EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE JUSTO PASTOR GARCIA GRISALES, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.476.731. Aceptado el trámite en esta Notaría el día veintiocho (28) de abril de 2021, mediante Acta número DIECISIETE (17). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día veintinueve (29) de abril de 2021 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL NOTARIO
CESAR JAIME RIOS VALENCIA
NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA CALDAS
30-IV-21-H020130
EDICTO
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES,
DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia DOBLE E INTESTADA de los causantes ANA FRANCISCA GALEANO DE BETANCOURT Y JESUS MARIA BETANCOURT OBANDO, quienes en vida se identificaban con las cédulas de ciudadanía 24.277.773 Y 1.199.754 respectivamente. Fallecidos los 21 DE JULIO DE 2005 Y 13 DE SEPTIEMBRE DE 2011 respectivamente en la ciudad de Manizales, siendo este el lugar de su ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO (2021), mediante Acta número CIENTO SETENTA Y TRES (173)
Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día JUEVES, VEINTINUEVE (29) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), siendo las SIETE de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
EL(LA) NOTARIO(A),
JORGE MANRIQUE ANDRADE
NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES
30-IV-21-H020131
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la(el) causante ANATOLIO SANDOVAL SANDOVAL, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 19.054.873, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES, y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido en Manizales - Caldas, EL 13 DE ABRIL DE 2020. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante ACTA NUMERO 59 DEL 29 DE ABRIL AÑO 2021, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) días.
La Notaria
MARIA LILIANA SALAZAR CASTAÑO
NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO
MANIZALES
30-IV-21-H020132
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la(el) causante MARIA ELISA ECHEVERRI DE OSPINA, quien se identificaba con la cedula de ciudadanía número 24.617.051, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES, y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido(a) en Manizales - Caldas, EL 18 DE CTUBRE DE 2020. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante ACTA NUMERO 60 DEL 29 DE ABRIL AÑO 2021, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación n lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días.
La Notaria,
MARIA LILIANA SALAZAR CASTAÑO
NOTARIA TERCERA ENCARGADA DEL CÍRCULO
MANIZALES
30-IV-21-H020133
EDICTO N° ESU 0052
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s)
MARTHA CECILIA AGUDELO AGUDELO CÉDULA DE CIUDADANÍA
N°. 20.828.106
Fallecido(s) el 14/06/2019, en la ciudad de PUERTO SALGAR CUNDINAMARCA, y su último domicilio LA DORADA CALDAS y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto.
Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 16 DE ABRIL DE 2021, por el Doctor ESTEBAN ORTIZ, IDENTIFICADO CON LA CEDULA DE CIUDADANIA NUMERO 10.155.878 Y LA TARJETA PROFESIONAL NUMERO 71157 DEL C.S DE LA J, apoderado del señor JUAN MANUEL VERGEL AGUDELO IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.090.474.147, EN CALIDAD DE HEREDERO
Se inicio el trámite mediante el ACTA N° 0034 del 21 DE ABRIL DE 2021, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.
El presente edicto se fija el día 22 DE ABRIL DE 2021 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 4 DE MAYO DE 2021 a las 6.00 (/PM)
Este EDICTO se elaboró el día 21 DE ABRIL DE 20241
EL NOTARIO
RODRIGO FERNANDOVALENCIA RESTREPO
NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA — NOTARIO TITULAR
EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 4 DE MAYO DE 2021 a las 6.00 (/PM)
EL NOTARIO
RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO
NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA CALDAS
30-IV-21-H020134
EDICTO N O ESU 0050
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s)
ANA PRECELIA REYES DE GUERRERO CÉDULA DE CIUDADANÍA
N O. 41.360.019
Fallecido(s) el 14/11/2009, en la ciudad de BOGOTÀ D.C, y su último domicilio LA DORADA CALDAS y asiento principal de sus negocios.
Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto.
Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 16 DE ABRIL DE 2021, por EL Doctor ESTEBAN ORTIZ GUERRA, identificado con la cédula de ciudadanía número 10.155.878 y la tarjeta profesional número 71.157 del C.S de la J , quien obra en calidad de apoderado de los señores LEOPOLDO GUERRERO AREVALO IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 17.151.051, SANDRA PATRICIA GUERRERO REYES IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No.30.350.349, Y JAVIER IVAN GUERRERO REYES IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No.10.176.397, , EN CALIDAD DE CONYUGE SOBREVIVIENTE Y HEREDEROS
Se inicio el trámite mediante el ACTA N° 0033 del 19 DE ABRIL DE 2021, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.
