Estamos cumpliendo 19 años de la promulgación de la ley 581 de 2000, o Ley de Cuotas, por medio de la cual se dispuso que el 30 por ciento de los altos cargos públicos deben ser ejercidos por mujeres. En su momento, esta ley fue considerada como un avance en la lucha feminista y un logro en el empeño de un sector de la sociedad que considera que la mujer es igual al hombre y, por ende, hay que tratarla en igualdad de condiciones. ¡Qué equivocación!
La mujer, por sus condiciones anatómicas y naturales, es muy diferente al hombre. Y en muchísimos casos nos superan. Las mujeres, en general, son más responsables, más meticulosas, más estrictas, más ajustadas a los deberes, más metódicas y más efectivas, y no en pocos casos las empresas buscan personal femenino para cubrir sus plazas de empleo atendiendo esas consideraciones, y no por disposiciones o imposiciones legales. Es decir, las mujeres se han ganado sus espacios a pulso, por sus capacidades y su tesón, y han logrado demostrar que, en muchas oportunidades, son superiores a los hombres en su desempeño laboral.
Por eso no se entiende el porqué la ley mencionada fue considerada como un logro o un avance cuando, en la práctica, es todo lo contrario. No hay ley más discriminatoria que aquella que pretende otorgarles derechos especiales a personas idóneas, capaces, inteligentes y brillantes, como si se tratara de minusválidas o merecedoras de lástima, pesar o compasión. Y, peor aún, una ley que, en función de dar un tratamiento igual, le limita a la mujer su participación al 30 por ciento. Es como decirles que son iguales a los hombres, pero sus derechos se les reconoce hasta un mínimo porcentaje.
Y es precisamente lo que pasa. La obligatoriedad, por ejemplo, de que una mujer haga parte de las ternas que se presentan para ocupar altos cargos, ha llevado a que su papel, en muchísimos casos, sea la de un comodín utilizado para cumplir la ley y justificar el proceso que termina en manos de un nombre predestinado. Lo mismo sucede con las listas a corporaciones públicas que, en muchos casos, son “rellenadas” con mujeres que prestan su nombre para cumplir con la cuota femenina, pero saben de antemano que ni aspiran ni esperan obtener algún escaño. Y esto es más degradante aún.
Los espacios laborales, de representación, o responsabilidad no deberían ser regulados por leyes en función del género, pues sería injusto e irresponsable terminar dotando las plazas públicas con mujeres, sin tener en cuenta la vocación, capacidad o disposición, simplemente porque hay que hacerles el reconocimiento legal, cuando su capacidad está demostrada, y podrían competir sin necesidad de disposiciones que les da tratamiento de segunda.
En ese orden de ideas, ¿qué pasará con los miembros de la comunidad LGBTI? ¿Terminarán reclamando también su porcentaje de participación legal en los altos cargos y corporaciones públicas? ¿Se aducirán argumentos como la igualdad ante la ley, la igualdad de oportunidades, y otros preceptos constitucionales para reclamar su espacio?
En mi concepto, la Ley de Cuotas está mandada a recoger. Porque además de innecesaria, injusta, discriminatoria y absurda, se ha convertido en un instrumento de utilización de la mujer para aparentar actitudes de igualdad, y terminó irrespetando más la condición feminista que se quería reivindicar. Es una ley que, como muchas en Colombia, carece de sentido y se tramitó como bandera política que terminó causando más complicaciones que soluciones. Los movimientos que dicen luchar por la igualdad de género, deberían ocuparse más en estos aspectos legales contraproducentes, que a tratar, por ejemplo, de crear un lenguaje incluyente que vuelve repugnantes textos y discursos, y termina ridiculizando no solo a su autor, sino a la condición femenina que trata de incluir.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015