EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE LUIS ALFONSO ZULUAGA DUQUE, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.353.916. Aceptado el trámite en esta Notaría el día nueve (9) de julio de 2021, mediante Acta número VEINTIOCHO (28). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día diez (10) de julio de 2021 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO
MANUEL ALEJANDRO ACOSTA GÓMEZ
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA CALDAS
13-VI-21-H120631
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LA CAUSANTE ELVIA ROSA CASTAÑO DE SALAZAR, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.357.183. Aceptado el trámite en esta Notaría el día nueve (9) de julio de 2021, mediante Acta número VEINTINUEVE (29). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día diez (10) de julio de 2021 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO
MANUEL ALEJANDRO ACOSTA GOMEZ
NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE PÁCORA CALDAS
13-VI-21-H120632
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA: en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE ÁLVARO MEJÍA GONZÁLEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 16.050.710. Aceptado el trámite en esta Notaría el día nueve (9) de julio de 2021, mediante Acta número TREINTA (30). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día diez (10) de julio de 2021 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO
MANUEL ALEJANDRO ACOSTA GÓMEZ
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA CALDAS
13-VI-21-H120633
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE MARIO LÓPEZ ESCUDERO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.473.975. Aceptado el trámite en esta Notaría el día nueve (9) de julio de 2021, mediante Acta número TREINTA Y DOS (32). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día diez (10) de julio de 2021 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO
MANUEL ALEJANDRO ACOSTA GÓMEZ
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA CALDAS
13-VI-21-H120634
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LOS CAUSANTES LUIS CARLOS AGUIRRE GARCIA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.474.066 Y MARÍA CELINA TABARES DE AGUIRRE, quien se identifica con la cédula de ciudadanía número 24.835,318. Aceptado el trámite en esta Notaría el día nueve (9) de julio de 2021, mediante Acta número TREINTA Y UNO (31). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaria el día diez (10) de julio de 2021 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO
MANUEL ALEJANDRO ACOSTA GÓMEZ
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA CALDAS
13-VI-21-H120635
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LA CAUSANTE HUBERTA ESCUDERO DE LÓPEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.843.012. Aceptado el trámite en esta Notaría el día nueve (9) de julio de 2021, mediante Acta número TREINTA Y TRES (33). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día diez (10) de julio de 2021 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO
MANUEL ALEJANDRO ACOSTA GÓMEZ
NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE PÁCORA CALDAS
13-VI-21-H120636
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA: en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE ORLANDO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 16.050.294. Aceptado el trámite en esta Notaría el día nueve (9) de julio de 2021, mediante Acta número TREINTA Y CUATRO (34). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día diez (10) de julio de 2021 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO
MANUEL ALEJANDRO ACOSTA GOMEZ
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA CALDAS
13-VI-21-H120637
EDICTO
LA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE MARQUETALIA CALDAS
CITA Y EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial del causante LUIS ANCIZAR MEJIA GONZALEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.449.618, quien fallecieran el día 20 de septiembre 2020 en la ciudad de Pereira R/da, siendo Marquetalia-Caldas, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido mediante Acta número ONCE (#011) de fecha 01 de julio 2021.
Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3º y 4° del Decreto 1.729 de 1989.
Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día dos (02) de julio de dos mil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana (8: A.M.)
ALICIA HURTADO GARCÍA
Notaria Única del Círculo
13-VI-21-H120638
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CIRCULO
DE ANSERMA CALDAS
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la SUCESIÓN DOBLE, INTESTADA E ILÍQUIDA de los causantes MARIA LUCIA MONCADA CANO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía 24'385.009 expedida en Anserma, fallecida en la ciudad de Pereira, departamento de Risaralda, el quince (15) de octubre de dos mil trece (2013) y BENJAMIN ANTONIO GRISALES MEDINA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía 4'586.240 expedida en Santuaria, fallecido en la dudad de Pereira, departamento de Risaralda, el primero (1°) de febrero de dos mil veintiuno (2021).
Para fines indicados en el artículo 3o del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO, por el término de diez (10) días hábiles, hoy trece (13) de julio del año dos mil veintiuno (2021) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M)
GLORIA ELENA LÓPEZ MEZA
Notaria Única del Círculo
13-VI-21-H120639
EDICTO
LA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE MARQUETALIA
CALDAS
CITA Y EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial del causante SILVIO DE JESUS QUINTERO QUINTERO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.450.414, quien falleciera el día 15 de julio 2016 en la ciudad de Marquetalia-Caldas, siendo este su último domicilio y asiento principal de sus negocios.
El trámite fue admitido mediante Acta número DOCE (#012) de fecha 08 de julio 2021.
Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3° y 4° del Decreto 1.729 de 1989.
Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día diez (10) de julio de dos mil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana ( 8 A.M.)
ALICIA HURTADO GARCIA
Notaria Única del Círculo
13-VI-21-H120640
EDICTO N° ESU 0089
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s)
JOSE HERMINSUL NAVAS RAMIREZ CÉDULA DE CIUDADANÍA
N°. 10.253.995
Fallecido(s) el 22/01/2006, en la ciudad de VICTORIA CALDAS, y su último domicilio LA DORADA CALDAS y asiento principal de sus negocios.
Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto.
Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 6 DE JULIO DE 2021, por el Doctor ORLANDO CESPEDES VALDERRAMA, identificado con la cédula de ciudadanía número 10.161.077 y la tarjeta profesional número 20125 del C.S de la J, apoderado de las señoras : CLAUDIA LILIANA CAÑON GONZALEZ IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 30.313.666„ MANUELA NAVAS CAÑON IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.026.595.689, Y DAVID NAVAS CAÑON IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.007.524.248, EN CALIDAD DE CONYUGE SOBREVIVIENTE Y HEREDEROS
Se inicio el trámite mediante el ACTA No 0057 del 8 DE JULIO DE 2021, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.
El presente edicto se fija el día 9 DE JULIO DE 2021 a las 8:00 a.m y se desfijará el día 21 DE JULIO DE 2021 a las 6.00 (/PM)
Este EDICTO se elaboró el día 8 DE JULIO DE 2021
EL NOTARIO
RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO
NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA - NOTARIO TITULAR
EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 21 DE JULIO DE 2021 a las 6.00 (/PM)
EL NOTARIO
RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO
NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA - NOTARIO TITULAR
13-VI-21-H120641
EDICTO
EL (LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia Intestada del causante HERIBERTO LOPEZ ALVARAN , quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 10.266.657 expedida en Manizales-Caldas quien falleció el día 05 de mayo de 2021, en el Municipio de Manizales-departamento de Caldas, siendo la ciudad de Manizales su ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios.
Aceptado el trámite en esta Notaría el día DOCE (12) de JULIO de 2021, mediante Acta número DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS (266). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría, el día LUNES 12 DE JULIO DE 2021, siendo las OCHO de la mañana (08:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL(LA) NOTARIO(A)
JORGE MANRIQUE ANDRADE
NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES
13-VI-21-H120642
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO TITULAR DEL CIRCULO DE MANIZALES - CALDAS
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión INTESTADA del causante LUIS CARLOS MARQUEZ QUINTERO, quien se identificará en vida con la cédula de ciudadanía número 10.232.347 DE MANIZALES CALDAS, fallecido en Manizales Caldas, el día 03 de Noviembre de 2011; cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios, fue la ciudad de Manizales departamento de Caldas. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 1.745 del día 12 de Julio de 2021 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaria por el término de diez (10) días, contados a partir del TRECE (13) DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2.021).
Manizales, 12 DE JULIO DE 2021
EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMIREZ
NOTARIO CUARTO TITULAR
13-VI-21-H120643
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DEL CIRCULO DE MANIZALES CALDAS
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren lesionadas en sus derechos como acreedores de la constituyente, pueden intervenir dentro de los quince (15) días siguientes, a la publicación de éste EDICTO, en un periódico de amplia circulación de la ciudad, en el trámite notarial de constitución de patrimonio de familia inembargable de carácter voluntario, regulado por la ley 70 de 1931, modificada por la Ley 495 de 1999, patrimonio que solicita el señor JULIAN ANDRES CASTAÑO DUQUE, quien se identifica con la cédula de ciudadanía número 75.074.316 de Manizales Caldas, cuyo domicilio actual es en la ciudad de Manizales Caldas. El inmueble sobre el cual recaerá el patrimonio de familia inembargable, es el siguiente: APARTAMENTO DUPLEX NUMERO 1404 PENTHOUSE UBICADO EN EL EDIFICIO LA CALLEJA PROPIEDAD HORIZONTAL, LOCALIZADO EN EL BARRIO LLERAS EN LA CARRERA 23 NUMERO 47-26/30/34 Y CARRERA 24 NUMERO 47-37/41/45/49 DE LA CIUDAD DE MANIZALES DEPARTAMENTO DE CALDAS, MATRICULA INMOBILIARIA NUMERO 100-130251 Y FICHA CATASTRAL NUMERO 0103000001390902900000189 CUYOS LINDEROS ESPECIALES Y GENERALES CONSTAN EN LA ESCRITURA PUBLICA NUMERO 757 DEL 04 DE MAYO DE 2016 DE LA NOTARIA TERCERA DE MANIZALES. TRADICION: El inmueble fue adquirido por el constituyente por adjudicación del proceso de sucesión de señor GERARDO ARIAS VILLEGAS mediante la escritura pública número 757 del 04 de mayo de 2016 de la Notaria Tercera de Manizales. La notaria aceptó el trámite notarial de constitución de patrimonio inembargable de familia, el día doce (12) de julio de dos mil veintiuno (2021) y se ordenó la publicación legal y fijación del edicto en la cartelera de la Secretaria por el término de quince (15) días a partir del día trece (13) de julio de dos mil veintiuno (2021).
Manizales, 12 de Julio de 2021
EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMIREZ
NOTARIO CUARTO TITULAR
13-VI-21-H120644
LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE CHINCHINA CALDAS
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días siguientes a la Publicación de este edicto en el periódico, en el trámite de liquidación sucesión notarial de la causante MARIA ROSALBA BRAVO CARDONA quien se identificaba con la cedula número 24 619 976 cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Chinchiná, fallecida el 27 de diciembre de 2020
Aceptado el trámite se ordena la publicación del edicto en el periódico La Patria y en la emisora local cumpliendo con el artículo 3°. Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de 10 días.
El presente edicto se fija hoy 07 de Julio de 2021 siendo las 8.00 A.M.
LUZ MARIN VALENCIA PELAEZ
NOTARIA PRIMERA
13-VI-21-I0005282
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