EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite Notarial de Liquidación de la sucesión Intestada del causante CONRADO DE JESUS BUENO MAPURA, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.919 596 de Riosucio Caldas, fallecido el 12 de julio de 2020 en Riosucio Caldas, lugar de domicilio permanente y asiento principal de sus negocios.
Aceptado el trámite en esta Notaria, mediante acta número VEINTICINCO (25) del 06 de julio de 2021 se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto per el Art 3o del Decreto 902 de 1988. ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días
El Notario.
ABOG JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA
NOTARIO UNICO
FECHA Y HORA DE FIJACION 06 de julio de 2021 - 8 00 a m
FECHA Y HORA DE DESFIJACION
11-VII-21-H120615
EDICTO EMPLAZATORIO
Se emplaza a los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL CAUSANTE FABIAN CUARTAS RINCÓN (Q.E.P.D), identificado en vida con la cedula de ciudadanía No 2.681.056 de Ulloa Valle del Cauca, con el fin de comparezcan AL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE CARTAGO VALLE DEL CAUCA, dentro del proceso promovido por el señor JUAN ESTEBAN ALZATE OSPINA identificado con la cedula de ciudadanía No 1.004.917.481, la clase de proceso que se adelanta es PROCESO DE INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD POST MORTEM, radicado bajo el número 76-147-31-84-002-2019-00208-00 y cuya parte demandada en calidad de heredero determinado es el señor JUAN SEBASTIÁN CUARTAS VALENCIA identificado con la cedula de ciudadanía No 1.088.313.417.
Atentamente,
DIEGO GONZALEZ GARCIA
C.C. 7.539.392 De Armenia Quindío
T.P. 287435 Del Consejo Superior De La Judicatura
Apoderado de la parte demandante
11-VII-21-H120616
EDICTO EMPLAZATORIO
El suscrito Notario Primero del Circulo Notarial de Armenia, JAVIER OCAMPO
CANO, por el presente edicto
CITA Y EMPLAZA
A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en un diario de circulación nacional y una radiodifusión de una emisora local, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante, señor JOSE FERNANDO OSORIO SALGADO, fallecido el 26 de Diciembre de 2017 en Ibagué / Tolima , siendo la ciudad de Armenia / Quindío su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 7.554.881 expedida en Armenia / Quindío, debidamente registrada la Defunción en la Registraduría Especial del Estado Civil de Ibagué / Tolima, bajo el indicativo serial No.06027142. Aceptado el trámite en esta notaría, según acta número CERO VEINTICUATRO (024) del 29 de Junio de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días.
CONSTANCIA DE FIJACIÓN:
El suscrito Notario deja constancia que el presente edicto fue fijado a los TREINTA (30) días del mes de JUNIO del año Dos Mil Veintiuno (2021), siendo las 8:00 a.m. horas.
