaña hasta un canalón y aguas abajo hasta el primer lindero### Inmueble con folio de matrícula 115-0009527, ficha catastral 00-01-010-00-86-000, avaluado pericialmente en la suma de TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS ($368'000.000.00) m.l. C.- Lote de terreno denominado "LA NUBIA", de una extensión aproximada de 15.2500 Hectáreas y 83 Mts2 según catastro, y según certificado de tradición 28.600 Mts2; ubicado en la vereda El Salado, comprensión del municipio de Riosucio, mejorado con casa de habitación, y alinderado así: ###Del puente del Salado, lindero con JESÚS GÓMEZ, siguiendo la carretera que conduce a Riosucio hasta encontrar la propiedad de PEDRO SÁNCHEZ; de aquí por el borde de una barranca hasta subir el filo lindero con LUIS PESCADOR, siguiendo este lindero filo arriba hasta encontrar la propiedad de RAMÓN RAIGOSA; siguiendo el filo arriba hasta encontrar la propiedad de TIBERIO Y GONZAGA CANO TREJOS, y de este lindero abajo hasta encontrar el puente del Salado, primer lindero punto de partida###. Inmueble con folio de matrícula inmobiliaria 115-0002551, ficha catastral 00-01-010-0667-000, avaluado en la suma de SESENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($63'500.000.00) m.l. D. Finca rural que tiene mejoras de café, pasto y casa de habitación denominada "LAS ESTANCIAS O EL PALMAR", ubicada en la vereda LAS ESTANCIAS, municipio de Riosucio, alinderada así: ###De una puerta de golpe entrada a la planta eléctrica de SAN JOSÉ, siguiendo hacia arriba a salir al camino que conduce al Jardín, camino de por medio siguiendo más o menos el mismo lindero con propiedad de FRANCISCO ÁLVAREZ, hasta llegar a un amagamiento, amagamiento abajo hasta el frente de un nacedero lindero con MIGUEL MOTATO, siguiendo el lindero con éste por nacederos a una cañada de regular agua; aguas abajo hasta ponerse al frente de otro nacedero lindero con CELESTINO IZQUIERDO; siguiendo por un surco de nacederos hasta encontrar un lindero con PABLO EMILIO VINASCO; siguiendo hacía abajo por nacederos hasta un naranjo agrio lindero con EDUARDO VÉLEZ, siguiendo línea recta por nacederos a la orilla del río, río arriba hasta ponerse al frente de la puerta, primer lindero, punto de partida###. Inmueble con folio de matrícula inmobiliaria 115-0009522, ficha catastral 00-01-010-0332-000, avaluado pericialmente en la suma de CIENTO ONCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL PESOS ($111.972.000.00) m.l. TRADICIÓN: Las personas indicadas en la parte inicial del aviso adquirieron los inmuebles en la sucesión de su señor padre JESÚS SALVADOR CANO VÁSQUEZ, tramitada en el Juzgado Promiscuo de Familia de Riosucio Cds., protocolizada mediante escritura pública No. 453 del 16 de julio de 1996 de la Notaría Única de Riosucio. El secuestre es el señor CARLOS ARTURO BETANCUR HOYOS, quien se localiza en la carrera 7a No. 12 - 21, teléfono cel. 3122359773 de Riosucio Caldas. BASE DEL REMATE: En la licitación que tendrá la duración prevista en el artículo 452 del C. General del Proceso, será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo dado a los bienes, y podrá ser postor quien previamente consigne a órdenes de este juzgado en la cuenta de depósitos judiciales que se lleva en el Banco Agrario de Colombia local, el cuarenta por ciento (40%) del mismo avalúo. Se advierte además, a quien le sean adjudicados los bienes, que para proceder a su aprobación, debe consignar a favor de la nación Consejo Superior de la Judicatura, el cinco por ciento (5%) del valor del remate; ley 11 de 1987, modificado por el art. 12 de la Ley 1743 del 26-dic-2014.
De conformidad con lo establecido por el artículo 450 del C. General del Proceso, se elabora el presente aviso hoy 30 de noviembre de 2017 y se entrega a la parte interesada para su publicación por una vez, en el diario La Patria de Manizales, de amplia circulación en esta localidad. RADICACIÓN: 17-614-31-12-001-1997-00029-01, to. 9., fl. 20 / El secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
24-XII-17-H70682
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