LA PATRIA | MANIZALES
Kellen Alexis Gallego Ramírez, de 20 años, pagará en prisión su pena por matar a Jorge Armando Trujillo Rincón, de 34 años, en Manizales.
Había pedido la detención domiciliaria por grave enfermedad y por ser padre cabeza de familia, pero el Tribunal Superior de Manizales negó la solicitud en segunda instancia.
La víctima, hasta el último día de su vida, figuró en el reporte de desaparecidos de Medicina Legal. Según la base de datos oficial estaba perdido desde 2010.
Su vida terminó de forma violenta a las 3:00 de la mañana del domingo 21 de junio de 2020, cuando resultó protagonizando una riña y en un acto de intolerancia Kellen Alexis le propinó una puñalada, por la espalda, en el hombro izquierdo.
Ocurrió en la carrera 29 con calle 15. Aunque sus familiares lo llevaron con vida al Hospital de Caldas murió a causa de la gravedad de la herida.
A Kellen Alexis lo detuvieron y en audiencia le dieron detención preventiva en su casa. En la sentencia, tras un preacuerdo, le reconocieron ira e intenso dolor, por lo que la pena quedó en 8 años.
La basaron en que “el procesado tuvo una infancia y juventud difícil por sus condiciones familiares y de salud, ha padecido un linfoma en el cuello y sufre epilepsia. Estudia barbería, su compañera sentimental está embarazada, ha vivido un proceso de desintoxicación por alcohol, la pena fue de solo 8 años, tiene arraigo familiar y social en Manizales y está presto a cumplir obligaciones y a observar los requerimientos de la justicia”.
Se la concedieron, en primera instancia, pensando en que iba ser padre y debía velar por ese hijo. Además, porque el juzgado recibió, vía WhatsApp, un documento que dice que padece de un Linfoma Hodggkin cervical tipo esclerótico.
El Ministerio Público apeló porque el juez de conocimiento no contaba con los elementos que acreditaran la condición de padre cabeza de familia, ni el padecimiento de una grave enfermedad, pues solo se allegó una prueba de embarazo positiva y una información vía WhatsApp
“No se demostró que tiene hijos a su cargo, ni siquiera si la señora en estado de gestación tiene una relación o una vida en común con él, tampoco la inexistencia de familia extensa o que la señora no esté en capacidad para trabajar. No hubo un dictamen de Medicina Legal sobre la enfermedad del procesado”, argumentó el Ministerio. El Tribunal apoyó estos últimos argumentos y ordenó mandarlo a la cárcel.
“Será el juez de ejecuciones quien, si es del caso, analizará la situación del procesado respecto de su estado de salud, previo análisis del concepto del médico legista, como lo ordena la norma”. Tribunal.
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