JAVIER OCAMPO CANO
Notario Primero del Círculo
11-VII-21-H120617
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE ARMENIA, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico de Amplia Circulación Nacional y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de liquidación de sucesión intestada y liquidación de sociedad conyugal del señor DIEGO LUIS GAITÁN URIBE, quien se identificaba con cédula de ciudanía 18.494.570, falleció el pasado 07 de mayo de 2021 en Armenia, Quindío siendo Armenia su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día 30 de junio de 2021, mediante Acta número 55, para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el 07 de julio del año 2021, siendo las 7:30 a.m. y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO,
LUIS FERNANDO CASTELLANOS NIETO
NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE ARMENIA
11-VII-21-H120618
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE ARMENIA, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico de Amplia Circulación Nacional y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de liquidación de sucesión intestada conjunta de la señora FABIOLA CORREA MARTINEZ, quien se identificaba con cédula de ciudanía 21.344.176, quien falleció el pasado 16 de octubre de 2016 en Armenia, Quindío y de el señor HÉCTOR DE LA PAVA GÓMEZ, quien se identificaba con cédula de ciudanía 3.332.203, quien falleció el pasado 25 de octubre de 2010 en Armenia, Quindío siendo Armenia su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día 29 de junio de 2021, mediante Acta número 54, para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el 30 de junio del año 2021, siendo las 7:30 a.m. y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO,
LUIS FERNANDO CASTELLANOS NIETO
NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE ARMENIA
11-VII-21-H120619
EDICTO EMPLAZATORIO
Se emplaza a los señores GLORIA INES CIFUENTES LEGUISAMO identificada con la cedula de ciudadanía No 29.328.761, EDUARDO ZARATE CIFUENTES domiciliado en la ciudad de Armenia Quindío, de quien se desconoce su documento de identificación y YEISON FABIAN ZARATE CIFUENTES domiciliado en la ciudad de Armenia Quindío, de quien se desconoce su documento de identificación, con el fin de comparezcan AL JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE ARMENIA QUINDIO, proceso promovido por la señora GLORIA ISABEL PUENTES GALINDO identificada con la cedula de ciudadanía No 41.924.708, la clase de proceso que se adelanta es PROCESO ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA, radicado bajo el número 001-31-05-003-2019-00335-00.
Atentamente,
DIEGO GONZALEZ GARCIA
C.C. 7.539.392 De Armenia Quindío
T.P. 287435 Del Consejo Superior De La Judicatura
Apoderado de la parte demandante
11-VII-21-H120620
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA (E) SEGUNDA DEL CÍRCULO DE ARMENIA, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO, REPÚBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico de Amplia Circulación Nacional y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de liquidación de sucesión intestada de la señora MARÍA TERESA TORRES VILLA, quien se identificaba con cédula de ciudadanía N° 24.603.124, falleció el pasado 28 de septiembre de 2016 en Armenia, Quindío, siendo igualmente la ciudad de Armenia su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día 21 de junio de 2.021, mediante Acta número 52, para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el 01 de julio del año 2021, siendo las 07:30 a.m. y se ordena su respectiva publicación.
LA NOTARIA E,
RUTH ALEXANDRA VALBUENA CAICEDO
NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE ARMENIA
11-VII-21-H120621
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE BELALCAZAR - CALDAS
CITA Y EMPLAZA
A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia de la Sucesión ilíquida e intestada del causante GERARDO PUERTA OSORIO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía Nro. 1.257.155, cuya defunción fue registrada bajo el folio con indicativo serial Nro. 08580277 de la Notaría Quinta del Círculo de Pereira, Risaralda, cuyo último domicilio fue este municipio.
Aceptado el trámite en esta Notaría según acta número 011 de fecha 20 de abril de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico y emisora de amplia circulación y audiencia en la región, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 3° del decreto 902 de 1988, se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo por el mismo término de diez (10) días.
Se fija el presente edicto hoy 08 de julio de dos mil veintiuno (2021), siendo las 08:00 horas de la mañana.
SE DESFIJA EL 22 de julio de 2021, días hábiles de despacho notarial.
ALBERTO ROLDÁN SALCEDO
Notario Único del Circulo de Belalcázar, Caldas
11-VII-21-H120622
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesora! de herencia del causante: MANUEL SALVADOR RAVÉ FIGUEROA (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 1.294.822 expedida en La Dorada, Caldas, fallecido el día (13) de agosto de 1997, en el municipio de Samaná, Caldas, registrado bajo Indicativo Serial 1294558 de la Registraduría Nacional del Estado Civil — Oficina del municipio de Samaná, de fecha 14 de agosto de 1997, siendo el municipio de Samaná el lugar su último domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta Número 026 del ocho (08) de julio de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de ésta Notaría por el término de DIEZ (10) días.
El presente Edicto se fija hoy 09 de julio de 2021, a las 7:30 a.m.
El Notario,
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
El presente Edicto se desfija hoy --- de --- de 2021 a las 6:00 p.m.
