EMPLAZAMIENTOS
EL JUZGADO CUARTO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA DORADA CALDAS EMPLAZA A las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHOS SOBRE EL BIEN INMUIEBLE identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 106-22942 de La Dorada, Caldas, ubicado en la CARRERA 5 No. 16-57 de La Dorada Caldas, alinderado de la siguiente manera "POR EL NORTE: PREDIO No. 01-00-0188-0041-000, EN 27.70 MTS CÁCERES DE GARCÍA HELDA, GONZÁLEZ MARTÍNEZ ÓSCAR, GARCÍA LÓPEZ FÁTIMA Y SIERRA MARTÍNEZ MARÍA EUGENIA, POR EL ORIENTE: CARRERA 5 EN 3.00 MTS; (POR EL) SUR: 01-00-0188-0007-000 EN 27.80 MTS CUTIVA DE PATIÑO SANTOS LIGIA, (POR EL) OCCIDENTE: 01-00-0188-0041-000 EN 2.90 MTS CÁCERES DE GARCÍA HELDA, GONZÁLEZ MARTÍNEZ ÓSCAR, GARCÍA LÓPEZ FÁTIMA Y SIERRA MARTÍNEZ MARÍA EUGENIA; para que comparezcan a este Despacho Judicial dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento a oír notificación personal dentro del siguiente proceso: CLASE: VERBAL - PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO. DEMANDANTE: LUIS ADELMO AYALA BRAVO. DEMANDADO(S): CLAUDIA PATRICIA CÁCERES GARCÍA como heredera determinada de la señora HELDA CÁCERES GARCÍA. HEREDEROS INDETERMINADOS de la señora HELDA CÁCERES GARCÍA. PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR. RADICACIÓN: 17380-40-89-004-2013-00188-00. FECHA DEL AUTO QUE ADMITIÓ LA DEMANDA: veinticinco (25) de noviembre de dos mil trece (2013). El presente edicto se fijará por el término de veinte días en la Secretaría de este Despacho, y se publicará por dos veces (2), con intervalos no menores de cinco (5) días calendario dentro del mismo término, en LA PATRIA, y por una radiodifusora de esta localidad, entre las siete de la mañana y las diez de la noche. La página del diario en que aparezca la publicación y una constancia autenticada del director o administrador de la emisora sobre su transmisión se agregarán al expediente. ÁNGELA MARÍA TAMAYO JARAMILLO. SECRETARIA.
28-V-
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende usucapir, a fin de que comparezcan a hacerlos valer dentro del proceso que seguidamente se relaciona, para que se presenten dentro de los quince (15) días siguientes a la desfijación de este edicto. PROCESO: DECLARATIVO VERBAL DE PERTENENCIA -PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINO. DEMANDANTE: DORIS RAMÍREZ PINILLA C.C. 24.324.087. DEMANDADO(S): PERSONAS INDETERMINADAS. PRESCRIPCIÓN ALEGADA: EXTRAORDINARIA DE DOMINIO. PERSONAS EMPLAZADAS: PERSONAS INDETERMINADAS. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: Descripción hecha por la parte actora, así "Lote de terreno del litigio hace parte de un lote de mayor extensión que se encuentra ubicado en la CALLE 23 No. 31-30 BARRIO MARMATO DE LA CIUDAD DE MANIZALES, sector urbano, el cual se distingue con la nomenclatura urbana No. 01-05-00-00-0093-0111-0-00-00-0000, con un área de terreno o Ha de 4205 mts2 y alinderado de manera general así: (Mayor Extensión). Área de terreno o Ha de 4205 mts 2 y alinderado de manera general así: NORTE: VÍA PÚBLICA EN 6.90 MTS., PREDIOS No. 01-05-0093-0107-000 EN 34.20 MTS., 0110-000 EN 38.80 MTS. ORIENTE: PREDIO No. 01-05-0093-0104 EN 6.90 MTS, 0105-000 EN 6.70 MTS., 0106-000 EN 8.00 MTS., 0107-000 EN 7.00 MTS., 0-108-000 EN 8.00 MTS., 0109-000 EN 9.10 MTS., 0110-000 EN 8.20 MTS Y CALLE 23 EN 83.40 MTS. SUR: PREDIOS NOS. 01-05-0093-0106-000 EN 8.10 MTS, 0108-000 EN 38.20 MTS, 0054-000 EN 20.90 MTS. 0053-000 EN 5.30 MTS 01-05-0133-0026-000 EN 46.65 MTS. OCCIDENTE: PREDIOS