LA PATRIA| MANIZALES
En segunda instancia, la Sala de Decisión Civil Familia del Tribunal Superior de Manizales tuteló los derechos a la vida, igualdad, libre desarrollo de la personalidad, libertad de expresión, paz, integridad personal, reunión, asociación y manifestación pacífica de los marchantes en la capital caldense.
Adujeron sentirse amenazados por la Alcaldía y la Policía Metropolitana con diferentes prácticas de censura respecto de las manifestaciones artísticas que han realizado con ocasión del paro nacional, en concreto, al haber permitido que un grupo de ciudadanos borrara el mural que se había pintado en el sector de San Marcel.
El Tribunal ordenó a ambas entidades garantizar el derecho a la libertad de expresión y no incurrir en censara, salvo que se trate de expresiones que puedan constituir propaganda de la guerra, apología al odio, a la violencia y al delito; pornografía infantil e instigación pública y directa a cometer delitos.
“La Policía no podrá exigir autorizaciones para el ejercicio del derecho a la reunión y manifestación pública y pacífica, es suficiente el aviso escrito o correo electrónico enviado a la primera autoridad administrativa de la ciudad”, se reseñó.
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