LA PATRIA | MANIZALES
Un ciudadano llegó el 8 de mayo del año pasado a la Sijín de Supía y denunció que en la finca Trocaderos, de la vereda Clara Alta, propiedad de Roberto Escobar Gaviria, alias el Osito, había un cultivo de marihuana, camuflado en uno de tomate.
Tras la denuncia, los investigadores llegaron al lugar y contactaron al administrador del predio, de 40 años, quien según los uniformados, les permitió ingresar. Revisaron y encontraron la plantación ilícita de 60 matas.
Por tal razón, lo capturaron en flagrancia por financiación o conservación de plantaciones, mientras que el cultivo fue destruido. Sin embargo, las inconsistencias salieron a flote.
Problemas para el Osito
Entre los testigos que declararon durante el juicio que se llevó a cabo en junio pasado ante el Juzgado Penal del Circuito de Riosucio, estuvo Escobar Gaviria. Sostuvo que le alquiló al administrador una parte del predio, de actividad ganadera principalmente, para que plantara tomate y otras hortalizas.
Aseguró que tuvo inconvenientes con el mayordomo y que nunca le rindió explicaciones por lo que hizo y por dejar ingresar a personas extrañas. Además, perdió un caballo, herramientas, y que con una retroexcavadora le destruyeron la propiedad, buscando supuestas caletas.
Sin embargo, otra cosa dicen los testigos a favor del acusado. Según su esposa, los agentes ingresaron sin autorización y cuando los vio, ya habían arrancado varias plantas. Incluso dijo que los nietos e hijos de Escobar Gaviria llegaban a consumir mucho licor y a ingerir drogas en sus fiestas, siendo ellos probablemente los dueños de esa plantación.
El acusado, al parecer, durante el tiempo que se cultivaron esas plantas, estuvo trabajando en una mina de oro en Chocó. Solamente supo de la marihuana cuando los agentes, que ya estaban en la finca, lo presionaron para que dijera si tenía más. Explicó que le hicieron firmar unos documentos bajo engaños, porque no sabía leer.
Absuelto
Por los argumentos expuestos, el Juzgado dictó sentido de fallo absolutorio, pues se trató de una prueba ilícita en donde se vulneraron los derechos del mayordomo, pues ingresaron a la propiedad sin orden de allanamiento, sin permiso del acusado y no hubo flagrancia, puesto que él llegó después de que los uniformados ingresaron.
Sin embargo, la Fiscalía apeló de la decisión y el proceso fue enviado a la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, para que se pronuncie en segunda instancia.
Lo que dice el Código Penal
El artículo 375, en el inciso segundo, explica: Si la cantidad de plantas de que se trata este artículo excediere de 20 sin sobrepasar la cantidad de 100, la pena será de 64 meses; luego, si sobrepasa ese tope, ya la pena es de 96 meses.
Antecedente reciente
Juan Diego Madrigal, de Riosucio, fue absuelto por la Corte Suprema de Justicia, luego de que comprobó que las semillas de marihuana que portaba, en hechos ocurridos en enero del 2013, no eran consumibles.
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