Nos. 01-05-0093-0054-000 EN 1.30 MTS., 01-05-0546-0001 EN 109.00 MTS. VÍA PÚBLICA EN 35.65 MTS. Los anteriores linderos se deducen del certificado No. 9979-339017-67957-0914227, proferido el día 9 de abril de 2014 por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi de la ciudad de Manizales...". LINDEROS DEL LOTE SUJETO A PRESCRIBIR (menor Extensión): ÁREA: 215.04 METROS CUADRADOS. NORTE: PREDIOS: 01-05-0093-0107-000 EN 34.20 METROS. LOTE REMANENTE EN 4.50 METROS. ORIENTE: CALLE 23 EN 4.70 METROS. SUR: 01-05-0093-0108-000 EN 38.20 METROS. OCCIDENTE: LOTE REMANENTE EN 6.50 METROS. Lote de terreno que hace parte de uno de mayor extensión distinguido con la ficha catastral No. 01-05-00-00-0093-0111-0-00-0000...". PERSONAS INDETERMINADAS: Se fija este EDICTO por el término de VEINTE (20) DÍAS en lugar visible de la Secretaría del Juzgado. Copias del mismo se entregarán al interesado para su publicación en la siguiente manera: En relación a las PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con derecho en el bien, se hará por DOS (2) VECES, con intervalos no menores de CINCO (5) DÍAS calendario, entre una y otra, dentro del mismo término, eso es, de VEINTE (20) DÍAS en el Diario "La Patria" que es de amplia circulación en esta ciudad y por medio de una radiodifusora local en las horas comprendidas entre las 7:00 a.m. y las 10:00 p.m. esta última. (Igual número de veces e intervalos). Se advierte a los emplazados que transcurridos QUINCE (15) DÍAS, a partir de la expiración del término de fijación de este EDICTO se entenderá surtido el EMPLAZAMIENTO, a quienes se les designará curador Ad-Lítem y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Los que concurran en virtud de este emplazamiento, podrán contestar la demanda dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la fecha en que aquel quede surtido. Las que se presenten con posterioridad tomarán el proceso en el estado en que se encuentre. Se fija el presente edicto en la secretaría del Despacho, hoy, MAYO 26 DE 2014. Siendo las: OCHO DE LA MAÑANA (8 A.M.). BEATRIZ ELENA MISAS MARIÑO. Secretaria. Se desfija hoy,
28-V-H63209
EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EMPLAZA A ROSA NELLY HINCAPIÉ LÓPEZ, BLANCA NUBIA HINCAPIÉ LÓPEZ O DE PINZÓN Y REINEL DE JESÚS LÓPEZ BERMÚDEZ, titulares del derecho de dominio sobre el bien que más adelante se relacionará y que se pretende Expropiar, a fin de que comparezcan a este proceso a hacer valer su derecho dentro del proceso que también seguidamente se relaciona, para que se presenten dentro de los tres (03) días siguientes a la desfijación de este edicto. PROCESO: EXPROPIACION POR MOTIVOS DE UTILIDAD PÚBLICA E INTERÉS SOCIAL. DEMANDANTES: EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA DE MANIZALES LTDA. DEMANDADO(S): ROSA NELLY HINCAPIÉ LÓPEZ, BLANCA NUBIA HINCAPIÉ LÓPEZ O DE PINZÓN Y REINEL DE JESÚS LÓPEZ BERMÚDEZ. PERSONAS EMPLAZADAS: ROSA NELLY HINCAPIÉ LÓPEZ, BLANCA NUBIA HINCAPIÉ LÓPEZ O DE PINZÓN Y REINEL DE JESÚS LÓPEZ BERMÚDEZ. BIEN OBJETO DE LA DEMANDA: "… Un lote de terreno con casa de habitación situado en el área urbana del Municipio de Manizales, en la calle 33 A No. 17-33 Barrio Sierra Morena, según certificado de tradición y calle 33 A No. 17-31/35 según realizado por la Lonja Propiedad Raíz de Caldas, con un área de 138.00 metros cuadrados, comprendido dentro de los siguientes linderos: ### Al frente un callejón, hoy calle 33 A, por otro lado con predio de Carlos Mendoza, por otro con predio que fue de Juan de Jesús Henao hoy Ramón