El presente edicto se fija el día 20 DE ABRIL DE 2021 a las 8:00 a.m y se desfijará el día 30 DE ABRIL DE 2021 a las 6.00 (P/M)
Este EDICTO se elaboró el día 19 DE ABRIL DE 2021
EL NOTARIO
RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO
NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA – NOTARIO TITULAR
EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 30 DE ABRIL DE 2021 a las 6.00 (P/M)
EL NOTARIO
RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO
NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA CALDAS
30-IV-21-H020135
EDICTO
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SUPíA CALDAS
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en el periódico, EN EL TRÁMITE DE SUCESIÓN SIMPLE E INTESTADA DE LA CAUSANTE BEATRIZ ELENA GÓMEZ LINARES, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 25.210.420, con domicilio y asiento principal de sus negocios en este municipio de Supía Caldas. fallecida el día veintidós (22) del mes de Octubre de dos mil veinte (2020). Aceptado el trámite. se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora LOCAL, cumpliendo con el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por término de (10) días,
El presente EDICTO, se fija hoy veinticinco (25) del mes de Marzo del dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M)
WAGNER ZULUAGA PINEDA
NOTARIO ÚNICO
30-IV-21-H020136
JUZGADO SEGUNDO PRMISCUO MUNICIPAL DE ARMERO GUAYABAL EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA SECRETARIA
EMPLAZA :
A los ciudadanos o Demandados: Elizabeth, José Vicente, Luciano, María Ester, María Ofelia, María Ramos, María Saturia, y Narcisa Rubio Beltrán; así como, contra Anyela, Jhon Alexander y Nataly Rubio Hastamorir y a la entidad, Ruambel Inversiones S.A.S.
Dentro del expediente identificado bajo el radicado: 2020- 00092
Objeto del proceso: Que respecto del bien inmueble identificado con cédula catastral 730550001000000050076000000000, y matricula inmobiliaria número 352-14563 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armero Guayabal, Tolima, con el objeto de materializar el proyecto Segundo Refuerzo de Red del Área Oriental. Línea Transmisión La Virginia – Nueva Esperanza. Convocatoria UPME 07-2016, se autorice la imposición de servidumbre sobre la franja de terreno requerida del predio anteriormente descrito consistente en “72.543M2”
Demandante: Transmisora Colombiana de Energía S.A.S. E.S.P.
Prevención: se designará curador ad liten a los emplazados si no comparecen dentro de los tres (3) días siguientes, a quien se notificará el auto admisorio de la demanda.
Trámite: el dispuesto de manera especial en la Ley 56 de 1981, Sección 5 del Decreto 1073 de 2015, y el Decreto 798 de 2020, y normas aplicables del C.G.P.
Para constancia se fija hoy 18 de diciembre de 2020.
Johanna Alexandra León Avendaño
Secretaria
30-IV-21-H020137
EDICTO EMPLAZATORIO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE BELALCAZAR - CALDAS CITA Y EMPLAZA
A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de doble liquidación herencial de la sucesión ilíquida e intestada de los causantes: MARÍA AMPARO GALLEGO DE RIVERA y OCTAVIO RIVERA OSORIO, quien en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía Nro. 24.291.006 y 4.509.397, respectivamente, fallecidos en Belalcázar y Manizales, el 16 de abril de 2016 y 06 de marzo de 1999, en ambos casos en el orden citado, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Belalcázar, Caldas. Aceptado el trámite en esta Notaría según acta número 012 de fecha 24 de abril de 2021, se ordena la publicación de este edicto en un periódico y emisora de amplia circulación y audiencia en la región, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 3° del decreto 902 de 1988, se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo por el mismo término de diez (10) días. Se fija el presente edicto hoy 24 (Día hábil en la notaría) de abril de dos mil veintiuno (2021), siendo las 08:00 horas de la mañana.
SE DESFIJA EL DÍA 11 DE MAYO A LAS 06:00 P.M.
ALBERTO ROLDÁN SALCEDO
Notario Único del Círculo de Belalcázar, Caldas
30-IV-21-H020139
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