LA PATRIA | Manizales
A Jelitza Gregoria López Cardona, extesorera del Instituto de Cultura y Turismo de Manizales (ICTM), la juez cuarto penal del circuito la condenó a 12 años 7 meses y 6 días de cárcel. Las razones: peculado por apropiación y concurso con falsedad material en documento público.
Cabe señalar que el delito se le atribuye, debido a que la funcionaria adulteró 42 cheques por $321 millones 864 mil 539, los cuales se cobraron entre enero del 2010 y octubre del 2012 de cuentas de la entidad en Bancolombia.
López Cardona, asimismo, deberá cancelar una multa de 193 millones 118 mil 724 pesos. La sentencia la conoció a través de su abogado, pues ella no acudió a la audiencia que se realizó a las 11:00 de la mañana el pasado miércoles.
Otros implicados
En este proceso también están vinculadas las siguientes personas:
*Álvaro Soto Salazar, director administrativo y financiero del ICTM, por permitir que de la entidad se extraviaran $321 millones 864 mil 539, pues dentro de sus funciones estaba hacer revisión diaria de las cuentas de la entidad y, al parecer, por no hacerlo se le acusa de peculado culposo.
*Carolina Vásquez Botero, gerente encargada del ICTM, y a su vez administradora de los recursos y la disponibilidad jurídica sobre los mismos. Según el Fiscal, por negligencia permitió que los cheques, de un valor de $25 millones 653 mil 678, fueran cobrados por personas ajenas a la entidad y los dineros recayeran en esas personas.
*Henry Espinosa Pineda, esposo de Jelitza, se apropió de $290 millones 810 mil 178 propiedad del ITCM, cheques que cobró y se le imputa el delito de peculado por apropiación en calidad de interviniente.
*Yenny Chiquinquirá López Cardona, hermana de Jelitza, también le formularon cargos por peculado por apropiación en calidad de interviniente por apropiarse de $23 millones 298 mil 361 propiedad del ICTM, que cobró por ventanilla en un banco de la ciudad.
Recluida
Jelitza Gregoria López Cardona, extesorera del Instituto de Cultura y Turismo de Manizales (ICTM), ya se encontraba recluida en la cárcel desde que se le realizó la audiencia de individualización de pena que se hace previo a la lectura de fallo.
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