EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión Intestada del causante ELIAS DE JESUS LARGO MENDOZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 4.541.792 de Riosucio Caldas, fallecido el 28 de febrero de 2021 en Manizales Caldas, siendo el municipio de Riosucio Caldas, el lugar de su domicilio permanente y asiento principal de sus negocios.
Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante acta número VEINTIDOS (22) del 02 de julio de 2021, se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.
El Notario,
ABOG. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA
NOTARIO UNICO
FECHA Y HORA DE FIJACION: 02 de julio de 2021 - 8:00 a.m.
FECHA Y HORA DE DESFIJACION:
08-VII-21-H120591
EDICTO
El SUSCRITO NOTARIO UNOICO DEL CIRCULO DE RIOSUCIO CALDAS
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite Notarial de Sucesión Intestada de la causante MARIA MARGARITA ROJAS DE CANO, identificada en vida con cédula de ciudadanía No. 21.461.811 de Andes Antioquia, fallecida el 15 de febrero de 2021 en Riosucio Caldas, el lugar de su domicilio permanente y asiento principal de sus negocios.
Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante acta número VEINTE (20) del 02 de julio de 2021, se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3°. del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.
El Notario,
ABOG. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA
NOTARIO UNICO
FECHA Y HORA DE FIJACION: 02 de julio de 2021 - 8:00 a.m.
FECHA Y HORA DE DESFIJACION:
08-VII-21-H120592
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIOCALDAS
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión Intestada de la causante LUZ DELIA LARGO CANO, identificada con cédula de ciudadanía No. 25.054.904 de Riosucio Caldas, fallecida el 31 de diciembre de 2020 en Manizales Caldas, siendo el municipio de Riosucio Caldas, el lugar de su domicilio permanente y asiento principal de su negocios.
Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante acta número VEINTICUATRO (24) del 02 de julio de 2021, se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.
El Notario,
ABOG. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA
NOTARIO UNICO
FECHA Y HORA DE FIJACION: 02 de julio de 2021 - 8:00 a.m.
FECHA Y HORA DE DESFIJACION:
08-VII-21-H120593
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión Doble e Intestada de los causantes GONZAGA PESCADOR BAÑOL, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.378.127 de Riosucio Caldas y LUZ MERY MARIN DE PESCADOR, identificada con cédula de ciudadanía No. 24.747.068 de Marmato Caldas, fallecidos el 23 de febrero de 1998 en Manizales Caldas y el 12 de junio de 2011 en Riosucio Caldas, respectivamente, siendo para ambos el municipio de Riosucio Caldas, el lugar de su domicilio permanente y asiento principal de sus negocios.
Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante acta número VEINTIUNO (21) del 02 de julio de 2021, se ordena la publicación de este dicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.
El Notario,
ABOG. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA
NOTARIO UNICO
FECHA Y HORA DE FIJACION: 02 de julio de 2021 - 8:00 am.
FECHA Y HORA DE DESFIJACION:
08-VII-21-H120594
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE RIOSUCIO CALDAS EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en una emisora local, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión Intestada de la causante ALBA YANETH GARCIA NAVARRO, identificada con cédula de ciudadanía No. 30.383.981 de Riosucio Caldas, fallecida el 24 de febrero de 2009 en Riosucio Caldas, el lugar de su domicilio permanente y asiento principal de sus negocios.
Aceptado el trámite e esta Notaría, mediante acta número VEINTITRES (23) del 02 de julio de 2021, se ordena la publicación de este edicto en el Periódico La Patria y en una de las emisoras locales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) DÍAS.
El Notario,
ABOG. JUAN DE CRUZ NAVARRO ZULUAGA
NOTARIO UNICO
FECHA Y HORA DE FIJACION: 02 de julio de 2021 - 8:00 a.m.
FECHA Y HORA DE DESFIJACION:
08-VII-21-H120595
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA del CAUSANTE ALCIDES DE JESUS VALENCIA AMARILES, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 4.335.003, y falleció en la ciudad de Manizales, Caldas el día treinta y uno (31) de enero del año dos mil diez (2010), tal como se acredita con el Registro Civil de defunción inscrito en la Notaría Quinta del Circulo de Manizales (Caldas), bajo el indicativo serial 06292541, con fecha de inscripción del 1 de febrero de 2010, (siendo el lugar de Aguadas su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejó sus bienes relictos).
