EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
EL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES CALDAS EMPLAZA A todas las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el siguiente bien inmueble: Un lote de terreno, ubicado en la ciudad de Manizales, Caldas, en la Carrera 19 Calles 29 y 30, identificado con el Nro. 29-35 de la nomenclatura urbana de la ciudad, con un área aproximada de 409.00 M2, identificado con la ficha catastral Nro. 01-03-00-00-0228-0015-0-00-00-0000 y matrícula inmobiliaria Nro. 100-19169 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Manizales, Caldas, cuyos linderos actuales son los siguientes, según certificación expedida por el IGAC el pasado 7 de mayo: ###Por el NORTE con el predio identificado con la ficha catastral Nro. 01-03-0228-00021-000, en 13.90 Mts con la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A.; Por el ORIENTE con el predio identificado con la ficha catastral Nro. 01-03-0228-0014-000, en 29.50 Mts con la Arquidiócesis de Manizales; Por el SUR con el predio identificado con la Carrera 19 en 13.80 Mts.; Por el ORIENTE con el predio identificado con la ficha catastral Nro. 01-03-0228-0016-000, en 29.60 Mts., con la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A.###; para que los hagan valer dentro del proceso VERBAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, Instaurado por COMERCIALIZADORA MERCALDAS S.A., en contra de los señores HÉCTOR SUÁREZ LIÉVANO, GLORIA JANETH SUÁREZ ARISTIZÁBAL y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. Se les previene que se les designará Curador Ad Lítem si no comparecen en oportunidad. Para los fines legales indicados en el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente Edicto Emplazatorio en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días y copias del mismo se suministran a la parte interesada para su publicación reglamentaria. Fijación: Lunes veintiséis (26) de Mayo de dos mil catorce (2014), a las 8 a.m. CAROLINA JARAMILLO VILLEGAS. Secretaria. Desfijación: CAROLINA JARAMILLO VILLEGAS. Secretaria.
29-V-A77760
EDICTO
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ARANZAZU CALDAS EMPLAZA: A las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el bien inmueble pretendido, esto es, Un bien inmueble ubicado en el área rural de este municipio – paraje la Guaira que hace parte de un globo mayo denominado Finca El Recreo con una extensión aproximada de 0 Ha. 700 mts2 con ficha catastral Nro 0022004400 comprendido entre los siguientes linderos ## Norte carretera el diamante, oriente predio Nro 000000220025000 Darío Gaviria Larrea, sur: predio Nro 000000220025000 Darío Gaviria Larrea Occidente: Predio 000000220024 Francia Elena Pineda Vasco ### a fin de que comparezcan ante el Juzgado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda especial DECLARATIVA DE PERTENENCIA –ASUNTO AGRARIO- (Por Prescripción Adquisitiva de Dominio), radicada al Nro 2014-00044-00, instaurada por el señor, JESÚS MARÍA GIRALDO RUIZ promovido con base en las normas pertinentes del C. P. C, Decreto 2303/89 y Ley 1564/12. Para efectos del emplazamiento y publicación el presente edicto se publicará por un término de veinte (20) días en la cartelera del Despacho y se publicará por dos (2) veces, con intervalos no menores de cinco (5) días calendario dentro del mismo término, en un diario de amplia circulación en la localidad como lo es el Diario La Patria (Numeral 7 Del artículo 407 del C. de P. Civil, Modificado D.E. 2282/89, art. 1º Num. 210). Este Emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días a partir de La expiración de la publicación del presente edicto, y en caso de que los citados no comparezcan, se les designará un Curador Ad Lítem, con quien se surtirá la referida notificación y se continuará el trámite del proceso. Copias de las páginas del diario en donde se hubieren publicado los listados, seras allegadas al proceso por la parte interesada. Se fija el presente edicto, hoy DIECISÉIS (16) de Mayo de dos mil catorce (2014). Hora 8 A.M.
ROGELIO GÓMEZ GRAJALES. SECRETARIO. (Hay firma).
