MARTHA LUCÍA GÓMEZ
LA PATRIA | MANIZALES
Elegir contralores pasó a ser un proceso poco claro, coinciden en la Asamblea de Caldas y en el Concejo de Manizales. Aunque hay normas nacionales que dicen cómo hacerlo, faltan reglas para proceder.
La Ley 1904 reguló el año pasado la elección de contralor general de la República de una terna que sale de una convocatoria pública, y en un artículo dice que ese mismo procedimiento debe aplicarse para designar contralores territoriales.
El 18 de septiembre de este año el Congreso expidió el acto legislativo 04 (ver recuadro Nueva norma) indicando que la Contraloría General de la República (CGR) desarrollará los términos generales para la convocatoria con la que deben hacer la selección las asambleas y los concejos.
Esto terminó de enredar el asunto, pues algunos concejos y asambleas ya habían iniciado proceso con la 1904, y ahora la Contraloría no tiene claro si se debe hacer como señala el acto legislativo o qué otras pautas debe establecer. Por eso pidió a la Función Pública que le pregunte al Consejo de Estado (CE), y aún no hay respuesta.
Con poco tiempo
El presidente de la Asamblea de Caldas, Mauricio Londoño, indicó que no han podido adelantar nada y están a un mes y 23 días de concluir sus cuatro años de periodo. Espera que en una reunión hoy en la CGR en Bogotá les den luces.
Germán Rincón, jurídico del Concejo de Manizales, contó que tenían lista la convocatoria para elegir contralor y personero municipales en un solo contrato con la Universidad de Manizales, por un monto de $13 millones; el de personero continúa porque no lo cobija esta norma, pero con el de contralor, si a 31 de diciembre no se ha ejecutado, se deberá liquidar el contrato y pagar solo lo que se hizo.
“Justo cuando el Concejo diseñó los procedimientos salió el acto legislativo. Le escribimos a la CGR en septiembre, preguntando por los lineamientos, y nos respondieron casi un mes después indicando que como todas las corporaciones del país estaban preguntando lo mismo, elevaron la consulta al CE. Estamos perdiendo tiempo, hay un gran riesgo que no se pueda hacer la elección como dice la norma, en los primeros 10 días de enero”.
A esperar
En la CGR sostienen que más que normas hay es interpretaciones, pues lo que se creó con el acto legislativo 04 fue una facultad para que este organismo vigile el proceso de elección, pero es confusa porque no se especifica si debe ser por meritocracia o por otra figura.
El exauditor general de la República Carlos Hernán Rodríguez, que participó en la reforma del control fiscal en Colombia, dijo ayer a LA PATRIA que el acto legislativo aprobó que los contralores sean elegidos para un periodo atípico de dos años, porque se deberá reglamentar el control preventivo que realizan.
La CGR citó a una mesa de notables, entre los que está Rodríguez, quien expresó que lo que hay es un limbo porque ya se está en noviembre y no se sabe si hay que sacar una convocatoria pública o si habrá un concurso único nacional.
“Mientras tanto, los concejos y las asambleas no pueden hacer nada. Cuando esté el concepto del CE se procederá a estudiar para sacar la reglamentación. Si se les venció el periodo a los actuales contralores, seguirá en el cargo el segundo en orden jerárquico (subcontralor, contralor auxiliar o secretario general)”.
De la Función Pública indicaron ayer que la consulta fue elevada hace 10 días al CE con mensaje de urgencia, y se cree que la próxima semana haya respuesta. La entidad considera que un mes es el tiempo justo para adelantar el proceso; sin embargo en Caldas hay experiencias que muestran lo contrario (ver recuadro Largo y costoso).
Largo y costoso
A Hugo Moncada, diputado y expresidente de la Asamblea de Caldas, le correspondió elegir este año secretario de la corporación, bajo la Ley 1904. Esta fue su experiencia: “Abrimos convocatoria pública y tuvimos muchos contratiempos. La gran preocupación es que los términos no se den, porque hay que cumplir unos tiempos. Nos demoramos por lo menos cinco meses en el proceso, por las dificultades externas que se van presentando. Hicimos un convenio con la Universidad Nacional por $10 millones. Nos decían que el proceso para contralor podría ser más costoso porque la convocatoria tiene un nivel de complejidad más elevado”.
Nueva norma
El Acto Legislativo 04 del 18 de septiembre, dice en su Artículo 4:
- Los contralores departamentales, distritales y municipales serán elegidos por las asambleas y concejos de terna conformada por quienes obtengan los mayores puntajes en convocatoria pública, conforme a la ley y siguiendo los principios de transparencia, publicidad, objetividad, participación ciudadana y equidad de género.
- Serán para un periodo de cuatro años, que no podrá coincidir con el de gobernador y alcalde.
- Ningún contralor podrá ser reelegido para el periodo inmediato.
- Se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de 25 años, acreditar título universitario.
- No podrá ser elegido quien haya sido en el último año miembro de asamblea o concejo que deba hacer la elección, ni quien haya ocupado cargo público en la Rama Ejecutiva del orden departamental o municipal.
- Quien haya ocupado el cargo de contralor departamental o municipal no podrá desempeñar empleo oficial en el respectivo departamento o municipio, ni ser inscrito como candidato a cargo de elección popular sino un año después de haber cesado en sus funciones.
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