Aceptado el trámite en esta Notaría el día veinticinco (25) de junio del año dos mil veintiuno (2021) mediante Acta número TREINTA Y UNO (31). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el veintiséis (26) de junio del año dos mil veintiuno (2021) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el termino este edicto de desfijara el día diez (10) de julio de dos mil veintiuno (2021) siendo las 6:00 pm
EL NOTARIO
MARCO AURELIO RAMIREZ LOPEZ
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS
08-VII-21-H120596
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA del CAUSANTE MARIA STELLA AGUIRRE FLOREZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24.368.019 y falleció en la Ciudad de Aguadas, Caldas, el día dieciocho (18) de febrero de dos mil veintiuno (2021), tal y como se acredita con el registro civil de defunción inscrito en la Registraduría Municipal del Estado Civil de Aguadas, Caldas, bajo el indicativo serial número 06152295 con fecha de inscripción del 19 de febrero de 2021, (siendo el lugar de Aguadas su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejo sus bienes relictos).
Aceptado el trámite en esta Notaría el día dos (02) de julio de julio del año dos mil veintiuno(2021) mediante Acta número TREINTA Y DOS (32). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el tres (03) de julio del año dos mil veintiuno (2021) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el termino este edicto de desfijara el día diecisiete (17) de julio de dos mil veintiuno (2021) siendo las 12:00 m
LA NOTARIA
PAULA ANDREA RENDON RINCON
NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS
08-VII-21-H120597
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE. AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA del CAUSANTE MARIA ROELIA FLOREZ BETANCUR, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 24.361.384, y falleció en la ciudad de Manizales, Caldas el día catorce (14) de abril del año dos mil veintiuno (2021), tal como se acredita con el Registro Civil de defunción inscrito en la Registraduría Municipal del estado civil de Aguadas (Caldas), bajo el indicativo serial 06152318, con fecha de inscripción del 25 de abril de 2021, (siendo el lugar de Aguadas su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejó sus bienes relictos).
Aceptado el trámite en esta Notaría el día dos (02) de julio del año dos mil veintiuno (2021) mediante Acta número TREINTA Y TRES (33). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el tres (03) de julio del año dos mil veintiuno (2021) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el termino este edicto de desfijara el día diecisiete (17) de julio de dos mil veintiuno (2021) siendo las 12:00 m
LA NOTARIA
PAULA ANDREA RENDON RINCON
NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS
08-VII-21-H120598
EDICTO
LA SUSCRITA NOTRIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA de los causantes JOSE DIEGO GIRALDO CANDAMIL Y LUZ MARINA ARIAS VALENCIA, quienes en vida se identificaban con la cedula de ciudadanía número 4.334.597 y 24.364.459, y fallecieron el día veintiséis (26) de marzo de dos mil diecisiete (2017) y trece (13) de junio de dos mil veintiuno (2021), tal como se acredita con el Registro Civil de defunción inscrito en la Notaría Única del Círculo de Aguadas (Caldas) y en la Registraduría Municipal del Estado Civil de Aguadas (Caldas), bajo el indicativo serial 08533811 y 05855582, con fecha de inscripción del 28 de marzo de 2017 y 18 de junio de 2021, respectivamente, (siendo el lugar de Aguadas su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejaron sus bienes relictos)
Aceptado el trámite en esta Notaría el día dos (02) de julio del año dos mil veintiuno (2021) mediante Acta número TREINTA Y CUATRO (34) Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el TRES (03) de julio del año dos mil veintiuno (2021) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el termino este edicto de desfijara el día diecisiete (17) de julio de dos mil veintiuno (2021) siendo las 12:00 m
LA NOTARIA
PAULA ANDREA RENDON RINCON
NOTARIA ENCARGADA DEL CIRCULO DE AGUADAS
08-VII-21-H120599
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS,
DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA del CAUSANTE ORLANDO DE JESUS OSORIO OROZCO, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 1.222.293, y falleció en la ciudad de Manizales, Caldas el día diecinueve (19) de noviembre de dos mil ocho (2008), tal como se acredita con el Registro Civil de defunción inscrito en la Notaria quinta del Circulo de Manizales (Caldas), bajo el indicativo serial 06495045, con fecha de inscripción del 20 de noviembre de 2008, (siendo el lugar de Aguadas su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejó sus bienes relictos).
