Hace dos meses inicié un rastreo de información sobre las Unidades de Trabajo Legislativo [UTL], en el marco de mi voluntariado en el observatorio regional del Congreso, Eje Cafetero Visible. En este proceso, di cuenta del marco legal en torno a la existencia y conformación de las UTL, como un preámbulo para identificar el nivel de formación de los integrantes de estas unidades de trabajo. Allí evidencié, a partir del reglamento del Congreso (Ley 5 de 1992) que “cada congresista contará, para el logro de una eficiente labor legislativa, con una unidad de trabajo a su servicio.” Así mismo, el artículo 6 de la misma Ley establece la necesidad tajante de contar con un grupo de personas capaces de concatenar esfuerzos en pro del desarrollo legislativo mismo del órgano.
El objetivo de la indagación es saber si, en efecto, las UTL están conformadas por personas capacitadas que contribuyan a “aumentar la eficiencia del trabajo desarrollado en el Congreso así como vincular a la actividad desplegada por los congresistas a personas capaces de apoyarlos en sus múltiples labores políticas, legislativas, técnicas, de comunicación y sociales”, tal y como lo dispuso la Corte Constitucional en su sentencia C-712 de 2010; o si, por el contrario, las UTL son fortines para el pago de favores políticos, es decir, focos de corrupción.
Para acceder a la información específica de las personas que conforman las UTL de los 21 congresistas del Eje Cafetero, elevé un derecho de petición a ambas cámaras, tal y como lo establece la ley, por medio de correos electrónicos oficiales y vía correo certificado; esto para saber el tipo de vinculación y la formación académica de cada persona de las unidades de los congresistas.
Después de la petición escrita, la Cámara de Representantes respondió, indicando la ruta para acceder, en su página web, a los nombres de las unidades por Representante y el grado en el cual se encuentran adscritos; si bien la base de datos no determina la formación académica y tipo de vinculación, sí contiene calidad y el rango de cada una de las UTL. Adicionalmente, la información en Cámara es actualizada de manera trimestral.
Distinto a la Cámara Baja, el Senado no ha dado respuesta alguna al correo electrónico y se ha enviado tres veces por correo certificado sin recepción; ya que el personal del área de recursos humanos no acepta la mensajería. Al momento del presente escrito aún me encuentro a la espera de la respuesta a la petición de información. Todo esto a pesar de que la información solicitada no tiene reserva legal determinada y debería ser enviada al correo o dirección en un lapso no superior a quince días hábiles, los cuales se vencieron el pasado 2 de mayo.
En este punto es necesario mencionar que, si bien pareciese una solicitud que implica gran trámite administrativo, no es así. Recopilar esta información está a tan solo un filtro por parte del área de recursos humanos; teniendo presente que, cada miembro de una UTL, al ser funcionario vinculado directamente a la planta de personal de cada cámara, entrega toda su información. De modo que el sistema de nómina cuenta con los datos que fueron debidamente aportados por los congresistas y verificados como requisitos para el rango, antes de su posesión.
Es aquí donde entra ese entramado administrativo que dejan mal paradas nuestras instituciones. Resulta entonces paradójico que siendo la misma información, tan solo se tenga acceso a ésta para una de las dos cámaras del Congreso, y que para un tema tan olvidado como este, no se pueda, a partir de un clic, consultar quiénes apoyan la labor legislativa de nuestros congresistas.
Esta inconsistencia administrativa que tiene alcances legales, ha sido un impedimento para poder identificar la calidad de las UTL que asesoran y apoyan a los representantes del Eje Cafetero.
¿Qué podemos entonces esperar de otros convenios, contratos, incluso contratación de personal por prestación de servicio a cargo de cada una de las cámaras y sus secretarías? ¿Tenemos que estar, como ciudadanos, dispuestos a elevar derechos de petición cuando debería ser de fácil acceso en la página web? ¿Debemos entonces tutelar para poder acceder a información que, constitucional y legalmente, debe ser transparente?
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