Colprensa | LA PATRIA | Bogotá
La Corte Constitucional determinó que el Ministerio de Educación debe adecuar, en el término de un año, los manuales de convivencia de los colegios del país, a fin que estos protejan el libre desarrollo de la sexualidad de los estudiantes.
Así lo indicó la Corte Constitucional al fallar una tutela a favor de la familia de Sergio Urrego en la que reclamaban la garantía de sus derechos a la intimidad e igualdad, vulnerados por el Colegio Gimnasio Castillo Campestre, en donde estudiaba el joven, al parecer por discriminación sexual.
El Ministerio de Educación deberá implementar acciones para la creación definitiva del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y se adopten medidas para una revisión extensiva de los Manuales de Convivencia del país para determinar que sean respetuosos de la orientación sexual y la identidad de género de los estudiantes y para que incorporen nuevas alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.
Excusas públicas
El Alto Tribunal no acogió un polémico concepto del procurador Generar de Nación, Alejandro Ordóñez, que pedía que los manuales de convivencia prohibieran las manifestaciones excesivas de afecto y que decía que el colegio no había incurrido en actos de discriminación en su caso.
Con ponencia de la magistrada Gloria Ortiz, la Corte determinó que el Colegio sí vulneró los derechos de Urrego y ordenó al centro educativo hacer una ceremonia de excusas públicas y ratificó la orden de hacerle el grado póstumo al joven.
El acto público deberá contar con la presencia de las autoridades educativas del país, particularmente el Ministerio de Educación, “como forma de asumir un compromiso público contra el fenómeno del hostigamiento escolar y la promoción del respeto por la diversidad sexual en los foros educativos”.
La Corte indicó que el Ministerio de Educación debe ordenar y verificar que en todos los establecimientos de educación preescolar, básica y media estén constituidos los comités escolares de convivencia.
En el fallo, la Corte dijo que el proceso disciplinario adelantado contra Urrego fue utilizado como un medio para reprimir una expresión de la personalidad del joven y estimó que las actuaciones del Colegio fueron desmedidas ante la manifestación consentida de afecto entre Sergio y su compañero.
El fallo dice que los manuales deben contribuir a “dar posibles soluciones a situaciones y conductas internas que atenten contra el ejercicio de los derechos”.
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