EMPLAZAMIENTOS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlo valer dentro del proceso que seguidamente se relaciona, para que se presenten dentro de los quince (15) días siguientes a la desfijación de este edicto. PROCESO: DECLARATIVO VERBAL DE PERTENENCIA - PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA. DEMANDANTES: MARÍA GILMA VANEGAS AGUIRRE. DEMANDADO(S): PERSONAS INDETERMINADAS. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: EXTRAORDINARIA DE DOMINIO. PERSONAS EMPLAZADAS: PERSONAS INDETERMINADAS. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: - Solar o lote de terreno, situado en el área urbana del Municipio de Villamaría - Caldas, en la Calle Séptima (7ª) carrera novena y décima (9ª y 10ª) consta de siete metros de frente, por once metros de centro y que linda ### Por el frente con la calle séptima; por un costado con propiedad de Celmira Ríos de Dávila; por otro costado con propiedad de la vendedora y por el centro con propiedad de la vendedora###. Sin folio de matrícula inmobiliaria. PERSONAS INDETERMINADAS: Se fija este EDICTO por el término de VEINTE (20) DÍAS en lugar visible de la Secretaría del Juzgado. Copias del mismo se entregarán al interesado para su publicación en la siguiente forma: En relación a las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho en el bien, se hará por DOS (2) VECES, con intervalos no menores de CINCO (5) DÍAS calendario, entre una y otra, dentro del mismo término, esto es, de VEINTE (20) DÍAS en el Diario "La Patria" que es de amplia circulación en esta ciudad y por medio de una radiodifusora local en las horas comprendidas entre las 7:00 a.m. y las 10 p.m., esta última. Se advierte a los emplazados que transcurridos QUINCE (15) DÍAS a partir de la expiración del término de fijación de este EDICTO se entenderá surtido el EMPLAZAMIENTO, a quienes se les designará curador Ad-Lítem y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Los que concurran en virtud de este emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten con posterioridad tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Se fija el presente edicto en la secretaría del Despacho, hoy, Junio 14 de 2013, Siendo las: OCHO DE LA MAÑANA (8 A.M.). BEATRIZ ELENA MISAS MARIÑO. Secretaria. Se desfija: ----.
19-VI-C78383
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada de la causante AURA INÉS GARCÍA PALACIO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24.323.738 cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecida en Manizales-Caldas, el 09 de febrero de 2003, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 75 del 17 de junio del año 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy DIECIOCHO (18) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-VI-A75501
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada del causante JOHAN SEBASTIÁN CÉSPEDES ROJAS, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 1.053.787.544 cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en Manizales-Caldas, el 02 de abril de 2013, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 72 del 14 de junio del año 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy DIECISIETE (17) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-VI-A75502
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación notaria de herencia intestada del causante JULIO CÉSAR MARÍN MARÍN, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 1.209.084 cuyo domicilio y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en Manizales-Caldas, el 13 de junio de 1981, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 71 del 14 de junio del año 2013, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy DIECISIETE (17) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013) A LAS 08:00 A.M. HORAS. LA NOTARIA MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-VI-A75503
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS (CALDAS) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de el causante DUBERNEY ARIAS ARIAS, fallecido el 17 de mayo del año 2013, en el Municipio de Aguadas - Caldas, siendo este el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número veinticinco (25) del día veintiuno (21) de mayo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación en la Región, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy veintiuno (21) de mayo del año dos mil trece (2013), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ÁNGELA MARÍA RAMÍREZ GALLEGO. NOTARIA ÚNICA ENCARGADA. AGUADAS (CALDAS).
19-VI-A75504
EDICTO EMPLAZATORIO
LA JUEZ CUARTA PROMISCUO MUNICIPAL DE CHINCHINÁ, CALDAS, EN FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS, LLAMA, CITA Y EMPLAZA A: MARÍA LILIANA OSPINA TAPIAS, identificada con la Cédula de Ciudadanía Número 1.054.986.454 expedida en Chinchiná, Caldas, residente en la manzana C, casa Nro. 15, Barrio La Frontera de Chinchiná, Caldas, natural de Chinchiná Caldas, nacida el 21 de septiembre de 1985, hija de Abel Antonio Ospina y María Graciela Tapias, para que en el término de cinco (5) días hábiles, comparezca a este Despacho Judicial, ubicado en el Palacio Municipal, sexto piso, teléfono 8505165, con el fin de adelantar diligencia penal, dentro del proceso que le adelanta la Fiscalía Tercera Seccional de Chinchiná, por el delito de "FUGA DE PRESOS" donde aparece como indiciada. De presentarse, se adelantarán las diligencias respectivas; de no hacerlo, se le declarará PERSONA AUSENTE, designándole un Apoderado del Sistema Nacional de Defensoría Pública (Artículo 127 Código de Procedimiento Penal). Fijado el presente Edicto, hoy catorce (14) de Junio de dos mil trece (2013), a las 8:00 de la mañana. Desfijado el veinte (20) de Junio de dos mil trece (2013), a las 6:00 P.M. MARÍA DEL CARMEN NOREÑA TOBÓN. JUEZA.
19-VI-H60613
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO DE PUERTO SALGAR
Nit. 24.835.672-0
Carrera 11 No. 11-13 Telefax: (6) 8398506- Despacho: 3002126204
notariaunicapuertosalgar@hotmail.com
Puerto Salgar - Cundinamarca
EDICTO
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) primeros días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite Notarial de la sucesión intestada de los causantes LEONOR GUZMÁN y LUIS FELIPE PALOMO, fallecidos el día 30 de septiembre de 2012, en el municipio de La Dorada Caldas, como consta en el registro de Defunción número 07286687, y el día 31 de Diciembre de 2005, en el municipio de Soacha Cundinamarca, como consta en el registro de Defunción número 5027547, respectivamente; siendo el municipio de Puerto Salgar Cundinamarca, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite notarial mediante Acta # 003 del 21 de Mayo de 2013, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en una radiodifusora local o en su defecto en una de las que funcionan en la vecina población de La Dorada, Caldas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Ordenándose su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija a los veintidós (22) días del mes de Mayo del año dos mil trece (2013) a las 8:00 a.m. LA NOTARIA ALBA LUCÍA RAMOS LÓPEZ.
19-VI-H60614
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