Después de permanecer en remojo por poco menos de un año y haber suscitado tantas expectativas, suspicacias y conjeturas, a la tan anunciada reforma tributaria le llegó la hora y por fin se conoce su contenido.
Y como “a todo señor, todo honor”, hay que decir que está juiciosamente elaborada, bien redactada y que en sus componentes técnico y temático corresponde a una verdadera reforma estructural que cambia sustancialmente el aparato tributario colombiano. Indiscutible.
Ahora bien, cosa muy distinta será analizarla bajo la óptica de la conveniencia para el bolsillo de los colombianos, pues de ella se desprenden muchos argumentos para demostrar que afectará gravemente las finanzas personales; y lo cierto es que pone a pagar impuestos a ‘todo el mundo’, así se diga lo contrario.
La reforma incrementa el IVA al 19%; baja el tope para declarar renta para que buena parte de los asalariados empiecen a pagar impuestos; crea el impuesto a las gaseosas y sube el de los cigarrillos; crea un nuevo impuesto a la gasolina; grava los dividendos; modifica la tributación para las empresas; y hasta fija cárcel para los grandes evasores. Entre otros grandes temas.
Pero a pesar de toda la información mediática de estas últimas dos semanas sobre los aspectos gruesos de la reforma como los que acabo de mencionar, hay unos puntos de los que poco se habla, escritos en ‘letra menuda’, que muy seguramente se traducirán en un gran dolor de cabeza para muchos contribuyentes. Son incontables, pero citemos solo algunos.
En primer lugar, se subirá al 4% la base de cálculo para la renta presuntiva, hoy en el 3%. Ello en palabras sencillas significa que el Estado va a ‘presumir’ que el patrimonio líquido del contribuyente debe producirle una renta anual de al menos el 4%. Y por lo tanto si la renta realmente devengada está por debajo de dicha presunción, entonces deberá pagar sobre dicho 4%. Para los que tributan por este método desde años atrás, es como si la renta creciera de un día para otro en un 33%.
Pero hay otro asunto que también dará mucho de qué hablar. Se propone incrementar de dos a tres años la firmeza de la Declaración de Renta, con lo cual una vez presentada a la DIAN quedará en firme a los tres años. Y eso en el evento de no haber sido notificado de alguna investigación.
Pero las novedades no paran allí. Si la reforma es aprobada, las zonas francas quedarían gravadas con el 22% de impuesto de renta; hoy tributan el 15%. Con ello se verán afectadas 108 zonas francas ubicadas en 20 departamentos del país. Y otro tema que no deja de sorprender es la tributación para las empresas. Si bien es cierto que se les reduce la tarifa del 43% al 32%, no es menos cierto que se gravarán los dividendos que perciban sus dueños. Es decir, se rebaja por un lado, pero se recupera por el otro. ¡Ah!, se establece también una sobretasa del 5% del impuesto a la renta para los años 2017 y 2018, para aquellas empresas con una base gravable mayor a $800 millones. Y ‘de ñapa’ se les crea un anticipo a dicha sobretasa, del 100% en el año 2018.
En fin, son muchos los temas controversiales de la reforma. Y es que un documento de 182 páginas con 311 artículos, ‘carnudos todos’, merece que nos tomemos el tiempo necesario para analizarlo y digerirlo y así evitarnos sorpresas y dolores de cabeza. Hay que leer la ‘letra menuda’ y prepararnos porque la reforma ¡pega duro!
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