COLPRENSA | LA PATRIA | Bogotá
Las EPS deberán asumir los costos de traslado de los pacientes cuando sean remitidos a lugares alejados de su residencia y estos no cuenten con los recursos para hacer tal desplazamiento.
Así lo determinó la Corte Constitucional al amparar en fallo de tutela los derechos de cuatro personas a quienes sus respectivas EPS ordenaron la práctica de diferentes exámenes médicos o terapias de recuperación o rehabilitación en municipios distintos a los que viven, porque no se los podían suministrar en el sitio de residencia.
Con ponencia de la magistrada María Victoria Calle, se aclaró que cuando no se tiene la capacidad económica para sufragar los costos de traslado no se les puede exigir a los pacientes que lo paguen, así como la estancia en otro lugar porque "el derecho a la salud comprende también la garantía de accesibilidad económica a los servicios ordenados".
A esto se suma que el acceso a un servicio de salud que por razones ajenas al usuario "no puede ser imposibilitado, obstaculizado o dificultado por razones de tipo económico".
"Los usuarios del Sistema de Salud tienen derecho a que el Estado y la sociedad, de forma solidaria, subsidien a las personas con menos recursos económicos, y bajo ese contexto, las entidades de salud deben facilitarles superar las barreras de tipo económico que soportan para acceder a los servicios de salud que requieran. Por ello, cuando una persona es remitida a una zona geográfica diferente a la de su residencia, para acceder a un servicio requerido, pero no cuenta con los medios económicos para su desplazamiento, la EPS debe hacerse cargo de tales costos", estimó la Corte.
En el fallo de tutela, la Corte ordenó a las EPS de cuatro pacientes que paguen el traslado para poder recibir los servicios médicos impartidos. Dichas entidades además deberán presentar un informe ante la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de la sentencia.
Igualmente, la Corte ordenó compulsar copias de los expedientes a la Superintendencia Nacional de Salud para que se adelanten las investigaciones correspondientes, y las sanciones a que haya lugar y, además, ordenó el traslado de la sentencia a la Comisión de Seguimiento en Salud de la Corte Constitucional, para que en sus informes pueda valorar y tomar las medidas que considere necesarias.
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