LA PATRIA | MANIZALES
En una vereda de Riosucio, una niña, de 6 años, dormía en su cama y de un momento a otro su madre prendió una tablet y con la luz de la pantalla pudo ver, desde una cama contigua, cómo el papá metió su mano debajo de las cobijas y manoseó a la menor en sus partes íntimas.
Le reclamó y este contestó que solo le estaba acariciando el rostro. Discutieron y la señora optó por irse a casa de sus padres. Luego acudió al ICBF para dar a conocer este episodio y otros más ocurridos, al parecer, en épocas anteriores, bajo la misma modalidad. Ese 3 de junio de 2015 arrancó el proceso de judicialización de este sujeto, quien no aceptó cargos y tampoco fue enviado a la cárcel.
A finales del 2020, luego del juicio, el Juzgado Penal del Circuito de Riosucio condenó al padre a 12 años de cárcel por actos sexuales abusivos con menor de 14 años, agravado. La sentencia fue apelada ante el Tribunal Superior de Manizales.
En juicio, la madre de la menor contó que al ver lo que pasaba se enfureció mucho y trató de ahorcar a su esposo. La niña dormía ese día con el abuelo. Más tarde, la víctima le relató lo sucedido y le dijo que ya había pasado en otras ocasiones.
Después de esto, fue llevada a la casa de un familiar como medida de protección adoptada por el ICBF, para evitar la repetición del acto. “Estaba triste, incapaz de hablar y decir lo que sentía. Recibió apoyo y tratamiento psicológico”, anotó. De la relación padre e hija señaló que él a veces se enojaba fácilmente y actuaba como celoso.
En el proceso, el acusado solo atinó a decir que no es cierto de lo que lo señalan “porque a su esposa y sus demás hijos los adora, son su vida. El trato es bueno, he intentado ser el mejor, por ser su futuro y el piloto en su vida. Siempre los respeté en la parte sexual”. El Juzgado le dio plena credibilidad a lo dicho por la víctima y su madre.
“No estaba acariciando a su descendiente en su cara, la estaba manoseando con lujuria, porque si hubiese quedado alguna incertidumbre en tal sentido, la menor se encargó de corroborarlo y llenar de detalles ese acontecer delictivo, como quedó visto”, se explicó.
El Juzgado absolvió al sujeto por los hechos libidinosos presuntamente ocurridos antes del 3 de junio del 2015, por falta de pruebas.
Nota: No se muestra foto ni se da el nombre del sentenciado para evitar revictimizar a la menor.
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