EMPLAZAMIENTOS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
MARQUETALIA CALDAS
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE MARQUETALIA, CDS EMPLAZA A las personas que se crean con derecho sobre el respectivo bien inmueble, para que dentro de los 15 días siguientes a la desfijación de esta publicación, comparezcan ante este Despacho a notificarse de la admisión de Demanda proferida mediante Auto Interlocutorio Civil No. 104 adiado junio 10 de 2014, dentro del proceso Verbal Especial Oral Ley 1561 de 2012 SANEAMIENTO DE LA POSESIÓN MATERIAL SOBRE BIEN INMUEBLE URBANO DE PEQUEÑA ENTIDAD ECONÓMICA, adelantado mediante Apoderado Judicial por la señora Ana Eva AGUIRRE DE RIVERA, en contra de PERSONAS INDETERMINADAS. El llamamiento se hace a quienes se crean con derecho al bien inmueble, para que concurran al proceso, a más tardar dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento; especificándose que se trata del siguiente bien inmueble: Un lote de terreno con mejoras de café, plátano, caña, árboles frutales y una casa de habitación de dos plantas, edificada sobre paredes de bahareque y cubierta el techo con lámina de zinc y astillas de madera, constante de dieciséis (16) metros de frente por nueve (9) metros de centro, marcada con el número 28 hoy con nomenclatura actualizada que corresponde a la calle 5ª No. 2-08-10, situada en el área urbana de la cabecera municipal de Marquetalia, denominada "El Vergel" a un lado de la carretera o calle que conduce al municipio de Victoria, alinderado así: ### De la esquina de la casa de Herminia Murillo, hasta un alambrado lindero con propiedad de Desiderio Cortés o que fue de éste, se sigue el lindero con éste por todo el alambrado hasta encontrar otro cerco de alambre que viene transversal con propiedad que fue de Luis García lindero con éste, siguiendo dicho cerco y lindero con García, hasta la esquina de la casa citada, se sigue de para arriba por otro alambrado lindero con el mismo García, hasta la cepa de un árbol de aguacatillo que está en el patio de la casa de Luis García donde se colocará un mojón de piedra marcado con el número uno (1), se sigue transversalmente por el pie de varios solares de propiedad de Herederos de Antonio GARCÍA; se sigue la misma línea transversal lindero con los señores AGUDELO hasta donde forma esquina el cerco de alambre y donde hay un mojón de piedra marcado con el número dos (2); de aquí se sigue esta cerca en línea oblicua a un árbol llamado zurrumbo, donde hay un mojón de piedra marcado con el número tres (3), de aquí siguiendo la cerca en línea recta a un árbol de laurel lindero con los mismos AGUDELO; de éste a un caño donde otro mojón de piedra marcado con el número cuatro (4) lindero con Ramón Gómez; de aquí siguiendo el caño arriba hasta el punto donde se colocará un mojón de piedra marcado con el número cinco (5); de aquí siguiendo de para arriba en línea recta lindero con solar del señor Ramón GÓMEZ a encontrar la esquina del solar del señor Gustavo SEPÚLVEDA o que fue de éste donde hay un mojón de piedra lindero con el mismo SEPÚLVEDA; se sigue de para arriba línea recta a una cepa de guadua, midiendo veinte (20) metros hasta salir a la esquina de la casa del mismo SEPÚLVEDA; de aquí siguiendo por la carretera hacia arriba hasta la esquina de la casa que fue de Emilio JARAMILLO, hoy de Herminia MURILLO, punto de partida###. De acuerdo al certificado catastral No. 00296217, expedido por el Instituto Geográfico Agustín "Codazzi" los linderos son así: ### Norte predio No. 01-00-0006-0019-000 en 18.20 MTS AGUIRRE RIVERA ANA EVA, 01-00-0006-0021 en 3.90 MTS, OSPINA VALENCIA José Macario y LÓPEZ MURILLO Luis Alberto, Oriente calle 5 en 11.70 MTS., Sur 01-00-0006-0017-000 en 22.50 MTS GARCÍA LÓPEZ Rita, QUINTANA MARÍN Héctor Julio, QUINTERO MARÍN Silvio, Occidente 01-01-0001-0058-000 en 8.70 MTS RAMÍREZ ORTIZ Guillermo###. Se advierte a los emplazados que si no comparecen, se les designará curador Ad-Lítem, con quien se surtirá la notificación y se continuará con el proceso hasta su terminación. Se publica el presente EDICTO para ser divulgado en dos (2) ocasiones con intervalo de cinco (5) días, dentro del plazo de veinte (20) días, en un diario o semanario de amplia circulación nacional y radiodifusora, hoy doce (12) de junio de dos catorce (2014); entendiéndose surtido el emplazamiento transcurridos 15 días después de la desfijación del Edicto. OLMEDO CARDONA ARANGO. Secretario.
