LA PATRIA | MANIZALES
A un hombre, de Pensilvania, lo habían condenado a 12 años de prisión, señalado de abusar sexualmente de un niño. Sin embargo, él y su abogado no cesaron en la lucha para demostrar la inocencia. El Tribunal Superior de Manizales lo absolvió y ordenó cancelar la orden de captura en su contra.
El caso es del 15 de marzo del 2013. La denuncia la interpuso la comisaria de familia, al narrar lo que le contó el supuesto afectado. Indicó que estaba en la esquina de la escuela Boyacá, cuando el señalado lo convidó a a limpiar unas caballerizas. Una vez allí, lo besó y lo accedió. Además, le dijo que si contaba, lo mataba.
En marzo del 2015 empezaron las audiencias, con la ausencia del sindicado. En junio del 2016 lo condenaron, pues el juez consideró suficientes las pruebas, entre ellas reconocimiento fotográfico.
El abogado apeló basado en que la valoración sexológica se hizo dos años después de los supuestos hechos, lo que no garantizaba que lo hallado tuviese relación con su cliente. Además, hay una diferencia de cinco días en la fecha de los acontecimientos a la que se refieren las partes, el menor se negó a declarar en juicio y no hay un documento que certifique la entrevista que hizo la Comisaría.
El Tribunal manifestó que a la médica legista no le fue posible determinar la antigüedad ni el origen de la fisura que halló en el ano del menor. Además, presentaba signos de miedo, ansiedad, inmadurez, impulsividad y compulsividad, según los profesionales, pero no se demostró que fuesen producto de un abuso o de su difícil historia familiar.
"Solo se cimienta en las declaraciones de referencia del menor víctima, pero carecen de poder suficiente para sustentar un fallo condenatorio", anotó.
A principios de junio, la Corte Suprema de Justicia absolvió a un hombre, de 30 años, señalado de abuso sexual. Lo curioso de este caso es que lo hizo porque el sujeto no sabía que la víctima tenía 13 años, 11 meses y 14 días.
"Quienes desconozcan que la persona con la que tienen relaciones sexuales consensuadas es menor de 14 años, no pueden ser condenadas por acceso carnal abusivo", señaló la Sala de Casación Penal.
Anunció que eso aplica "para quien desconoce que su comportamiento se adecua a un delito, lo que excluye el dolo porque afecta su aspecto cognitivo, incidiendo así en la responsabilidad".
Le habían dado 12 años de cárcel. Solo supo la edad de la menor luego de que ocurrieron los hechos. Además, fueron relaciones voluntarias, tenían un noviazgo y según el médico legista, la adolescente tenía 13, pero podía existir un margen de error de un año.
La menor publicaba fotos con atuendo y maquillaje que, a primera vista, impedían evidenciar su edad real. Además, en Facebook puso que tenía entre 18 y 23 años.
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