LA PATRIA | MANIZALES
La tarjeta electoral para la segunda vuelta presidencial y vicepresidencial en Colombia, el 19 de este mes, tendrá la casilla de voto en blanco, pero según la Registraduría Nacional esta opción tendrá un efecto simbólico, más no jurídico de acuerdo con el parágrafo 1º. del Artículo 258 de la Constitución Política.
Este Artículo establece que cuando gana el voto en blanco se debe repetir la elección, pero solo para la primera vuelta.
La Registraduría Nacional explicó a través de un video con Nicolás Farfán, registrador delegado en lo Electoral, qué representa el voto en blanco, y en Caldas complementa esta información el registrador delegado para el departamento, José Fernando Mejía.
1. Según Farfán, el voto en blanco es una opción válida que tienen los colombianos para marcar en las tarjetas electorales cuando la oferta de candidatos no satisface sus intereses o expectativas y no se quiere dar el apoyo a ninguno.
2. En la tarjeta electoral aparecerán los candidatos con las dos fórmulas que pasaron a segunda vuelta y la casilla de voto en blanco.
3. Esta tarjeta electoral es de tamaño media carta y en papel ecológico.
4. Farfán indica que es un mito, algo falso, que el voto en blanco se le sume a algún candidato en segunda vuelta presidencial. Es una casilla independiente que se contabiliza de forma independiente, pero los votos no se le suman a nadie.
5. Si gana el voto en blanco en segunda vuelta presidencial no faculta a repetir la elección, por lo cual ganará la fórmula presidente y vicepresidente que haya tenido la mayoría de los votos entre las dos opciones.
6. Mejía agrega que el voto en blanco es simbólico porque si gana esta opción no se tiene en cuenta.
7. Para segunda vuelta es necesario imprimir las tarjetas electorales con esta opción, dice Mejía, porque así lo establece la Constitución Política desde su expedición en 1991.
8. "No tiene sentido el voto en blanco, escogerlo es restarle opciones a cualquiera de los dos candidatos", expresa Mejía.
9. Por último, el voto nulo no es un voto válido, sostiene Farfán. "Es cuando no se puede identificar la intención del elector, a favor de quién está marcando el voto".
* La Registraduría informa que según el calendario electoral, el 29 de marzo finalizó el periodo de inscripción de cédulas para votar, y no se abrirán nuevas inscripciones para la segunda vuelta presidencial.
* Si va votar el 19 de junio en la segunda vuelta debe hacerlo en el mismo puesto de votación y mesa que le fue asignado para la primera vuelta el 29 de mayo pasado.
* Si fue escogido como jurado de votación para la primera vuelta, deberá prestar otra vez este servicio en la segunda vuelta.
* Los jurados de votación pueden capacitarse de forma virtual para la segunda vuelta en la plataforma del SENA y en la página web registraduria.gov.co sección SICE.
"El voto es un derecho y un deber ciudadano. El Estado velará porque se ejerza sin ningún tipo de coacción y en forma secreta por los ciudadanos, en cubículos individuales instalados en cada mesa de votación sin perjuicio del uso de medios electrónicos o informáticos. En las elecciones podrán emplearse tarjetas electorales numeradas e impresas en papel que ofrezca seguridad, las cuales serán distribuidas oficialmente. La organización electoral suministrará igualitariamente a los votantes instrumentos en los cuales deben aparecer identificados, con claridad y en iguales condiciones, los movimientos y partidos políticos con personería jurídica y los candidatos. La ley podrá implantar mecanismos de votación que otorguen más y mejores garantías para el libre ejercicio de este derecho de los ciudadanos".
Parágrafo 1º. "Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales cuando los votos en blanco constituyan mayoría absoluta en relación con los votos válidos. Tratándose de elecciones unipersonales -como las presidenciales y vicepresidenciales- no podrán presentarse los mismos candidatos".
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