LA PATRIA\ MANIZALES
Absuelto terminó un investigador del CTI procesado por concusión. Lo tenían enredado por un caso ocurrido durante la época en la que las Auc del Cacique Pipintá hicieron presencia en el norte de Caldas. Al procesado lo defendió la oficina Ríos y Abogados, de Manizales.
Un exalcalde y unos concejales de Pácora, procesados por colaborar con este grupo ilegal, señalaron al funcionario judicial de pedirles dinero para contarles cómo iban sus casos.
En primera instancia lo absolvió el Juzgado Primero Penal del Circuito de Manizales, por lo que la Fiscalía apeló. El Tribunal Superior de Manizales confirmó la decisión.
En el escrito de acusación se relata que en abril del 2011 el señalado, adscrito al CTI, fue designado como apoyo de una misión de trabajo entregada a una investigadora para que confirmaran o descartaran los vínculos paramilitares que pudieran existir entre Ernesto Báez, jefe de las Auc en el norte de Caldas, y concejales, exconcejales y un exalcalde de Pácora, donde al parecer hubo respaldo económico de ese grupo al margen de la ley.
"De la mencionada investigación se derivó la presente atendiendo las versiones de Giovanny Vanegas Ocampo y Orlando Ríos Galvis, quienes hicieron señalamientos directos en contra de dos investigadores (el hoy absuelto y Néstor Harold Grajales Quintero), en el sentido de que estos les pidieron dinero a cambio de información sobre su situación jurídica. Idéntica petición le realizaron a Milton Mario Muñoz Cardona. Se indicó que la solicitud dineraria al exalcalde Ríos Galvis la hizo de manera directa uno de los investigados, mientras que para Vanegas Ocampo y Muñoz Cardona fue a través del otro", narró la Fiscalía.
La audiencia de formulación de acusación se llevó a cabo el 1º de marzo de 2012, pero el juicio se desarrolló entre 2013 y 2018. Finalmente Néstor Harold Grajales Quintero terminó condenados a 3 años por concusión, pues aceptó los cargos.
Se dijo que el proceso de investigación fue negligente, incompleto e impreciso, pues Ríos Galvis señaló directamente al investigador como autor de la concusión, pero su versión restó credibilidad porque no se compaginó con la declaración de su esposa, quien era la única persona que supuestamente conocía de estos hechos.
"Mientras ella afirmó que solo una vez se dejó dinero en la portería del edificio para el investigador, el exalcalde manifestó que esto ocurrió durante 12 o más ocasiones, sin especificar fechas exactas. Además, su relato es indeciso sobre las veces que presuntamente entregó el dinero".
Un abogado declaró que el exalcalde le contó que le habían ofrecido beneficios en la Fiscalía por acusar de ese delito al investigador, pese a que este nunca le hubiese solicitado dinero. El defensor le recriminó este proceder y le dijo que cómo se le ocurría hacer esa barbaridad y querer meter a la cárcel a un inocente. Por eso dejó de asistirlo.
"La prueba de cargo no fue suficiente para acreditar más allá de toda duda que el procesado sí ejerció el
constreñimiento hacia esas personas, con el fin de que ellos entregaran dinero a cambio de información del proceso. También omitió la Fiscalía haber establecido si dentro de las funciones que desempeñaba el investigador tenía la facultad de incidir, modificar, transformar o de alguna forma variar la posible decisión o investigación".
El Tribunal le dio entera credibilidad a la versión del abogado, por sinceros y espontáneos. "No hay motivo para dudar
de su veracidad y mucho menos pensar que corresponda a una interpretación sesgada o mal intencionada. Si bien el exalcalde no podía recibir beneficios por incriminar al aquí procesado, también lo es que no es un experto en la materia, lo que quizá lo llevó a creer que lograría su libertad colaborando con el ente acusador en esta causa. Además,
quedan muchas dudas acerca de si esta oferta de la Fiscalía pudo llevar al señor a realizar estas afirmaciones", anotó el Tribunal.
Y agregó: En cuanto a los otros testigos de la Fiscalía, Giovanny Vanegas Ocampo, Liliana Pérez Ángel, Milton Mario muñoz Cardona y Amparo Restrepo Tobón, es válido aclarar que ninguno señaló directamente al investigador de solicitarles dinero.
Fue irregular la diligencia de reconocimiento fotográfico del señalado, hoy absuelto. Se realizó y después se solicitaron las fotos a la registraduría para elaborar el álbum.
Concusión establece de 6 a 10 años de cárcel.
Néstor Harold declaró que su compañero era el intermediario para hacer los tratos con las presuntas víctimas.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015