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
11-VII-21-H120623
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplía circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesora! de herencia del causante: PEDRO ANTONIO BENAVIDES SALDAÑA (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 4.434.031, fallecido el día (31) de mayo de 2020, en el municipio de Norcasia, Caldas, registrado bajo Indicativo Serial 5310452 de la Registraduría Nacional del Estado Civil — Oficina de Norcasia, de fecha 02 de junio de 2020, siendo el municipio de Norcasia el lugar su último domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta Número 027 del ocho (08) de julio de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1.989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de ésta Notaría por el término de DIEZ (10) días.
El presente Edicto se fija hoy 09 de julio de 2021, a las 7:30 a.m.
El Notario,
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
El presente Edicto se desfija hoy --- de --- de 2021 a las 6:00 p.m.
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
11-VII-21-H120624
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia del causante: JOSÉ GILBERTO CIFUENTES CIFUENTES (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 1.395.016 expedida en Samaná, fallecido el día (20) de septiembre de 2017, en el municipio de Samaná, Caldas, registrado bajo Indicativo Serial 03891186 de la Notaría Única de Samaná, de fecha 21 de septiembre de 2017, siendo el municipio de Samaná el lugar su último domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta Número 025 del ocho (08) de julio de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de ésta Notaría por el término de DIEZ (10) días.
El presente Edicto se fija hoy 09 de julio de 2021, a las 7:30 a.m.
El Notario,
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE SAMANÁ
El presente Edicto se desfija hoy -- de -- de 2021 a las 6:00 p.m.
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
11-VII-21-H120625
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico de amplia circulación nacional, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de herencia de la causante: OLGA URREA DE DÍAZ (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 25.123.272 expedida en Samaná, fallecida el día (20) de noviembre de 2010, en la ciudad de Manizales, registrada bajo Indicativo Serial 06843888 de la Notaría Quinta del Círculo Notarial de Manizales, de fecha 22 de noviembre de 2010, siendo el municipio de Samaná el lugar su último domicilio, asiento principal de sus negocios y donde dejó sus bienes relictos. Liquidación de herencia a la cual se le dio apertura mediante Acta Número 028 del ocho (08) de julio de 2021. Se ordena la publicación de este Edicto en el periódico LA PATRIA y en la Radiodifusora Municipal, Emisora LA CAMPEONA STEREO, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, modificado y adicionado por el Decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de ésta Notaría por el término de DIEZ (10) días.
El presente Edicto se fija hoy 09 de julio de 2021, a las 7:30 a.m.
El Notario,
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
El presente Edicto se desfija hoy --- de --- de 2021 a las 6:00 p.m.
HERNANDO GONZÁLEZ CORTÉS
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SAMANÁ
11-VII-21-H120626
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE MANUALES
(CALDAS),
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada del causante ABILIO SANCHÉZ LOPEZ, con cedula de ciudadanía número 4.311.170, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día siete (07) de marzo de dos mil veintiuno (2021), lugar de su último domicilio y el asiento principal. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento cuarenta y dos (142) del día ocho (08) de julio de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy ocho (08) de julio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).
JORGE NOEL OSORIO CARDONA
NOTARIO PRIMERO
11-VII-21-H120627
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE MANIZALES
(CALDAS),
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada del causante JOSE HERNANDO ó HERNANDO OROZCO ALZATE, con cedula de ciudadanía número 4.307.449, quien falleció en la ciudad de Pereira - Risaralda, el día tres (03) de septiembre de dos mil uno (2001), siendo el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento cuarenta (140) del día ocho (08) de julio de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy ocho (08) de julio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).
