Una norma de 1970, que obliga a los asistentes a espectáculos públicos a guardar compostura, fue avalada este miércoles por la Corte Constitucional.
Esto al analizar una reciente demanda que había sido presentada por la ciudadana Leidy Johana Acevedo en contra de un aparte del Decreto 1355 de 1970.
La demanda fue presentada contra el artículo 137, que señalaba que las expresiones de “entusiasmo o de desaprobación son toleradas en cuanto no alteren la tranquilidad o la seguridad de los asistentes”, por considerar que vulneraba el derecho al libre desarrollo de la personalidad entre otros.
En este caso, la Procuraduría consideraba que la Corte debía mantener intacta la norma ya que la convivencia armónica entre los ciudadanos es uno de los factores que conforma el Estado Social de Derecho, por lo que se “permite la restricción a ciertas libertades y derechos ciudadanos cuyo control está dado por el trato humano que deben dispensar las autoridades públicas al materializar la función de policía”.
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