Bogotá. - Con una votación de seis votos a favor y tres en contra la Sala Plena de la Corte Constitucional avaló esta tarde la prohibición contenida en el Marco Jurídico para la Paz para que excombatientes responsables de delitos de lesa humanidad y de genocidio cometidos de manera sistemática no puedan participar en política.
Según se pudo conocer, los tres que votaron en contra son: Gabriel Mendoza, Jorge Iván Palacio y Gloria Ortiz. Los últimos dos pensaban que tenían que caerse y que no hubiera límites para participar.
DISCUSIÓN
Al respecto, Luis Ernesto Vargas Silva, presidente de la Corte Constitucional, manifestó que "la Corte, después del cuarto debate que se hace sobre el tema, arribó a declarar exequible el Marco Jurídico Para La Paz, debido a que no constituye una sustitución de la Constitución como lo había indicado el demandante".
Reveló además que se realizaron dos votaciones. La primera fue ayer donde se hizo una primera para definir si la sala se iba a pronunciar de fondo con el tema, ahí los magistrados votaron 5 a favor y 4 en contra.
Y el otro encuentro fue hoy cuando se acogió la ponencia de la magistrada encargada Martha Sáchica y declaró exequible el artículo tercero del Acto Legislativo 02 de 2012 que establece dicha prohibición en la Constitución Política.
"La sentencia avala el acto legislativo para que se dicte la ley correspondiente y quedará a cargo del Congreso", expresó el presidente de la Corte Constitucional.
Agregó, además, que se tuvieron en cuenta 11 tratados internacionales sobre el tema a los cuales está adscrito Colombia.
Con esta definición se establece que será una ley estatutaria la que regulará por qué tipo delitos los guerrilleros desmovilizados podrían participar en política y por cuáles no.
ANTECEDENTE
La Corte se pronunció sobre una demanda que había presentado el exviceministro de Defensa, Rafael Guarín, quien estimaba que dicho artículo era demasiado amplio porque permitía la participación en política de responsables de crímenes de guerra.
Este debate se había ‘calentado’ cuando el propio fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, solicitó a la Corte que tumbara el Marco por considerar que no se debía establecer en la Constitución un límite a la posibilidad de participar en política.
Montealegre consideraba además que la prohibición para responsables de estos delitos no debe ser de por vida, si el objetivo es poner fin a años de conflicto y consolidar una salida negociada al conflicto.
En contra parte, el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, quien tiene entre sus deberes rendir conceptos ante la Corte, había insistido en que se debía caer todo el Marco por considerarlo lesivo para los derechos de las víctimas.
Para Ordóñez, además, la participación en política vulnera los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación porque en últimas el victimario terminaría gobernando a su víctima y dictando cuál es su verdad de los hechos.
“Viola el derecho a la verdad porque permitir su intervención en política equivale a decir que no fueron criminales sino personas altruistas, que su lucha se justifica”, había dicho Ordóñez.
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