Colprensa | LA PATRIA | Bogotá
Dos semanas después de que llegó la impugnación de la tutela que restituyó a Gustavo Petro como Alcalde de Bogotá, a la Corte Suprema de Justicia, se resolvieron los impedimentos que varios magistrados presentaron en este caso.
La Sala Civil de la Corte Suprema aceptó el impedimento de la magistrada Ruth Marina Díaz, pero no designó conjuez para reemplazarla, porque se considera que con el resto de los magistrados de esa Sala hay quórum suficiente para tratar el caso.
Esto, ya que no se aceptaron los impedimentos de los magistrados Luis Armando Tolosa y Ariel Salazar y, en ese sentido, será este último el ponente de esta decisión.
Salazar Ramírez, a quien desde el principio le había correspondido el proceso, se había declarado impedido al señalar que una familiar suya, en tercer grado de consanguinidad, está vinculada por contrato de prestación de servicios profesionales con la Alcaldía Distrital de Bogotá.
Sin embargo, la Sala rechazó el impedimento al estimar que en este caso lo que se cuestiona es el Decreto 570 del 20 de marzo de 2004, con el que el presidente de la República, Juan Manuel Santos, restituyó a Petro.
En consecuencia, el magistrado ponente tendrá 20 días para dar solución a la impugnación que presentaron la Procuraduría y la Presidencia de la República, contra la tutela de la Sala de Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Bogotá, que ordenó a Santos a restituir a Petro. Esto por estimar que debió cumplir con las medidas cautelares que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos le había otorgado al mandatario distrital.
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