COLPRENSA|LA PATRIA|BOGOTÁ
La Registraduría Nacional publicó ayer las fechas para que los partidos políticos se inscriban y puedan realizar el domingo 30 de septiembre las consultas populares, internas o interpartidistas a las que tienen derecho.
De acuerdo con el calendario electoral establecido por el ente, se suspendió la incorporación de cédulas nuevas al censo electoral, que al cierre de marzo pasado era de 31 millones 147 mil 177 colombianos. Según la Registraduría, hasta el pasado 30 de mayo se habilitó la inclusión de cédulas en las listas para votar en septiembre.
De la misma manera, la Registraduría les solicitó a los partidos la entrega de los nombres de quienes pueden prestar el servicio de jurados. El sábado 30 de junio se inicia la propaganda de los precandidatos, partidos y movimientos políticos que hayan comunicado al Consejo Nacional Electoral su decisión de realizar consulta. Así mismo, el viernes 31 de agosto vence el plazo para que los partidos que participen en la consulta informen a la Registraduría cuáles son los candidatos inscritos y las preguntas a realizar. El viernes 14 de septiembre se hará la designación de los jurados de votación y el miércoles 19 de septiembre se publicarán las listas con los ciudadanos seleccionados.
El domingo 30 de septiembre se realizará la consulta y ese mismo día, a partir del cierre del proceso de votación y hasta las 12:00 de la noche, se iniciará el escrutinio municipal. Por último, la Registraduría informa que el martes 2 de octubre empiezan los escrutinios departamentales a partir de las 9:00 am.
Jurados para elecciones en Valle
La Registraduría informó que entre hoy y mañana se realizará el sorteo de los jurados de votación para la elección de gobernador del Valle, que será el primero de julio.
44 mil 852 ciudadanos serán seleccionados por ese organismo para que mediante sorteo presten su servicio como jurados de votación durante la elección atípica. 21 mil 300 jurados prestarán su servicio en Cali y 23 mil 552 serán los delegados para los otros 41 municipios de Valle del Cauca.
La designación de los jurados se llevará a cabo a través de un sorteo aleatorio, usando un software previamente alimentado con las listas de empleados públicos y privados menores de 60 años, enviadas por los jefes de recursos humanos de diversas empresas, los miembros de instituciones educativas y los listados que envían los partidos políticos.
La Registraduría recuerda que el no recibir comunicación de que la persona fue seleccionada no es una excusa para no prestar el servicio de jurado de votación. De acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral “el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación y la notificación de tales nombramientos se entenderá surtida por la sola publicación o fijación en lugar público de la lista respectiva”. Por lo tanto, es importante que todos los ciudadanos verifiquen en los listados que se fijan en lugares públicos si fueron seleccionados.
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