19-VI-A77902
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL
RISARALDA CALDAS
TERCER PISO ALCALDÍA MUNICIPAL TELEFAX 8557196
j01prmpalrisara@cendoj.ramamudicial.gov.co
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL DE RISARALDA, CALDAS, EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derecho a intervenir respecto de los bienes inmuebles de que trata la demanda verbal sobre declaración de pertenencia, por prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio, instaurada por los señores CARLOS ENRIQUE BERMÚDEZ RESTREPO CC 4550679 expedida en Risaralda, Caldas; JOSÉ ALBEIRO BERMÚDEZ RESTREPO cc 4549904 expedida en Risaralda, Caldas; DARÍO ANTONIO BERMÚDEZ RESTREPO cc 4550717 expedida en Risaralda, Caldas; URIEL FERNANDO BERMÚDEZ ZAPATA cc 9921443 expedida en Risaralda, Caldas; JESÚS EDUARDO BERMÚDEZ ZAPATA cc 9920676 expedida en Risaralda, Caldas; JAIME AUGUSTO PÉREZ BERMÚDEZ cc 9921745 expedida en Risaralda, Caldas; MARÍA CARMENZA VALENCIA GASPAR cc 25080875 expedida en Risaralda, Caldas, en contra de PERSONAS INDETERMINADAS, relacionados a sendos lotes correspondientes a un bien de mayor extensión denominado “La Sombra” ubicado en la vereda Surrumbi, jurisdicción en esta municipalidad; identificado con la Matrícula Inmobiliaria No. 103-9272, de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Anserma, Caldas, con ficha catastral 000100080025000, para que en tiempo oportuno lo hagan valer. 2.1 El lote que pretende usucapir el señor CARLOS ENRIQUE BERMÚDEZ tiene una extensión superficiaria de 54.439 Mts2 aproximadamente y los siguientes linderos: ### AL ORIENTE FERNANDO MONCADA, AL OCCIDENTE ENGELBERTO GARCÍA, AL NORTE RICARDO RESTREPO Y AL SUR CON LA VÍA QUE CONDUCE AL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ###. 2.2 El primer lote que pretende adquirir por la presente demanda al señor JAIME PÉREZ BERMÚDEZ presenta los siguientes linderos ###AL OCCIDENTE CON FERNANDO MONCADA Y JULIO LÓPEZ, AL OCCIDENTE CON ENGELBERTO GARCÍA, AL NORTE CON RICARDO RESTREPO Y AL SUR CON LA VÍA QUE CONDUCE AL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ### El segundo lote linda ###AL ORIENTE CON RICARDO RESTREPO. AL OCCIDENTE CON DARÍO BERMÚDEZ, AL NORTE CON DARÍO BERMÚDEZ Y AL SUR CON LA CARRETERA QUE CONDUCE AL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ Y NORBERTO BERMÚDEZ### estos bienes tienen una extensión de 25.907 Mts2. 2.3 El lote de terreno que pretende el señor DARÍO BERMÚDEZ, tiene los siguientes linderos: ###AL ORIENTE JAIME BERMÚDEZ, AL OCCIDENTE JAIME BERMÚDEZ, AL NORTE EDUARDDO BERMÚDEZ Y AL SUR JAIME PÉREZ BERMÚDEZ###presenta una extensión de 46.674 Mts2. 2.4 Dos lotes de terreno que pretenden los señores EDUARDO Y URIEL FERNANDO BERMÚDEZ ZAPATA tiene los siguientes linderos: ###AL ORIENTE LUIS ARCILA, AL OCCIDENTE ALBEIRO BERMÚDEZ, AL NORTE EVELINA ZAPATA, AL SUR NORBERTO BERMÚDEZ Y LA VÍA QUE CONDUCE AL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ. ###La extensión es de $ 61.475 Mts2. 2.5 El bien perseguido por el señor ALBEIRO BERMÚDEZ, linda ###AL ORIENTE CON EDUARDO BERMÚDEZ, AL SUR CON NORBERTO BERMÚDEZ Y LA VÍA QUE CONDUDE A RISALRALDA, CALDAS### con una extensión de 20.072 Mts2. 