JORGE NOEL OSORIO CARDONA
NOTARIO PRIMERO
11-VII-21-H120628
REMATES
AVISO DE REMATE
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
BELALCAZAR CALDAS
HACE SABER
Que en el proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO promovido por el BANCO DAVIVIENDA (NIT. 860034313-7), en contra de GUILLERMO VILLEGAS OCHOA (C.C. No. 12.097.702), radicado: 170884089001-2019-00217-00, se ha fijado el día tres (03) de agosto dos mil veintiuno (2021) a partir de las 02:30 p.m. para llevar a cabo por medios virtuales la diligencia de remate del siguiente bien inmueble ubicado en el municipio de Belalcázar, Caldas:
"...UN LOTE DE TERRENO IDENTIFICADO COMO EL LOTE NO. 15 MEJORADO CON CASA DE HABITACIÓN, CON UN AREA DE SETENTA MEROS (70MTRS) CUYOS LINDROS SE ENCUENTRAN EN LA ESCRITURA NÚMERO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE (1779), DE LA NOTARIA TERCERA (3) DE PEREIRA RDA, DE FECHA VEINTIDOS (22) DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE (1989), DECRETO NO. 1711 DEL 6 DE JULIO DE 1984. Y SEGÚN CERTIFICADO DE TRADICIÓN, UBICADO EN LA URBANIZACIÓN EL CENTENARIO LOTE 15, CARRERA 20 B#2S-34. Y cuyos linderos según el título son: POR EL FRENTE, con una calle pública. POR UN COSTADO, con el lote Nro. 14. POR EL OTRO COSTADO, con lote perteneciente al municipio y POR EL FONDO, con predios de la Parroquia La inmaculada concepción. ...´´/// Dicho inmueble se encuentra identificado con la matricula inmobiliaria Nro. 103-11590 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma, Caldas y con FICHA CATASTRAL 01-00-0119-0006-000.
FORMA DE ADQUISICIÓN: fue adquirida por compra al MUNICIPIO DE BELALCAZAR CALDAS, mediante escritura Nro. 1769 del 22/05/1989 de la Notaria Tercera de Pereira, la cual se encuentra debidamente registrada en el folio de matrícula inmobiliaria número 103-11590 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma.
VALOR DEL AVALÚO INMUEBLE: $101.140.OOO de pesos.
La base de la licitación será oferta válida la que cubra el 70% del valor del avalúo dado al bien inmueble denotado y postor hábil quien consigne previamente el 40% del valor del avalúo de dicho bien, en la cuenta correspondiente de depósitos judiciales de este Juzgado.
ADVERTIR que el remate del bien inmueble será realizado de manera virtual, siendo así como se advierte que todo el que pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del juzgado en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia (170882042001), el cuarenta por ciento (40%) del valor del avalúo del respectivo bien, y podrá hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P., para lo cual tendrán que enviar las posturas, con los datos de identificación correspondientes y copia de la cédula de ciudadanía, al correo electrónico de este Despacho (J01prmpalbelalcazar@cendoj.ramaiudicial.qov.co) dentro de dicho término, informando, además, un correo electrónico para ser contactados y un abonado celular, aclarando que los abonados celulares a los cuales pueden comunicarse con el despacho son el 3166202043 y el 3022853280, además que las ofertas que se realicen por el bien inmueble a rematar en este asunto deberán ser remitidas con un archivo encriptado, cuya clave de acceso debe ser suministrada el día de la diligencia. Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez. No será necesaria la presencia en la subasta, de quien hubiere hecho oferta dentro de ese plazo (Artículos 448, 451 y 452 del Código General del Proceso). En todo caso, dicha subasta será realizada de manera virtual, por medio de la plataforma que se indique el día de la diligencia, para lo cual debe contarse por los interesados con la aplicación denominada "LIFESIZE", siendo así como el link para que se conecten a la diligencia será remitido el día de la diligencia a los correos electrónicos informados en las posturas realizadas previamente. Se precisa que la diligencia se realizará por medios virtuales a raíz de la consabida pandemia que azota al país. Para efectos de la verificación del expediente, los interesados pueden efectuar la solicitud correspondiente al correo electrónico de este Despacho.