29-V-A77696
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RIOSUCIO - CALDAS EMPLAZA A todas las PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el inmueble objeto del proceso materia de prescripción que más adelante se identificará, con el fin que comparezcan a hacerlos valer a más tardar dentro de los quince días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento, dentro del proceso verbal de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, instaurado por GILDARDO TABORDA HENAO, contra PERSONAS INDETERMINADAS. DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: "Un lote de terreno mejorado con casa de habitación, ubicada en la calle 6 No. 3-27, con un área de 129 metros cuadrados y área construida de 73 metros cuadrados, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Predio No. 01-00-0112-0030-000 en 3.30 metros con DOLORES SERNA PÉREZ. Predio No. 01-00-0112-0029-000 en 3.65 metros con NORMA VARGAS SERNA. ORIENTE: Predio No. 01-00-0112-0007-000 en 18.50 metros con VIVIANA MONTOYA CATAÑO, JULIÁN MONTOYA CATAÑO Y SHANNY GIULIANA USHIMA CATAÑO. SUR: Calle 6 en 7.00 metros. OCCIDENTE: Predio No. 01-00-0112-0009-000 en 18.42 metros con OMAR MORALES ZAPATA, OTROS y SUSANA ZAPATA DE MORALES. TRADICIÓN: Este predio posee ficha catastral No. 01-00-0112-0008-000 de la formación catastral urbana del Municipio de Riosucio (Caldas). TÉRMINO DE FIJACIÓN: Veinte días. FORMA: Fijado en lugar visible de la secretaría del juzgado, hoy miércoles catorce (14) de mayo de dos mil catorce (2014) a las ocho de la mañana. PUBLICACIÓN: Por dos veces con intervalos no menores de cinco días calendario dentro del mismo término, en el diario La Patria de Manizales y en la emisora local, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. ADVERTENCIA: Transcurridos quince días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido respecto de las PERSONAS INDETERMINADAS, a quienes se les designará un Curador Ad Lítem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Las personas que concurran al proceso en virtud del emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los quince días siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten posteriormente, tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Lo anterior de conformidad con el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil. El Secretario ad hoc, NELSON DE J. ZEA.
29-V-H63155
EDICTO
LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE SUPÍA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de la Herencia del causante LUIS HORACIO ROTAVISTA ARROYAVE, fallecido el día 26 de enero de 2014 en Supía Caldas, habiendo tenido su último domicilio y asiento principal de sus negocios en Supía Caldas, identificado con la cédula de ciudadanía Número No. 2.633.786. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta No. 09 de mayo 27 de 2014, se ordena la publicación del presente Edicto en el periódico en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 28 de mayo de 2014 a las 8.00 A.M. LA NOTARIA JULIALBA GONZÁLEZ DE C.
29-V-H63216
EDICTO
EL (LA) SUSCRITO(A) NOTARIO (A) ENCARGADO SEGUNDO (A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia TESTADA DEL CAUSANTE CAMILO ANTONIO ARBELÁEZ GUZMÁN, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.214.837. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Miércoles veintiocho (28) de mayo de 2014, mediante Acta número DOSCIENTOS VEINTICUATRO (224). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el miércoles veintiocho (28) de mayo de 2014, siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO ENCARGADO GERMÁN EDUARDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO SEGUNDO ENCARGADO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
29-V-A77761
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de la causante TERESA RAMÍREZ CASTAÑO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.305.020. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Miércoles veintiocho (28) de mayo de 2014, mediante Acta número DOSCIENTOS VEINTITREŚ (223). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el miércoles veintiocho (28) de mayo de 2014, siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO ENCARGADO GERMÁN EDUARDO VALENCIA RESTREPO (E). NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
29-V-A77762
EDICTO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SUPÍA CALDAS EMPLAZA A: Todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA del causante IVÁN DE JESÚS SOTO ÁLVAREZ, fallecido en el municipio de Concordia Antioquia el 17 de noviembre de 2013, cuyo proceso fue DECLARADO ABIERTO Y RADICADO en este Juzgado, mediante providencia de fecha doce de mayo de dos mil catorce, por solicitud de la señora MARTA NOEMA ÁLVAREZ DE SOTO, en calidad de heredera del causante. En cumplimiento a lo reglado en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en la cartelera de la secretaría de este Juzgado, por el término de diez días y se publicará por una sola vez, en la radiodifusora local y en un diario de amplia circulación "El Colombiano" o "La Patria". FIJACIÓN: 21 de mayo de 2014, a las 8:00 a.m. MERY MADELEINE DACCACH DELGADO. Secretaria.
29-V-A77763
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
MARQUETALIA - CALDAS
EDICTO
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE MARQUETALIA, CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el proceso de sucesión intestada de la causante María Orfilia RAMÍREZ DE GIRALDO declarado abierto y radicado en este Juzgado mediante providencia del doce (12) de Mayo de dos mil catorce (2014). Para los efectos del artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO, en la cartelera de la secretaría durante diez (10) días hábiles y se entregan copias a los interesados para las publicaciones en el diario "LA PATRIA" y en una emisora local. Fijado hoy 26 de Mayo de 2014. Hora: 8:00 A.M. OLMEDO CARDONA ARANGO. Secretario.