Aceptado el trámite en esta Notaría el día dos (02) de julio del año dos mil veintiuno (2021) mediante Acta número TREINTA Y CINCO (35). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el tres (03) de julio del año dos mil veintiuno (2021) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el termino este edicto de desfijara el día diecisiete (17) de julio de dos mil veintiuno (2021) siendo las 12:00 m
LA NOTARIA
PAULA ANDREA RENDON RINCON
NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS
08-VII-21-H120600
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CIRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA SUCESIÓN DOBLE E INTESTADA de los causantes JOSE JESUS GALVIZ ARENAS Y IRENE DE JESUS CASTAÑO DE GALVIS, quienes en vida se identificaban con la cedula de ciudadanía número 4.334.951 y 24.364.413, y fallecieron el día veintiséis (26) de junio de mil novecientos noventa y uno (1991) y veintisiete de septiembre de dos mil veinte (2020), en Pensilvania (Caldas) y (Aguadas) Caldas, tal como se acredita con el Registro Civil de defunción inscrito la Notaria Única del Círculo de Pensilvania (Caldas), y en la Notaría Única del Círculo de Aguadas (Caldas), bajo el indicativo serial 0339999 y 06096602, con fecha de inscripción del 27 de junio de 1991 y 30 de septiembre de 2020, respectivamente, (siendo el lugar de Aguadas su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejaron sus bienes relictos)
Aceptado el trámite en esta Notaría el día dos (02) de julio del año dos mil veintiuno (2021) mediante Acta número TREINTA Y SEIS (36) Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el TRES (03) de julio del año dos mil veintiuno (2021) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el termino este edicto de desfijara el día diecisiete (17) de julio de dos mil veintiuno (2021) siendo las 12:00 m
LA NOTARIA
PAULA ANDREA RENDON RINCON
NOTARIA ENCARGADA DEL CIRCULO DE AGUADAS
08-VII-21-H120601
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES,
DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de la causante ALONSO PARRA HINCAPIE, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía 4.309.787 Fallecida EL DIA 26 DE FEBRERO DE 2020 en la ciudad de Nueva York (EEUU), siendo la ciudad de Manizales el lugar de su ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios, Aceptado el trámite en esta Notaría el día SEIS (06) DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021), MEDIANTE ACTA NÚMERO DOSCIENTOS SESENTA Y TRES (263)
Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MIERCOLES, SIETE (07) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), siendo las OCHO de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL(LA) NOTARIO(A),
ANA MARIA RIVILLAS MUNERA (E)
NOTARIA SEGUNDA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE MANIZALES
08-VII-21-H120602
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA del(la) causante OMAR ANTONIO MONTOYA MONCADA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.302.626, quien falleció en Manizales, el día 5 de abril de 2021 siendo la ciudad de Manizales, lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios.
Aceptado el trámite en esta Notaría el día MIERCOLES SIETE (07) de JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021), mediante Acta número DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO (264). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día LUNES, SEIS (06) DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021), SIENDO LAS SIETE DE LA MAÑANA (7:00 A.M.) y se ordena su respectiva publicación.
EL(LA) NOTARIO(A),
ANA MARIA RIVILLAS MUNERA.
NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES
08-VII-21-H120603
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE
VILLAMARÍA CALDAS
EMPLAZA:
A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDERAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DÍAZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN NOTARIAL DE LA SUCESION INTESTADA E ILIQUIDA DEL CAUSANTE EL SEÑOR JOHN JAIRO HURTADO GALLEGO QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CEDULA DE CIUDADANIA No. 9.970.724, CUYO ULTIMO DOMICILIO Y EL ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRAMITE EN ESTA NOTARIA MEDIANTE ACTA NUMERO 053 del SEIS (06) DE JULIO DEL AÑO 2021. SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS.
EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY SEIS (06) DIAS DEL MES DE JULIO DEL 2021, SIENDO LAS 8:00 A.M.
JAIME ALONSO RAMIREZ ZULUAGA
NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE VILLAMARIA
08-VII-21-H120604
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