2.6 El inmueble insistido por MARÍA CARMENZA GASPAR VALENCIA, por compra efectuada al señor Sarafín Bermúdez, presenta los siguientes linderos: ###AL ORIENTE CON ALEYDA GASPAR Y JAVIER MARÍN, AL OCCIDENTE CON ARTURO BOTERO, AL NORTE CON JAVIER MARÍN Y AL SUR CON EDUARDO BERMÚDEZ### con una extensión de 22.823 Mts2. Para los fines legales, se fija el presente edicto en un lugar visible al público de la secretaria del Despacho, por un término de quince días, y copia de éste en la alcaldía local, por igual término. Publíquese, por dos veces, con intervalos no menores de cinco días calendario dentro de ese término, en el diario “LA PATRIA”, de Manizales y en una emisora local, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche en dicho espacio de tiempo, por igual número de ocasiones y con idénticos intervalos. Adviértase a las citadas, que transcurridos diez (10) día hábiles, a partir de la expiración del término de fijación del edicto, sin que comparezcan a hacer valer sus derechos, se entenderá surtido el emplazamiento de aquellas, a las que se les designará curador ad lítem, que ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. CARLOS MARIO RUIZ LOAIZA. Secretario. (Hay firma y sello).
19-VI-A77909
NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO ANSERMA CALDAS
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE ANSERMA CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la SUCESIÓN INTESTADA E ILÍQUIDA de la causante señora TULIA ROSA GARCÍA OROZCO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.377.931 expedida en Anserma, fallecida en el municipio de Anserma, Departamento de Caldas, el dos (02) de Mayo de dos mil catorce (2014). Para fines indicados en el artículo 3º del decreto 902 de 1988 se fija el presente EDICTO por el término de diez (10) días hábiles, hoy (14) de junio del año dos mil catorce (2014) en lugar visible de la Notaría siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). GLORIA ELENA LÓPEZ MEZA. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
19-VI-H63405
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) el causante WILLIAM CASTRO RODRÍGUEZ, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 4.413.599, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES, y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) en el municipio de Chinchiná, el 19 DE MAYO DE 2013. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 72 DEL 18 DE JUNIO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria, MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
19-VI-A77906
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) el causante NORA MORALES RUIZ, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 52.084.363, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES, y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) en el municipio de Fresno – Tolima, el 12 DE ENERO DE 2007. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 70 DEL 18 DE JUNIO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria,
MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
19-VI-A77907
EDICTO
LA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) el causante BLANCA LIBIA DUQUE NARANJO, poseedor (a) de la cédula de ciudadanía número 30.280.792, cuyo último domicilio fue la ciudad de MANIZALES, y su asiento principal de negocios fue MANIZALES, fallecido (a) en la ciudad de Manizales, el 12 DE MAYO DE 2011. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO 71 DEL 18 DE JUNIO DEL AÑO 2014, se ordena la publicación de este edicto en el periódico de amplia circulación en esta ciudad y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988 y el Decreto 1729 de 1989. Se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. La Notaria,
MÉLIDA YEPES ALZATE. NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
19-VI-A77908
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