ADVERTIR que “..EI apoderado que licite o solicite adjudicación en nombre de su representado, requerirá facultad expresa. Nadie podrá licitar por un tercero si no presenta poder debidamente otorgado..
SECUESTRE. EMPRESA GESTIÓN & SOLUCIÓN S.A.S.
DIRECCIÓN: CARRERA 23 NO. 23-60 OFICINA 409 EDIFICIO CUÉLLAR DE LA CIUDAD DE MANIZALES, CALDAS.
CORREO ELECTRONICO: gestionysolucion2019@gmail.com TELÉFONO: 3205979335-8961847
Dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 450 del C.G.P. y para su publicación conforme a lo preceptuado en dicha norma, se libra y se fija este aviso en la cartelera del Juzgado y en el micro sitio correspondiente a este Despacho en la página web de la rama judicial, el día de hoy, 22 de junio de 2021.
DIANA MARCELA BEDOYA MURIEL
SECRETARIA
11-VII-21-H120614
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES
A N U N C I A:
Que dentro del proceso que a continuación se cita se llevará a cabo la diligencia de remate del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado:
RADICADO: 2017-00124-00
PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO
DEMANDANTE: BANCO DAVIENDA S.A.
DEMANDADO: FREDY OSWALDO DÍAZ PÉREZ y
LIYING CHANG
FECHA Y HORA: MIERCÓLES CUATRO (4) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021), A LAS DOS DE LA TARDE (2:00 P.M).
DURACIÓN MÍNIMA: UNA (1) HORA
AVALÚO: $1.691.208.000,00
BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALÚO
POSTOR HÁBIL: Quien consigne el 40% del avalúo del bien sacado a licitación.
Los interesados al momento de la diligencia deberán aportar en sobre cerrado sus ofertas.
IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DEL BIEN:
-Casa de habitación ubicada en la carrera 23 Calles 70 y 71 #69-23 Carrera 23B
#70-41y cuyos linderos se encuentran relacionados en la Escritura Pública No.
1136 del 30 de agosto de 1972 otorgada en la Notaría Primera del Círculo de
Manizales y en el folio de matrícula inmobiliaria No. 100-2757 de la Oficina de
registro de Instrumentos Públicos de Manizales.
SECUESTRE: Franco Proyectos E.U
Francoproyectos.adj@hotmail.com
Firmado Por:
GLORIA PATRICIA ESCOBAR RAMIREZ
SECRETARIO
SECRETARIO - JUZGADO 004 DE CIRCUITO CIVIL DE LA CIUDAD DE MANIZALES-CALDAS
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley
527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: f30b4feec85b8b050efc7a8a71586072a5bb1440bac2643f856f3a68e0dab1ca
Documento generado en 03/06/2021 04:57:05 PM
11-VII-21-H120629
AVISO DE REMATE
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE MANIZALES AVISA:
Que dentro del proceso que se relaciona a continuación, se llevará a cabo la diligencia de remate sobre los bienes embargados, secuestrados y avaluados:
RADICADO: 17001400300520200036500
PROCESO: Ejecutivo Singular
DEMANDANTE: LAURA ALEXANDRA MORALES ROJAS
NIT/CEDULA: 1053821799
DEMANDADO: VALTIERRA S.A.S. S:
NIT/CEDULA: 900805418-5
FECHA DEL
REMATE: julio 29 de 2021
HORA: 9:00 a.m.
