Estudiantes indígenas del colegio José María Carbonell, de Palestina.

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Estudiantes indígenas del colegio José María Carbonell, de Palestina.

LA PATRIA | MANIZALES

El Tribunal Superior de Manizales falló a favor de los derechos a la diversidad étnica y cultural, igualdad y educación de los menores indígenas de la Comunidad Ambacheke. Ellos estudian en la Institución Educativa rural José María Carbonell, de Palestina.

Hace cuatro meses LA PATRIA conoció la denuncia de 25 estudiantes miembros del pueblo indígena Embera Chamí, quienes reclamaban una educación con enfoque étnico. Señalaron, por ejemplo, que la pérdida de la lengua embera atenta directamente contra costumbres medicinales como el jaibanismo, que se practica a través del canto y las hierbas curativas.

Yulisa Agudelo, una estudiante, le comentó a este diario: "Hace mucha falta un etnoeducador, así como se enseña el inglés se puede enseñar el embera, porque con él se nos pueden abrir muchas puertas". La enseñanza se basaba en el castellano y sobre la base del conocimiento occidental.

Lucha

El proceso para ser reconocidos por la Institución Educativa como comunidad étnica venía desde hace seis meses, cuando el expersonero de Palestina Sergio López le envió el 15 de junio un derecho de petición a la Secretaría de Educación de Caldas solicitando un etnoeducador.

La Gobernación de Caldas replicó que "la Institución Educativa José María Carbonell no cuenta con etnoeducador, debido a que la cantidad de estudiantes indígenas no era lo suficientemente numerosa para asignar este tipo de pedagogos".

Ante la respuesta de la Gobernación, el personero López consideró que existía una vulneración de los derechos fundamentales a la educación y a la preservación de la diversidad étnica y cultural de los alumnos de la parcialidad Ambacheke, por lo que radicó una tutela.

No obstante, el 24 de agosto el Juzgado Primero Penal del Circuito de Chinchiná declaró improcedente la tutela, luego de considerar que no era la vía adecuada para adelantar el conflicto planteado.

La resolución

El 26 de septiembre el Tribunal Superior de Manizales conoció el caso y anuló el falló del Juzgado Primero Penal del Circuito de Chinchiná, teniendo en cuenta que "no se vincularon terceros con interés en las resultas del asunto, como eran la Asociación de Cabildos Indígenas de Caldas (ACICAL) y las autoridades indígenas del pueblo Embera Chamí o de la comunidad Ambacheke".

Una vez enterado de la decisión, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Chinchiná dispuso el 29 de septiembre admitir nuevamente la acción de tutela disponiendo la vinculación de quienes tenían interés en la decisión.

Luego de que las entidades accionadas y vinculadas se pronunciaran ( Ministerio de Cultura, Ministerio de Relaciones Exteriores, Municipio de Palestina, Secretaría de Educación departamental, Defensoría del Pueblo Regional Caldas, Ministerio de Educación, Asociación de Cabildos Indígenas de Caldas), el Tribunal Superior concluyó que:

"A estos menores indígenas no se les está vulnerando su derecho a la educación por encontrarse inscritos en un colegio en el que se imparten clases en lengua castellana y sobre el conocimiento occidental, es un yerro hermenéutico en el cual no se puede incurrir. Pues, se reitera que la protección de estas comunidades indígenas con todo lo que traen implícitas (lengua, cultura y costumbres) y atiende a situaciones específicas como la presente, brindar una educación acorde con las necesidades, esto es una etnoeducación".

Aclara, además, que si bien no es viable intervenir en el manejo del presupuesto de los entes territoriales, el juez constitucional debe velar por la promoción y protección de los niños, en particular de aquellos con alguna circunstancia especial, como los menos indígenas, quienes demandan el acceso a la etnoeducación que garantice su dignidad.

La Corte ordena

El 21 de noviembre el Tribunal Superior de Manizales apuntó en el Acta No. 1875:

"Se ordenará al Departamento de Caldas, la Secretaría Departamental de Educación, el Municipio de Palestina, Caldas, la Institución Educativa José María Carbonell y a la comunidad Ambacheke del Pueblo Embera Chami, en cabeza de su gobernador, que en el término de un mes dispongan la creación de una mesa de trabajo de manera conjunta, para que, mediante los mecanismos judiciales y administrativos se garantice el derecho fundamental a la etnoeducación de los menores indígenas que pertenecen al pueblo indígena Embera, parcialidad Ambacheke de la jurisdicción del municipio de Palestina, Caldas, y se cuente con la presencia de un etnoeducador que le pueda brindar la educación especial que requieren los menores para el año lectivo 2023".

Advierte

"Sus avances y consolidación deberán reportarse al juzgado de la instancia. De no poderse garantizar la presencia física del etnoeducador, ya sea por la imposibilidad de su contratación o del traslado de alguno que ya esté nombrado con anterioridad, se deberá asegurar la instrucción requerida por los menores de la parcialidad, conforme a lo acordado en la mesa de trabajo conjunta con la respectiva comunidad indígena, para lo cual se tendrán que emplear las ayudas tecnológicas que se lo permitan, como por ejemplo la programación de un curso virtual para el año lectivo 2023, que garantice su formación especializada".

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