González y por el centro que es o fue de Félix Estrada###. Folio de matrícula inmobiliaria No. 100-9935. Ficha Catastral No. 10303140012000. Se fija este EDICTO por el término de TRES (03) DÍAS en lugar visible de la Secretaría del Juzgado. Copias del mismo se entregarán al interesado para su publicación en la siguiente forma: Se hará por UNA (01) VEZ, en el Diario "La Patria" que es de amplia circulación en esta ciudad y por medio de una radiodifusora local en las horas comprendidas entre las 7:00 a.m. y las 10:00 p.m., esta última. Se advierte a los emplazados que transcurridos TRES (03) DÍAS, a partir de la expiración del término de fijación de este edicto se entenderá surtido el EMPLAZAMIENTO, a quienes se les designará curador Ad-Lítem y éste ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Se fija el presente edicto en la secretaría del Despacho, hoy, Mayo 27 de 2014. Siendo las: OCHO DE LA MAÑANA (8 A.M.). BEATRIZ ELENA MISAS MARIÑO. Secretaria.
28-V-C79865
Superintendencia de Notariado y Registro
Ministerio del Interior y de Justicia
República de Colombia
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ARANZAZU, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez días (10) hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia de los causantes RAFAEL o RAFAEL ANTONIO ZULUAGA OCAMPO C.C. 1.235.984 y CLARISA o ANA CLARISA GIRALDO HOYOS C.C. 24.428.039, fallecieron en Aranzazu y Manizales, el día 23 de junio de 1994 y 05 de mayo de 2011, siendo el Municipio de Aranzazu su último domicilio y donde dejó sus bienes relictos. Aceptado el trámite en esta notaría el día jueves 22 de mayo de 2014, mediante Acta número 009. Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría, viernes 23 de mayo de 2014, siendo las ocho de la mañana (08:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. DIEGO GALLEGO LÓPEZ. NOTARIO ÚNICO DE ARANZAZU.
28-V-C79866
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA:
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada de la causante CELINA CASTAÑO DE ÁLVAREZ, o MARÍA CELINA CASTANO o CELINA CASTAÑO CASTAÑO, con cédula de ciudadanía número 24.289.165 expedida en Manizales, quien falleció en la ciudad de Manizales, el día seis (06) de abril de dos mil catorce (2014), siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Manizales en el Departamento de Caldas.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número cuarenta y cinco (045) del día veintiséis (26) de mayo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.- El presente Edicto, se fija hoy veintiséis (26) de mayo el año dos mil catorce (2014), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).- MARÍA ELISA RESTREPO ZULUAGA. NOTARIA PRIMERA ENCARGADA MANIZALES (CALDAS).- (Hay firma y sello)
28-V-A77753
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO ENCARGADO DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA de(el)(la)(los) causante(s) JESÚS ALBEIRO RENDÓN BLANDÓN, quien(es) se identificaba(n) con la(s) cédula(s) de ciudadanía número(s) 19.169.096, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio donde dejó(aron) sus bienes. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Lunes 26 de Mayo de 2014 mediante Acta número DOSCIENTOS DIECIOCHO (218). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Lunes 26 de mayo de 2014 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO Encargado
GERMÁN EDUARDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO SEGUNDO Encargado DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello).
