La guerra ha sido la principal causa de negación de los derechos humanos en Colombia. Su violación masiva y sistemática ha conducido al incumplimiento de los tratados internacionales y demanda la aplicación de mecanismos adecuados de investigación, sanción y reparación. Esas atrocidades cometidas durante el conflicto constituyen también crímenes de guerra y de lesa humanidad, esa es la razón por la cual la Corte Penal Internacional ha venido monitoreando el acuerdo de paz en Colombia. Con lecturas políticas simplistas que denotan que no se ha terminado ni siquiera la primaria democrática, se hace compaña por el ¡No!, con la tergiversada idea que la justicia transicional equivale a impunidad, porque se aplican penas alternativas.
Los promotores del ¡No! desconocen que los deberes internacionales de persecución y sanción de crímenes de guerra y de lesa humanidad, de competencia de la Corte Penal Internacional, no comportan la ineludible aplicación de penas de prisión, como tampoco lo hace el Estatuto de Roma.
Los que propendemos por el ¡Sí! defendemos la ponderación del deber de investigar y sancionar esos delitos, con el imperativo de asegurar la paz (derecho y deber de obligatorio cumplimiento, artículo 22 de nuestra Constitución Política). Ello, a fin de justificar la aplicación de penas alternativas a la cárcel, para sancionar a los responsables de los referidos crímenes. En el acuerdo el gobierno colombiano diseñó sanciones compatibles con los propósitos que se persiguen por la Corte Penal Internacional y con los fines de la pena asignados en el Estatuto de Roma, entonces ¿cuál impunidad?
La justicia transicional autorizada por nuestra Constitución, por demás, permitirá la reconstrucción del pasado (verdad), la rendición de cuentas (justicia), la dignificación de las víctimas (reparación y perdón) y la garantía de no repetición de los hechos de violencia (superación del legado de atrocidades) ¡Nunca más! Esos componentes de la justicia transicional nos permitirán la consecución de la paz y la reconciliación, la reconstrucción del tejido social fracturado por la violencia y la recuperación del monopolio de la fuerza en las zonas sin presencia del Estado o controladas por grupos al margen de la ley. “La cuestión no es pues unir nuestra voz a la otras voces bélicas o belicosas, sino intentar poner pensamiento, allá donde no se da más que la rutina incansable de las represalias”. Fernando Savater.
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