LINK DE INGRESO A LA DILIGENCIA
BASE DEL REMATE: 70% DEL AVALUO DEL BIEN
POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE PREVIAMENTE EL 40% DEL VALOR TOTAL DEL AVALUO
DURACIÓN: UNA HORA
AVALUO DEL BIEN: CIENTO SETENTA MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CUANTRO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($170.554.500.00)
MATRICULA INMOBILIARIA: 100-183967
DESCRIPCIÓN DEL BIEN: LOCAL COMERCIAL SUBDIVIDIDO EN 6 MOLES INDEPENDIENTES, UBICADO POR DEBAJO DEL NIVEL DE LA CALLE DE LA ENTRADA PRINCIPAL DE EDIFICIO, EN LA PARTE POSTERIOR SOBRE LA VIA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD DE MANIZALES. LAS DEMÁS ESPECIFICACIONES ESTÁN DETALLADAS EN LA DILIGENCIA DE SECUESTRO Y CERTIFICADO DE TRADICIÓN.
SECUESTRE: CÉSAR AUGUSTO CASTILLO CORREA, quien se localiza en el correo electrónico: tillo4444©Gmail.com número de contacto 3167207719.
Se informa a los interesados en participar en la subasta, que la consignación para hacer postura se procurará hacerla en efectivo con el fin de allegar el titulo el día de la diligencia, quien pretenda consignar en cheque debe hacerlo con antelación a la diligencia de remate con el fin de que el titulo sea remitido a tiempo por el banco Agrario, consignación que deberá efectuarse en la cuenta de depósitos judiciales N° 170012041800
Los interesados podrán formular sus posturas dentro de los 5 días anteriores al remate o dentro de la hora siguiente establecida para la diligencia. En ambos casos, deberán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al email del juzgado, j02ejecmma@cendoj.ramajudiciaLgov,co, estableciendo como asunto las palabras OFERTA REMATE seguidas del radicado del proceso. Ejemplo. OFERTA REMATE x-20xx-1xx, dicho archivo deberá ser guardado con contraseña (ver instructivo para asignar clave a documento, el cual deberá consultarse en la página de la Rama judicial en el siguiente link:
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/12166575/46229732/Instructivo+Archivo+Protegido+Word.pdf/652eed62-67a6-4ff3-9abd-3da0a... adjuntando el email que lleve su postura, los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien.
Igualmente, y a su elección, considerando las circunstancias que para esa fecha se presenten en torno al acceso a las sedes judiciales, podrán formular también sus ofertas de manera física en sobre sellado, tal como se estipula en el Articulo 14 del Acuerdo PCSJA20-11632 del 30 de septiembre de 2020, con el fin de garantizar la confidencialidad de la oferta en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso Junto con la postura deben enviar los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien, para adquirir en este caso el bien objeto de remate por el que pretenda postularse y el depósito previsto en el Art. 451 del Código General del Proceso (consignación para hacer postura).
De optarse por esta segunda vía opcional, las ofertas se recibirán en el Palacio de Justicia Fanny González Franco. Para ese efecto, en la portería el oferente deberá anunciar su llegada a la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Manizales, para que un servidor judicial de esta dependencia baje hasta allí y le reciba el sobre sellado
Para los efectos indicados en el Art. 450 del Código General del Proceso, este aviso se publicará por una sola vez, con antelación no inferior a 10 días, en uno de los periódicos de más amplia circulación en la ciudad. EL DIA DOMINGO.
Se les recuerda que el link de ingreso a la Diligencia de Remate virtual lo encontrará en la parle inicial del aviso de remate identificado con LINK DE INGRESO A LA DILIGENCIA DE REMATE, para lo cual, se utilizará el aplicativo MICROSOFT TEAMS al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc).
Solo cuando haya transcurrido una hora desde el inicio de la diligencia, se procederá a compartir con los asistentes a la reunión virtual, la visualización de la pantalla del computador del Juzgado para hacer apertura de manera pública y transparente, por primera vez, de los correos electrónicos contentivos de las respectivas ofertas, y/o de los sobres cerrados que hubieren sido allegados físicamente para así establecer las ofertas que reúnan los requisitos de ley y adjudicarse el bien al mejor postor.
Cordialmente,
ANDRES GRAJALES DELGADO
Secretario
11-VII-21-H120630
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