EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA ENCARGADA DEL
CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS
EMPLAZA:
A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDERAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DÍAZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, EN EL TRAMITE NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN DE SUCESION INTESTADA E ILIQUIDA DE LA CAUSANTE LUZ MIRIAM VARGAS RIVERA, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 24.310.384, CUYO ULTIMO DOMICILIO Y EL ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRAMITE EN ESTA NOTARIA MEDIANTE ACTA NUMERO 055 del CINCO (05) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2.020. SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DÍAS.
EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY CINCO (05) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020, SIENDO LAS 8.00. A.M.
NATALY MERINO GUTIERREZ
NOTARIA ÚNICA ENCARGADA DEL CIRCUITIO DE VILLAMARIA
11-XI-20-H0073477
EDICTO N° ESU 0082
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s)
BERENICE MOYA RODRIGUEZ, CÉDULA DE CIUDADANÍA N°. 24.715.262
Fallecido(s) el 24/07/2004, en la ciudad de TUNJA BOYACA, y su último domicilio LA DORADA CALDAS y asiento principal de sus negocios.
Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto.
Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 30 DE OCTUBRE DE 2020, por el Doctor DIEGO FERNANDO CASTAÑEDA RODRIGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 4439145 y la tarjeta profesional Nro. 303144 del C.S de la J, en calidad de apoderado de GLORIA MOYA IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 30.346.046, EN CALIDAD DE HEREDERA
Se inicio el trámite mediante el ACTA N° 0042 del 5 DE NOVIEMBRE DE 2020, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.
El presente edicto se fija el día 6 DE NOVIEMBRE DE 2020 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 18 DE NOVIEMBRE DE 2020 a las 6.00 /PM)
Este EDICTO se elaboró el día 5 DE NOVIEMBRE DE 2020
EL NOTARIO
RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO
NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE LA DORADA - NOTARIO TITULAR
EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 18 DE NOVIEMBRE DE 2020 a las 6.00 PM)
11-XI-20-H0073478
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES,
DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPUBLICA DE COLOMBIA
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA del causante GUILLERMO DE JESUS AGUDELO ESPINAL, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 4.320.510 EXPEDIDA EN MANIZALES.
Aceptado el trámite en esta Notaría el día seis (6) de Noviembre de 2020, mediante Acta número CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (455). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día Diez (10) de Noviembre de 2020, siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación.
LEIDY VIVIANA BOTERO MOLINA
NOTARIO SEGUNDO (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
11-XI-20-H0073479
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE MANIZALES
(CALDAS),
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante LINA MERCEDES ALVAREZ MEJIA, con cédula de ciudadanía número 30.333.737, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día dos (02) de octubre de dos mil veinte (2020), siendo el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento veinticinco (125) del día diez (10) de noviembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy diez (10) de noviembre del año dos mil veinte (2020), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).
JORGE NOEL OSORIO CARDONA
NOTARIO PRIMERO
MANIZALES (CALDAS).
11-XI-20-H0073480
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE MANIZALES
(CALDAS),
EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de los causantes MARCO TULIO RODAS MONCADA y BLANCA LUZ MORALES TORO, con cédulas de ciudadanía números 10.215.632 y 24.312.836, quienes fallecieron en la ciudad de Manizales, los días catorce (14) de julio de mil veinte (2020) y veinticuatro (24) de junio de dos mil dieciocho (2018), siendo el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ciento veinticuatro (124) del día diez (10) de noviembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. - El presente Edicto, se fija hoy diez (10) de noviembre del año dos mil veinte (2020), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).-
JORGE NOEL OSORIO CARDONA
NOTARIO PRIMERO
MANIZALES (CALDAS).
11-XI-20-H0073481
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE MANIZALES
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante GILDARDO ANTONIO SALAZAR HURTADO, poseedor de la cédula de ciudadanía número 1.211.546, cuyo último domicilio fue el municipio de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue la ciudad de MANIZALES, fallecido en el Municipio de MANIZALES - CALDAS, el día 05 de Mayo de 2009. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NUMERO 103 DEL 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) días.
La Notaria,
OTILIA RIVERA GONZALEZ
NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE
MANIZALES
11-XI-20-H0073482
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE MANIZALES
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante MARIA LUZ DARY GIRALDO LOAIZA, poseedora de la cédula de ciudadanía número 24.821.105, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecida en el Municipio de MANIZALES - CALDAS, el día 21 de Septiembre de 2020. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NUMERO 101 DEL 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) días.
La Notaria,
OTILIA RIVERA GONZALEZ
NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE
MANIZALES
11-XI-20-H0073483
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