28-V-A77754
EDICTO
EL (LA) SUSCRITO (A) NOTARIO (A) SEGUNDO (A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DE LA CAUSANTE JOSEFINA OROZCO DE URIBE O JOSEFINA OROZCO VDA DE URIBE O JOSEFINA OROZCO FRANCO O JOSEFA OROZCO FRANCO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.228.586 expedida en Manizales. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Martes 27 de Mayo de 2014 mediante Acta número DOSCIENTOS VEINTE (220). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Martes 27 de mayo de 2014 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL (LA) NOTARIO (A) GERMÁN EDUARDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO SEGUNDO ENCARGADO DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello)
28-V-A77755
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (E ) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA DEL CAUSANTE CARLOS ALBERTO VÉLEZ CALLEJAS, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 10.213.626 expedida en Manizales. Aceptado el trámite en esta Notaría el día Martes 27 de Mayo de 2014 mediante Acta número DOSCIENTOS VEINTIUNO (221). Para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el Martes 27 de mayo de 2014 siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO (E) GERMÁN EDUARDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO SEGUNDO (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES. (Hay firma y sello)
28-V-A77756
REMATES
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE ANSERMA, CALDAS, AVISA: Que ha señalado la hora de las 3:00 de la tarde del 16 de Junio de 2014, para que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, instaurado por BANCO CAJA SOCIAL, contra el señor CARLOS EMILIO GIRALDO GONZÁLEZ tenga lugar la diligencia de REMATE del bien que se describe a continuación: TIPO DE INMUEBLE: LOTE DE TERRENO CON DOS CASAS DE HABITACIÓN SEGÚN AVALÚO. UBICACIÓN: MUNICIPIO DE VITERBO, CALDAS. DIRECCIÓN: CARRERA 2 Nro. 4-66 CASA Nro. 1 y CASA Nro. 2. MATRÍCULA INMOBILIARIA: No. 103-8034. FICHA CATASTRAL: No: 01-01-0001-0011-000. AVALÚO PERICIAL DADO AL BIEN ….............. $271.011.000.oo. La licitación empezará a la hora indicada y no cerrará sino hasta después de transcurrida una hora por lo menos. Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo dado al inmueble materia de remate y postor hábil, quien previamente consigne el cuarenta por ciento (40%) del mismo. Para los fines legales, se fija el presente aviso en lugar del Despacho visible al público, hoy, 21 de mayo de 2014. Se entregarán copias a la parte interesada para publicar en el diario La Patria de Manizales y en una radiodifusora local, por una sola vez y con anterioridad no inferior a 10 días de la fecha indicada. ÁNGELA IVONNE GONZÁLEZ LONDOÑO. Secretaria.
28-V-H63192
OTROS
EDICTO
LA REGISTRADORA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE LA DORADA, CALDAS HACE SABER Al señor ALFONSO ISAZA CARDONA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.436.126 de La Dorada Caldas, obrando en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “ISAZA MESA LIMITADA”, que mediante Resolución No. 06 del 06 de Mayo de 2014, por medio de lo cual ordena dejar sin efecto la Anotación No. 7 del Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-4464 y se traslada como Anotación No. 6 al Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-1636, señala en su parte Resolutiva lo siguiente: RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Trasladase la inscripción de la de la Escritura Pública No. 0534 del 20 de Agosto de 2004, de la Notaría Única del Círculo de La Dorada Caldas, radicada el 19 de Octubre de 2004 bajo el turno No. 2004-2427, mediante la cual el señor ALFONSO ISAZA CARDONA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.436.126 de La Dorada Caldas, obrando en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “ISAZA MESA LIMITADA”, VENDE, cinco predios, ubicados en la Vereda Isaza del Municipio de Victoria, Departamento de Caldas a los señores HERNÁN RIVERA SÁENZ identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.175.779 de La Dorada Caldas y MARCELA SÁENZ TRUJILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.564.027 de Girardot, en el sentido de trasladar su inscripción del Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-4464 al folio de Matrícula Inmobiliaria 106-1636, por los motivos expuestos en esta Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo primero, déjese sin validez ni efecto la inscripción contenida en la anotación 7 del Folio de Matrícula Inmobiliaria 106-4464, predio denominado LOTE DE TERRENO, ubicado en la Vereda Isaza, Municipio de Victoria, Departamento de Caldas, por los motivos expuestos en la presente Resolución. ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFÍQUESE a los señores ALFONSO ISAZA CARDONA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.436.126 de La Dorada Caldas, quien obra en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “ISAZA MESA LIMITADA”, HERNÁN RIVERA SÁENZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.175.779 de La Dorada Caldas y MARCELA SÁENZ TRUJILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.564.027 de Girardot, de no ser posible la notificación personal, hágase por Aviso según lo dispuesto en el artículo 69 ibídem. ARTÍCULO CUARTO.- Contra la presente providencia procede recurso de reposición ante el registrador principal de instrumentos públicos, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación personal o al finalizar el día siguiente al de la entrega del Aviso, y en subsidio el Recurso de Apelación ante el Director de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro, Artículos 74 y 76 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO QUINTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y de ella se conservará copia en la carpeta de antecedentes del mencionado inmueble. En contra de la Resolución que notifica procede, únicamente, el recurso de reposición para ante el Registrador de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas recurso del cual ha de hacerse uso dentro de los cinco (5) días siguientes a la des-fijación del edicto. CONSTANCIA DE FIJACIÓN El presente edicto se fija en lugar visible de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de La Dorada, Caldas, para dar cumplimiento al mandando del ART. 45 DEL C.C.A. por no haber sido posible la notificación personal, hoy 23 de Mayo de 2014, siendo las 08:30 horas. CONSTANCIA DE DES-FIJACIÓN El presente edicto se desfija hoy 23 de mayo/2014 siendo las 16:00 horas después de permanecer fijando por espacio de quince (15) días. MAGALY ESTHER BENAVIDES CRUZ. Registradora Seccional I:P. (Hay firma).
28-V-A77747
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO MANIZALES - CALDAS
OFICIO No. 1156
Veintiséis (26) de mayo del dos mil catorce (2014)
REFERENCIA:
EXPEDIENTE No: 17001-33-31-001-2014-00268-00
ACTUACIÓN: ACCIÓN POPULAR
DEMANDANTE: JOSÉ OCTAVIO ECHEVERRY DUQUE
DEMANDADO: MUNICIPIO DE MANIZALES, AGUAS DE MANIZALES
La información que a continuación se relaciona es la que debe publicar a través de un medio masivo de comunicación o de cualquier mecanismo eficaz de conformidad con lo ordenado en el numeral 6 del auto admisorio de la demanda. "Mediante auto del veintitrés (23) de mayo de 2014 se admitió la siguiente demanda: Radicado: 17001-33-31-001-2014-00268-00. Acción: POPULAR. Demandante: JOSÉ OCTAVIO ECHEVERRY DUQUE. Demandado: MUNICIPIO DE MANIZALES, AGUAS DE MANIZALES. Manifiesta el demandante que en la esquina de la carrera 10 D con calle 45 A, se presenta un represamiento de la escorrentía por la insuficiencia de obras civiles para la conducción de agua, provocando la inundación de la vía, y de las viviendas del sector. Razón por la cual solicita se realice un plan integral de intervención de la infraestructura hidráulica en el sector, y coherente con el mismo se proceda a realizar las operaciones administrativas y financieras tendientes a lograr la ejecución de las obras". Atentamente, JULIÁN DAVID OCAMPO JIMÉNEZ. Secretario.
28-V-H63203
JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO MANIZALES - CALDAS
AVISO A LA COMUNIDAD
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 53 de la ley 472 de 1998, la suscrita Secretaria del Juzgado Tercero Civil del Circuito de Manizales informa a la comunidad en general y en especial a los miembros de la agrupación Jubilados y Pensionados del Departamento de Caldas, demás jubilados de los entes Departamentales, Municipales y particulares que han confiado a la entidad bancaria BANCOLOMBIA S.A la administración de la mesa pensional, la existencia de la ACCIÓN DE GRUPO, radicada bajo el número 170013103003201300202 cuyos accionantes son ALBA ALZATE NOREÑA y otros, como accionada, la sociedad BANCOLOMBIA S.A., admitida mediante auto proferido el día 16 de septiembre de 2013. El fundamento de la acción la protección de su patrimonio y mínimo vital, los cuales consideran vulnerados por la entidad accionada en razón al cobro y descuento automático en las cuentas corrientes y de ahorros de los mismos, del valor de las libretas que oscila entre $100.000 y $50.000 cada una; el cobro y descuento automático del 4 x 1000 a cada uno de los accionantes, el cobro y descuento automático de movimientos financieros. NOLVIA DELGADO ALZATE. Secretaria.
28-V-H63208
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