La Corte Constitucional ratificó que los laboratorios no pueden transar medicamentos o insumos médicos por encima de los precios que resulten en la negociación centralizada que organice el Ministerio de Salud.
La Corte ratificó varias disposiciones del Plan de Desarrollo que se refieren al control de precios de los medicamentos, que habían sido demandados por el exsuperintendente de Salud, Gustavo Morales Cobo, quien ahora funge como director Ejecutivo de la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación y Desarrollo, Afidro.
Igualmente la Corte ratificó el procedimiento previo que se debe hacer para entregar el registro sanitario a nuevos medicamentos y tecnologías en salud que pretenda ingresar al país.
Cualquier medicamento nuevo definido por el Ministerio debe ser evaluado por el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS) y luego el Ministerio debe fijar un precio con base a ese examen. Solo con esto el Invima entregará el registro.
El plan igualmente señala que le corresponderá a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos o Dispositivos, cuando así lo delegue el Gobierno Nacional, la definición de la metodología y los mecanismos de regulación de precios de medicamentos, así como la regulación de los márgenes de distribución y comercialización de los mismos.
La Corte Constitucional solo estableció un condicionamiento en el sentido que estos procedimientos no pueden afectar o lesione "los elementos de disponibilidad y acceso a medicamentos e insumos de la población".
La Corte además ratificó la facultad del Invima para modificar, a petición del Ministerio de Salud, las contraindicaciones e interacciones de los medicamentos.
Para el exsuperintendente Morales estos procedimientos violan el principio de libertad económica por considerar que los precios fijados no se podían extender a "a netamente privados que no usan recursos públicos cuando realizan negocios entre sí, como ocurre por ejemplo, con los planes voluntarios o aquellos quienes compran medicamentos de manera particular".
Por su parte, el Ministerio de Salud defendió el procedimiento al considerar que si un medicamento llega y tiene un valor terapéutico similar a los que ya existen, el precio debe ser homólogo a ese.
En ese sentido, la Corte está señalando que si llegase una tecnología en salud o un medicamento novedoso, no se podría bloquear su ingreso al país.
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