29-V-A77764
EL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de Sucesión de la persona que seguidamente se individualiza como causante, para que comparezcan a hacerlos valer: CLASE: SUCESIÓN INTESTADA. RADICADO: 17001311000120140022100. CAUSANTE: MARÍA SANDRA GIRALDO GONZÁLEZ. LUGAR Y FECHA DEL FALLECIMIENTO: MANIZALES, 23 DE OCTUBRE DE 2013. INTERESADOS: LEIDY JOHANA, FABIÁN ALONSO y NATALIA SÁNCHEZ GIRALDO. FECHA AUTO APERTURA: MAYO 16 DE 2014. De conformidad con el Artículo 589 del C. de P. Civil, se fija el presente EDICTO en lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el término de diez (10) días, y copias del mismo se entregarán a la parte interesada para su publicación por una sola vez en el Diario La Patria, de amplia circulación regional, y en una radiodifusora local. FECHA FIJACIÓN EDICTO: MAYO 28 DE 2014. HORA: 8:00 A.M. JUSTO PASTOR GÓMEZ GIRALDO. SECRETARIO.
29-V-A77765
OTROS
EDICTO
LA REGISTRADORA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE LA DORADA, CALDAS HACE SABER Al señor ALFONSO ISAZA CARDONA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.436.126 de La Dorada Caldas, obrando en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “ISAZA MESA LIMITADA”, que mediante Resolución No. 06 del 06 de Mayo de 2014, por medio de lo cual ordena dejar sin efecto la Anotación No. 7 del Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-4464 y se traslada como Anotación No. 6 al Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-1636, señala en su parte Resolutiva lo siguiente: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Trasladase la inscripción de la de la Escritura Pública No. 0534 del 20 de Agosto de 2004, de la Notaría Única del Círculo de La Dorada Caldas, radicada el 19 de Octubre de 2004 bajo el turno No. 2004-2427, mediante la cual el señor ALFONSO ISAZA CARDONA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.436.126 de La Dorada Caldas, obrando en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “ISAZA MESA LIMITADA”, VENDE, cinco predios, ubicados en la Vereda Isaza del Municipio de Victoria, Departamento de Caldas a los señores HERNÁN RIVERA SÁENZ identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.175.779 de La Dorada Caldas y MARCELA SÁENZ TRUJILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.564.027 de Girardot, en el sentido de trasladar su inscripción del Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-4464 al folio de Matrícula Inmobiliaria 106-1636, por los motivos expuestos en esta Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo primero, déjese sin validez ni efecto la inscripción contenida en la anotación 7 del Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-4464, predio denominado LOTE DE TERRENO, ubicado en la Vereda Isaza, Municipio de Victoria, Departamento de Caldas, por los motivos expuestos en la presente Resolución. ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFÍQUESE a los señores ALFONSO ISAZA CARDONA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.436.126 de La Dorada Caldas, quien obra en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “ISAZA MESA LIMITADA”, HERNÁN RIVERA SÁENZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.175.779 de La Dorada Caldas y MARCELA SÁENZ TRUJILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.564.027 de Girardot, de no ser posible la notificación personal, hágase por Aviso según lo dispuesto en el artículo 69 ibídem. ARTÍCULO CUARTO.- Contra la presente providencia procede recurso de reposición ante el registrador principal de instrumentos públicos, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación personal o al finalizar el día siguiente al de la entrega del Aviso, y en subsidio el Recurso de Apelación ante el Director de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro, Artículos 74 y 76 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO QUINTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y de ella se conservará copia en la carpeta de antecedentes del mencionado inmueble. En contra de la Resolución que notifica procede, únicamente, el recurso de reposición para ante el Registrador de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas recurso del cual ha de hacerse uso dentro de los cinco (5) días siguientes a la des-fijación del edicto. CONSTANCIA DE FIJACIÓN El presente edicto se fija en lugar visible de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas, para dar cumplimiento al mandando del ART. 45 DEL C.C.A. por no haber sido posible la notificación personal, hoy 23 de Mayo de 2014, siendo las 08:30 horas. CONSTANCIA DE DES-FIJACIÓN El presente edicto se desfija hoy 23 de mayo/2014 siendo las 16:00 horas después de permanecer fijando por espacio de quince (15) días. MAGALY ESTHER BENAVIDES CRUZ. Registradora Seccional I:P. (Hay firma).
29-V-A77747
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