Aunque inicialmente se ofrece seductora, vista con más cuidado, resulta extremadamente peligrosa la propuesta del expresidente César Gaviria, reflejada en que parece justo que si vamos a perdonar los crímenes cometidos por los guerrilleros extendamos dicha flexibilidad a favor de quienes en defensa del Estado cometieron excesos que son penalizados, y así mismo a los civiles que financiaron la guerra.
Digo que seductora, porque considero que para terminar el conflicto colombiano debemos desplegar una enorme dosis de perdón, ofrecido por todos, pero más que nadie, por las víctimas, a quienes hay que asegurarles unos derechos mínimos, siendo el primero y más importante, la garantía de no repetición. Y entiendo que hemos confundido los conceptos de justicia transicional y derecho penal internacional, siendo completamente diferentes.
Hay que tener claro que con todas sus parcialidades y sesgos estratégicos e idelógicos que se concretan al escoger sus blancos de persecución, la justicia penal internacional tiene como objetivo fundamental la lucha contra la impunidad, y por tanto el derecho que dice proteger de las víctimas de graves crímenes, es el de la justicia, con indiferencia del logro de la paz, o de otras garantías.
Entre tanto, la justicia transicional se orienta a facilitar el paso de una situación de guerra a una de paz, y por tanto su objetivo fundamental es la pacificación de la sociedad por la vía de acuerdos y de distintos mecanismos mediante los cuales se superen las causas del conflicto, y por ello lo primero que busca es la garantía de no repetición precisamente superando las causas que le dieron origen; con indiferencia frente al castigo de los perpetradores.
Así, en el contexto transicional, y específicamente en Colombia, para llegar a una situación de paz es preciso identificar aquellos fenómenos que fueron los causantes de la guerra, para superarlos después de una serie de compromisos alcanzados en los acuerdos de paz, que involucren a quienes representan la causa de los mismos.
El punto específico es que en la llamada Ley de Justicia y Paz no contiene en sí un acuerdo de paz, sino que lo único que busca es facilitar la desmovilización de los alzados en armas, y por tanto ella no consultó la motivación que llevó a los paramilitares a la guerra, además que en su texto, el derecho a la no repetición quedó como un apéndice de la reparación. Y como consecuencia de la versión de los paramilitares se han identificado a algunos de los financiadores y beneficiados de su actividad bélica, información suficiente para abrir unos doce mil procesos judiciales.
Que se perdone a unos y otros, a guerrilleros y a militares que hicieron una guerra desalmada, cruenta y sucia, tiene gran sentido, y hasta ahí, entendemos que la propuesta Gaviria es coherente con la justicia transicional. Lo que no se puede entender es que también se incluya en el saco de la indiferencia y del perdón a quienes provocaron la guerra y se quedaron con las tierras y privilegios que dicha actividad lucrativa les ha dejado, a menos que también se desmovilicen, confiesen y devuelvan aquello que adquirieron con sangre y desolación. Justamente de eso se trata la superación de la guerra, de comprender sus orígenes y de adoptar las medidas necesarias para corregir la situación que la parió; y es donde están los financiadores y beneficiados con lo que se conoce como economía de la guerra: en el origen y la justificación de la confrontación; y por eso su tratamiento debe ser diferente. De lo contrario, simplemente volveremos al principio.
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